Pregunta; a un buceador con botellas, un apneista, un nadador con aletas los cuales no tienen licencia de pesca pero tienen federativa ¿si los pillan con un fusil les multan? a un pescador submarino que no tiene federativa pero si licencia de pesca, ¿si lo pillan con un fusil le multan?
Según todo esto la respuesta es, buzo no le multan, pescador si le multan (según la denuncia).
Y digo yo, en ambos casos ¿quien tiene justificada la tenencia del fusil? ¿El buzo por tener federativa o el pescador por tener licencia de pesca deportiva?
¿Para que se necesita el seguro? Por estas sometido a un medio hiperbarico (ley de buceo año 97) o para el fusil (ley del año ninguno, por que no existe dicha ley)
Cada uno que diga lo que quiera, yo no he dicho nada.
El seguro de responsabilidad civil, es símplemente por si le causas daños a alguien o te tienen que rescatar, para que esos costes no los tengas que pagar tú... pero hecha la ley, hecha la trampa, también puedes responder con tu patrimonio... por lo que puedes exponerte a que si tienes un accidente, te reclamen los gastos y si no tienes dinero, te embarguen la casa, coche... o vete a saber...
Realmente, para la tenencia de un fusil de pesca submarina, no es necesaria documentación alguna, lo mismo que para un arco con flechas... que eso es lo que se quiere cambiar en el borrador de armas, que repito que no se ha aplicado aún... y que lo que se ha recurrido es que si quieren que se tenga que llevar alguna documentación, esta la haga la comandancia de la guardia civil por orden del ministerio del interior, y tener que pasar revista a los mismos de forma periódica como se hace con las armas de fuego, pero en caso alguno que una entidad privada se atribuya competencias que por ley sólo son del ministerio del interior.
Vamos, que por ahora, para tener un fusil, según la legislación vigente no es necesario ningún documento... para practicar la pesca submarina, es necesaria la licencia pertinente de la comunidad autónoma, la cual únicamente te permite realizar la actividad, no la posesión, compra o venta de los fusiles (7.5)...
La federativa, en teoría, es para que puedas competir... en cuanto a que todos nos tengamos que federar, pongo un ejemplo, si uno se va a comprar unas zapatillas de deporte, se tendría que federar en atletismo? o una bicicleta, se tendría que federar en la de ciclismo si no va a competir? creo que no, porque sería la ostia que cualquier actividad que realicemos tengamos que estar federados... y por ende, si uno no va a competir, no veo lógico que tenga que federarse... ya que la misma, que dice que lleva seguro de responsabilidad civil y médico... este último solo te cubre si has tenido un accidente en competición o en preparación de la misma...
EN RESUMEN, PARA LA TENENCIA NO ES PRECISA DOCUMENTACIÓN ALGUNA
PARA LA PRíƒÂCTICA SE REQUIERE LA LICENCIA DE LA COMUNIDAD
Y EL SEGURO ES POR SI TIENES ALGíƒÅ¡N ACCIDENTE MIENTRAS PRACTICAS LA ACTIVIDAD.
Simple y llanamente... Por lo que he estado leyendo y por lo que me han comentado y contestado en Inrtervención de armas de la Guardia Civil.
Un saludo y a tomar unas birras.