Autor Tema: Algunas cosillas...de normativa.  (Leído 1129 veces)

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Algunas cosillas...de normativa.
« en: 22 de Febrero de 2010, 08:12:26 pm »
Orden del Ministerio de Fomento del 14/10/1997
Publicada en el B.O.E. del 22/11/1997 (número 280)

Artículo 1. Aplicación de estas normas.
Estas normas se aplicarán a toda operación en la que se someta a personas a un medio hiperbárico, bien sean de buceo profesional, deportivo, recreativo o de cualquier otra índole, a excepción de las militares.
Artículo 24. Sobre la práctica del buceo deportivo-recreativo.
1.Todo practicante de una de las modalidades de actividades subacuáticas,deberá encontrarse en posesión de un í‚«Seguro de accidentes y de responsabilidad civilí‚», que pueda cubrir cualquier tipo de incidente que pueda producirse durante el desarrollo de las mismas.
9.Solamente podrán realizar operaciones de rescate o de recuperación de cadáveres, las Fuerzas de Seguridad del Estado y/o buceadores con la titulación profesional correspondiente, salvo en circunstancias de emergencia donde la intervención represente la protección de vidas humanas.
(esto ya se comento por aquí un día y creo polémicas).
14.Toda embarcación que participe en operaciones de buceo, deberá izar la bandera ALFA del Código Internacional de Señales. (no es la roja ni la verde es la blaca y azul).
Artículo 25. De los reconocimientos médicos de las personas que se sometan a un ambiente hiperbárico.
1.Toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen médico especializado.
2.Este examen o posteriores reconocimientos deben ser realizados por médicos que posean título, especialidad, diploma o certificado, relacionado con actividades  subacuáticas, emitido por un organismo oficial.
4.Se repetirán anualmente en el caso de los buceadores y buzos profesionales. 
5.Se repetirán cada dos años en el caso de los buceadores deportivo-recreativos.
Karayo; sacale el maximo partido a tu fusil de aire.
http://www.fcarreras.org/es/donantes_194
 

Desconectado Samu

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #1 en: 22 de Febrero de 2010, 08:25:48 pm »
Óscar, voy a aprovechar este post para preguntarte algo que me trae de cabeza y creo que tú tienes, por una parte, la preparación teórica (tengo entendido que tienes todos los cursos habidos y por haber...) y por otra parte, el conocimiento del deporte para responderme mejor que nadie...

Es sabido que está prohibido bucear 24hrs antes de volar.

Pero la pescasub no es, desde luego, como el buceo autónomo.

Por otra parte, el CL-215T y el CL-415 (los dos modelos de apagafuegos) son aviones no presurizados. Excepto en los vuelos de navegación, que evidentemente subimos a 10-12000 ft (el máximo mantenido para no entrar en hipoxia), los vuelo son siempre por debajo de 1000ft AGL (sobre el terreno).

La pregunta es evidente y ya la habrás adivinado:

Debería respetar lo de las 24hrs teniendo en cuenta que en la pescasubmarina la acumulación de nitrógeno en la sangre es mucho menor debido a las recuperaciones en superficie y que los aviones que vuelo ahora no son muy exigentes?


Ojalá me pudieras dar tú o cualquiera del foro una respuesta contundente...
Los médicos de vuelo se lavan las manos y listo, no, no y no.

Yo creo que si les digo que me lavo la cara dos veces al día ya me dirán que no vuele...


Graciñas
 

Desconectado Only

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #2 en: 22 de Febrero de 2010, 09:10:43 pm »
Mira lo de las 24 horas tampoco es cierto (con 12 la TNR es 0, tiempo de nitrogeno residual), de hecho los ordenadores de buceo actuales realizan tambien calculos logarítmicos para indicarte las horas que necesitas para volar.
Y hay formas de volar y vola,r aún volando inmediatamente despues de bucear, en cualquier avión comercial no te ocurriría nada a no ser que hubiese una despresurización en cabina, otra cosa es helicoptero y avionetas sobre todo aquí el risgo esta por poner un ejemplo en quien bucea en zanzibar por la mañana y a la tarde tiene un safari contratado en tanzania y se va en avioneta, ahí tendríamos un problema (se ha dado ese caso concreto). Un avión va presurizado sobre unos 0.8 bar (dependiendo del modelo), con lo cual tiene más riesgo la persona que es del interior y vuelve de una salida de buceo y tiene que subir un par de puerto de montaña en su coche.
por precaución 12 horas, pero lo mejor ordenador de buceo, y en pesca submarina pues yo ni me preocuparía.
« Última modificación: 22 de Febrero de 2010, 09:50:58 pm por Only »
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Desconectado Samu

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #3 en: 22 de Febrero de 2010, 09:14:37 pm »
por precaución 12 horas, pero lo mejor ordenador de buceo, y en pesca submarina pues yo ni me preocuparía.

Gracias por la respuesta, me preocupo menos, la verdad... ;)

Pero mejor no digo nada en el curro!!!


