Lo siento chicos, creo que me expliqué mal: esa tasa la cobran POR CUALQUIER EQUIPO QUE ENCAJE EN LA DESCRIPCIÓN, INDEPENDIENTEMENTE DEL PESO DE TU EQUIPAJE, es decir: SIEMPRE se considera un EXTRA y te pueden cobrar por ello, aunque no te pases de peso.
Yo digo habitualmente que se trata de "material de pesca", pero ... esta vez nos lo echaron para atrás porque al pasar por el control de equipajes interno del aeropuerto, la GC los clasificó como "armas" (y, según la normativa, son armas de 7킪 lista, ahí no tenemos nada que rascar, y tendríamos que pagar siempre la tasa de transporte, pero eso es lo de menos, porque son 3,62 euros, o algo así. Que te da la risa, vamos) e Iberia los encajó en el grupo de "armas deportivas" que hay en su listado.
Si no se vé bien la páginma que colgué decídmelo, y la vuelvo a poner más ampliada