Hola de nuevo,
Para ti, y para el que le pueda servir de información decirte que por lo que me he estado informando, he podido averiguar lo siguiente:
En el ámbito que a nosotros nos interesa, es decir, la navegación de recreo, las conductas prohibidas y sancionables vienen previstas en la Ley de Puertos y Marina Mercante. Actualmente Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Pero hay que tener en cuenta que las leyes administrativas generales como esta cuando tipifican una conducta como sancionable, lo hacen de forma genérica.
La ley de Marina Mercante determina que las sanciones se gradúan en leves, graves y muy graves, teniendo en cuanta lógicamente la gravedad o reprochabilidad de la conducta del infractor.
Evidentemente, la cuantía de la multa o sanción vendrá determinada por la gravedad, estableciendo la ley los topes máximos para las conductas tipificadas.
A lo que nos interesa la navegación sin título o con título insuficiente, se clasifica como grave.
Art. 307.2.h Traspasar los Capitanes, patrones u otro personal marítimo los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional o de recreo que posean.
Luego mas adelante vienen las sanciones, que son una burrada pues como te dije anteriormente la mayoría están catalogadas para Marina Mercante, te he estado mirando algunos casos parecidos y las sanciones variaban entre los 300 y los 1.800 €, aunque te advierto que son los casos que he visto en supuestos similares, no hay nada garantizable dado que los margenes son muy amplios, ahí está siempre presente el principio de proporcionalidad, por medio del cual dudo que por 4 kw te vayan a crujir demasiado.
Cualquier cosa, me mandas un privado y trato de solventarte las dudas.
Me parece una putada que por 4kw te denuncien pero.... Hay casos en que cuando te aprobaban los papeles de capitanía homologandote esos caballos y motor para el barco de hasta 6 metros que colaba, pero si el cambio es reciente y no consta en los papeles.
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Como se suele decir, no soy experto en la materia, me he limitado a buscar la información correspodiente contrastarla y comprobar algunos casos similares, espero haberte servido de ayuda.
Un saludo.