Autor Tema: Duda laguna legal licencia Murcia  (Leído 5494 veces)

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Desconectado dentex

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #15 en: 15 de Julio de 2015, 09:20:24 am »
y en cuanto a la embarcación de apoyo,
la norma del 97 es claramente para buceo con botellas, en ningún momento habla de pesca submarina, sólo hay un artículo de buceo en apnea:

Artículo 10. Buceo en apnea.
1. La práctica del buceo en apnea con fines laborales, profesionales o científicos, requerirá que el buceador tenga alguna titulación de buceo profesional.
2. La unidad mínima en el agua será la pareja, cuya posición debe estar localizada por una boya roja o amarilla, que porte la bandera del Código Internacional de señales Alfa.
3. Será obligatorio que, además del equipo básico, los buceadores lleven cuchillo y guantes de trabajo.

Efectivamente. A mí estuvieron a punto de empurarme amparándose en esa ley. Yo alegué que a los pescadores submarinos no les afecta esa ley sino la de pesca submarina y ahí se quedó todo.

Hay que saber un mínimo de legislación porque te hacen la de birli-birloque y te han clavado 3000 lereles sin que te des ni cuenta...
« Última modificación: 15 de Julio de 2015, 09:29:01 am por dentex »
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Desconectado mykonos666

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #16 en: 15 de Julio de 2015, 09:33:04 am »
Hola Rafa,
Yo tambien soy instructor de buceo durante desde hace mas 15 años, he trabajado en varios centros y tengo inmersiones por todo el mundo.
Nunca jamas en mi vida me han pedido un certificado medico para bucear y he buceado en todos los centro de Javea, Calpe, Denia, Moraira, y cuando llevaba mas de mil inmersiones deje de usar el log book... Si donde has trabajado tú lo pedis, me alegro mucho no te lo voy a discutir.
A fecha de hoy no y desde hace unos pocos años no buceo por causas personales, pero sigo en contacto con varios centros de la zona y te aseguro que en ninguno lo piden mas que para hacer algun curso (aqui si es unanime el pedirlo) si bien en los 3-4 centros que tengo mas confianza se que ten el curso sin necesitad de un certificado expedido por un especialista hiperbarico como pide  la norma (para cursos PADI, SSI, ACUC y buceo tecnico TDI).
Tambien he estado en varias inspecciones de la GC en 2 centros y hace años llevamos a los GEAS a un pecio que no estaba catalogado, aunque si se conocia la exostencia por referencias del mismo. Por eso he tenido conversaciones con ellos al respecto tanto en clave sria(durante una inspeccion) como en clave casual que te cuentan bastante mas de lo que pasa.
Dicho esto y sin animo de crear polemica, quien quiera saber a que normativa nos debemos atener no tiene mas que llamar al GEAS que sabe un poco mas que el SEPRONA respecto al tema inmersion (sea con equipo autonomo o a pulmon) y al SEPRONA (en lo referente a pesca).
 

Desconectado mykonos666

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #17 en: 15 de Julio de 2015, 09:43:33 am »

En dichas conversaciones me confirmaron que la ley esta fatal , pues muchas veces no discrimina entre buceo autonomo y en apnea, por lo que cuando solo indican buceo ahi entramos todos por desgracia. Yo les comenté que yo casi no buceaba y solo pescaba y me confirmaron que estabamos en el mismo saco  >:( >:( Aunque se han puesto mas duros ultimamente no por los pescadores, sino por el incremento de buceadores con botella, lo que pasa es que la ley es la que es y ellos no interpretan, simplemente aplican (con mayor o menor rigor, según que les manden controlar).

Esa norma se redactó claramente mas pensando en los buceadores en botella y ahi estamos todos de acuerdo, pero los pescadores submarinos, ademas de atenernos a las leyes de pesca correspondiente a la comunidad autonoma, tambien nos incumbe la normativa nacional tal y como deja claro por ejemplo la de pescasu de la Comunidad Valenciana que copié "De acuerdo con la normativa estatal de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas......."

Lo dicho que cada uno saque sus conclusiones, a mi tambien me podrian empapelar, yo no me hago reconocimiento hiperbarico (licencia murciana), a veces salgo a patas, cuando salgo con la barca, normalmente nos tiramos todos al agua (sin barquero), pero soy consciente de lo que hago y si algun día me multasen alegaria lo que fuera necesario para evitar la multa, que si va por seguridad en el mar no son cosa de broma ( he visto de hasta 18.000 euros con toda la razon segun normativa y que se han ido perdiendo alegacion tras alegacion...)

