Si la regulación no está publicada en el correspondiente bolitín el seprona puede decir misa... que te den la orden donde pone que no se puede pescar...
Normalmente esta información, si la zona es parque natural , los usos y actividades permitida, vienen definida en el PORN(plan de ordenación de los recursos naturales) y en el PRUG (plan rector de uso y gestión), así que lo mejor es que se dirijan a la oficina o centro donde se gestiona ese parque natural y lo pregunten...
Pero básicamente si el parque natural es solo terrestre está claro que si se puede pescar...
Saludos