A disfrutar este verano!!! ;)
 

Desconectado baudefora

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #4 en: 22 de Febrero de 2010, 09:30:33 pm »
Mira lo de las 24 horas tampoco es cierto (con 12 la TNR es 0, tiempo de nitrogeno residual), de hecho los ordenadores de buceo actuales realizan tambien calculos logarítmicos para indicarte las horas que necesitas para volar.
Y hay formas de volar y vola,r aún volando inmediatamente despues de bucear, en cualquier avión comercial no te ocurriría nada a no ser que hubiese una descompresión en cabina, otra cosa es elicoptero y avionetas sobre todo aquí el risgo esta por poner un ejemplo en quien bucea en zanzibar por la mañana y a la tarde tiene un safari contratado en tanzania y se va en avioneta, ahí tendríamos un problema (se ha dado ese caso concreto). Un avión va presurizado sobre unos 0.8 bar (dependiendo del modelo), con lo cual tiene más riesgo la persona que es del interior y vuelve de una salida de buceo y tiene que subir un par de puerto de montaña en su coche.
por precaución 12 horas, pero lo mejor ordenador de buceo, y en pesca submarina pues yo ni me preocuparía.

Coincido al 100%, Para que te ocurriera algo haciendo apnea, tendrias que ser alberto march en uno de sus mejores dias, subierte al avion desde el agua y subir a la maxima altura , para que te diera un cosquilleo en los pies como mucho.

Saludos y buenas pescas
 

Desconectado Samu

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #5 en: 22 de Febrero de 2010, 09:35:17 pm »
Gracias por la respuesta, Baude... ;)

Sin embargo me suelo callar la boca bastante en el trabajo. Aquí a uno se le empecina algo e... historias de la puta mili.

Lo malo es que no puedo demostrarlo con papeles. He tenido muchas conversaciones con médicos de vuelo, y todos me dicen que no.
Les insisto en que no se bajan tantos metros, que se recupera en superficie... la misa en verso, vamos :-\

Pero nada...


Que les den, pensaba ir igual  ::)
 

Desconectado baudefora

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #6 en: 22 de Febrero de 2010, 09:52:53 pm »
Lo importante es que estes tranquilo tu, a los del curro ni mu.
Como muy bien te ha explicado only; el problema de volar esta relacionado con el nitrogeno residual, en apnea es inexistente o insignificante.
Incluso en buceo, tienes que tener un buen porron de inmersiones sucesivas y acto seguido volar en un aparto despresurizado para tener la posibilidad de tener un leve percance, que volviendo a la presion normal y con un poco de oxigeno remite.

Saludos y buenas pescas
 

Desconectado Samu

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #7 en: 22 de Febrero de 2010, 10:07:46 pm »
Fenomenal  ;)

Yo me quedo tranquilo 100%

Muchas gracias  ;)



Eso sí, le he rebentado el post a Only...  :-X

Ií‚´m sorry, Only
 

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #8 en: 22 de Febrero de 2010, 10:16:58 pm »
Baude tiene razón, las diferencias en el medio aéreo son despreciables como mucho será de 1 bar cuando llegues a la estratosfera :D :D como muy poco a medio camino tendrás 0,5 bar. Pues 0.5 bar en el agua se dan a 5 metros de profundidad, creo que con esto te lo he dicho todo, las teorías en el buceo han evolucionado mucho y a quien le da un accidente descompresivo después de bucear por volar fue por que voló en una nave despresurizada a bastante altura y justo después de bucear y "no realizo el buceo correctamente"que esto ultimo es lo más decisivo, no emborracha la ultima copa sola pero esa puede ser la que te tire al suelo, por poner un ejemplo. ;D ;D ;D.
El teide esta a dos mil y pico metros de altura, ¿giris crees que bucean por la mañana unos 30 minutos a 30 metros y luego por la tarde se van a subir al Teide?.
Nitrógeno residual en la apnea lo hay además es más "atravesado"(debido a la expansión y compresión continua inmersión tipo Yo-Yo) de ahí que no se pueda bucear con botellas después de pescar y de estos castañazos conozco varios pero hay que bajar metros, uno de los que conozco hizo la prueba en la camara a 50m y a la tarde se fue de pesca, pues castañazo.
« Última modificación: 22 de Febrero de 2010, 10:18:48 pm por Only »
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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #9 en: 23 de Febrero de 2010, 11:10:39 am »
only, a 5m se dan 1,5 , no 0,5. En superficie 1atm, y luego aumentando. A altura, la presión bajará de 1 (más a medida que subamos). O es que aún no me he despertado de todo, jeje.

En pesca mucho ojo, yo he sufrido un pequeño problema por una ED, y se de bastante gente que los ha tenido. Pescar a ritmo, en un fondo medio, puede provocar una ED. NO es fácil, pero si que se puede dar (normalmente poca cosa, y mucha gente ni siquiera se da cuenta de que ha sido una ED)
Pescasub, fotosub, cazafotosub, hockeysub y más aficiones relacionadas con el mar y río.

Y sobre todas ellas escribo en todopescagalicia.es
 

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Re: Algunas cosillas...de normativa.
« Respuesta #10 en: 23 de Febrero de 2010, 12:12:44 pm »
Esta hablando de presion hidrostática  no de absoluta  :-* :-* :-*
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