Un saludo
 

Desconectado dentex

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #18 en: 15 de Julio de 2015, 10:09:18 am »

En dichas conversaciones me confirmaron que la ley esta fatal , pues muchas veces no discrimina entre buceo autonomo y en apnea, por lo que cuando solo indican buceo ahi entramos todos por desgracia. Yo les comenté que yo casi no buceaba y solo pescaba y me confirmaron que estabamos en el mismo saco  >:( >:( Aunque se han puesto mas duros ultimamente no por los pescadores, sino por el incremento de buceadores con botella, lo que pasa es que la ley es la que es y ellos no interpretan, simplemente aplican (con mayor o menor rigor, según que les manden controlar).

Esa norma se redactó claramente mas pensando en los buceadores en botella y ahi estamos todos de acuerdo, pero los pescadores submarinos, ademas de atenernos a las leyes de pesca correspondiente a la comunidad autonoma, tambien nos incumbe la normativa nacional tal y como deja claro por ejemplo la de pescasu de la Comunidad Valenciana que copié "De acuerdo con la normativa estatal de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas......."

Yo no estoy de acuerdo en que la pesca submarina esté incluida en esas "actividades subacuáticas" de la normativa estatal de seguridad a la que haces mención. ¿Porqué lo das por hecho? ¿Porque pesca submarina lleva la palabra submarina en su definición?

Pues para mí, la pesca submarina es una actvidad de superficie, en la que cada cierto tiempo te sumerges para intentar capturar un pescado. Pero eso no la convierte en una actividad subacuática a efectos de esa normativa.

De hecho, ese es un error típico que suelen cometer los agentes de la autoridad y es dar por hecho que la pesca submarina es una actividad subacuática recogida en esa normativa cuando no lo está. A mí me pasó exactamente eso, recurrí y se aclaró en el sentido que te estoy mencionando.

Es cierto, que en el ámbito deportivo se suele englobar la pesca submarina en la disciplina de actividades subacuáticas, y eso puede causar confusion. Pero eso es un tema completamente diferente...
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Desconectado mykonos666

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #19 en: 15 de Julio de 2015, 10:39:37 am »
Dentex, para salir de dudas llama a la FEDAS o al GEAS que ellos te indicarán toda la normativa a cumplir, y les preguntas si como pesca sub estas sujeto a la Orden de 14 de octubre de 1997 por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas.
Pesca SUB marina, actividades SUB acuaticas....muchas coincidencias veo yo ahi no??
Y que conste que me jode tanto como a ti la mierda de legislacion al respecto. Yo tambien tuve el rebote que tienes tu cuando me puse a indagar esas normativas con la ayuda de una juez despues de las conversaciones con GEAS y capitania.
Si la cambiasen yo seria el mas feliz del mundo, pero no soy ingenuo y veo segun se estan desarrollando las cosas en este sector y en otros deportes, que cada vez nos van a complicar mas la vida.
Un saludo y lo dicho, no quiero crear polemica aunque se que esto cabrea porque no tiene ningún sentido.
 

Desconectado Rafa Guti

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #20 en: 15 de Julio de 2015, 10:42:05 am »
Es cierto que la norma es antigua y los más interesados en renovarla, que son las empresas de buceo profesional, están presionando mucho para renovarla.

Mykonos, no hay polémica, estamos debatiendo como colegas. Por eso te digo que es en los últimos años cuando todas las partes están presionando por el tema de los certificados médicos, como dices que en los últimos años no has buceado mucho, quizá por ello no lo has notado tanto.

Hay un apartado de definiciones en la norma del 97, donde dice que buceador es toda persona que se somete a un medio hiperbárico.
Así que siguiendo la ley al pie de la letra, seriamos buceadores mientras estamos bajo la superficie, pero no cuando nadamos en la misma...
Después leyendo toda la ley si que se aprecia que sólo habla de buceo con botella
 

Desconectado escama2

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #21 en: 15 de Julio de 2015, 10:44:42 am »
y en cuanto a la embarcación de apoyo,
la norma del 97 es claramente para buceo con botellas, en ningún momento habla de pesca submarina, sólo hay un artículo de buceo en apnea:

Artículo 10. Buceo en apnea.
1. La práctica del buceo en apnea con fines laborales, profesionales o científicos, requerirá que el buceador tenga alguna titulación de buceo profesional.
2. La unidad mínima en el agua será la pareja, cuya posición debe estar localizada por una boya roja o amarilla, que porte la bandera del Código Internacional de señales Alfa.
3. Será obligatorio que, además del equipo básico, los buceadores lleven cuchillo y guantes de trabajo.
Eso está dentro del capítulo 2 de la normativa y es para buceo profesional , o sea que no nos afecta . Nosotros NO SOMOS BUCEADORES , SOMOS PESCADORES . Porque si dejamos que nos consideren buceadores nos aplicarán las normas de los botelleros , que si son buceadores ¿Como distinguir dos actividades diferentes si llamas a sus practicantes de la misma forma?.
 

