Zonas de Pesca > Costa gallega y Cantábrico

Publicada la nueva normativa gallega

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raul:
¿Y que ha pasado con esta denuncia?

Creo que si se hace por el art. 14 de la consttución debería de haberse puesto ante un tribunal ordinario (no se si el TSJ gallego lo es) recabando la tutela del juez por un procedimiento de preferencia y sumariedad tal como está recogido en la C.E. art.53.2 de forma que el juez tenga que meterse con su denuncia de forma inmediata y no esperando 1000 años.

Un abogado que entienda algo, por favor.

sergio cangas:
yo también creo que es así raúl, además ojo, si la gana, y es por derecho fundamental (igualdad), el juez debe sentenciar sobre tres pilares, que son si no me equivoco son, la finalización de tal actitud discriminatoria, la restauración a la situación anterior o de igualdad con el colectivo beneficiado (pescadores de superficie) y por último y más importante, COMPENSACIÓN, que no es mi más ni menos, que si ganase, cosa que esta por ver claro, todos los pescadores que tuvieran licencia en vigor durante la discriminación, es decir desde el 25 de septiembre, deberían reclamar compensación por el daño infligido, pero claro, esto aún queda muy lejos........

Mos:
¿Y no hay manera de pedir que se paralice la nueva ley de forma cautelar?

usuario:
Se habrá pedido en todos los contenciosos, seguramente, pedir es fácil, otra cosa es que se conceda, eso ya depende del juez y lo que aprecie.

Si aprecia que dejarte sin pescar en determinados dias supone un "perjuicio irreparable", pues podría suspender cautelarmente, pero los abogados ya habrán opinado de las posbilidades reales de que eso se conceda, ya que conocen mas casos similares.

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