Desconectado mykonos666

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #22 en: 15 de Julio de 2015, 11:08:09 am »
Rafa por delante veo que entiendes que no quiero malos rollos, porque se que esto molesta.
Si ultimamente buceo menos, pero siguen sin pedirme el certificado medico, y tengo amigos que solo bucean y me confirman que tampoco se lo piden, si vosotros lo haceis me alegro mucho (aunque es una putada)

Y si, somos PESCADORES, pero pescadores SUBMARINOS, por lo que somos buceadores nos guste o no (tambien esta la definicion de buceador, ambiente hiperbarico, buceo deportivo-recreativo y buceo en apnea, dentro de la normativa para que no queden dudas)

Respecto al capitulo 2 que pone Dentex, toda la razon, pero mira lo siguiente:

CAPÍTULO III

Buceo deportivo-recreativo

Artículo 24. Sobre la práctica del buceo deportivo-recreativo.
......
13. Se dispondrá de una embarcación en superficie para ayuda y auxilio de los buceadores. Siempre que sea posible, se dispondrá en ella de una pareja de seguridad, lista para hacer inmersión.
......
CAPÍTULO IV

Disposiciones complementarias

Artículo 25. De los reconocimientos médicos de las personas que se sometan a un ambiente hiperbárico.
 
1. Toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen médico especializado.
......

Un saludo
 

Desconectado dentex

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #23 en: 15 de Julio de 2015, 11:19:02 am »
Rafa por delante veo que entiendes que no quiero malos rollos, porque se que esto molesta.
Si ultimamente buceo menos, pero siguen sin pedirme el certificado medico, y tengo amigos que solo bucean y me confirman que tampoco se lo piden, si vosotros lo haceis me alegro mucho (aunque es una putada)

Y si, somos PESCADORES, pero pescadores SUBMARINOS, por lo que somos buceadores nos guste o no (tambien esta la definicion de buceador, ambiente hiperbarico, buceo deportivo-recreativo y buceo en apnea, dentro de la normativa para que no queden dudas)

Respecto al capitulo 2 que pone Dentex, toda la razon, pero mira lo siguiente:

CAPÍTULO III

Buceo deportivo-recreativo

Artículo 24. Sobre la práctica del buceo deportivo-recreativo.
......
13. Se dispondrá de una embarcación en superficie para ayuda y auxilio de los buceadores. Siempre que sea posible, se dispondrá en ella de una pareja de seguridad, lista para hacer inmersión.
......
CAPÍTULO IV

Disposiciones complementarias

Artículo 25. De los reconocimientos médicos de las personas que se sometan a un ambiente hiperbárico.
 
1. Toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen médico especializado.
......

Un saludo

Que no Mykonos, no insistas. Ya sabía yo que lo de "submarina" en "pesca submarina" es lo que te llevaba a error; a tí y a otros tantos.

Esa legislación está destinada para actividades que se realicen en medio hiperbárico, sí, pero se sobreentiende que es porque estás respirando una mezcla hiperbárica. Joder, es de cajón, máxime si te lees toda la normativa.
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Desconectado mykonos666

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #24 en: 15 de Julio de 2015, 11:38:41 am »
Dentex, explicame una cosa y así vamos avanzando en esta conversación (que no quiero que se convierta en discusion)

1. Cuando realizamos una bajada a 10 metros, nos sometemos a un medio hiperbarico????

Si tu respuesta es SI (que creo que si entiendes un poco de apnea/buceo será tu respuesta) explicame porque no se nos aplica esta normativa según el articulo 1. Si tu respuesta es NO, entonces entiendo que creas que no se nos aplique esta norma y es aquí donde tenemos la discrepacia.

Artículo 1. Aplicación de estas normas.

Estas normas se aplicarán a toda operación en la que se someta a personas a un medio hiperbárico, bien sean de buceo profesional, deportivo, recreativo o de cualquier otra índole, a excepción de las militares, ejecutadas en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, tanto en aguas marítimas como interiores.
 

Desconectado mrpulpol

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #25 en: 15 de Julio de 2015, 11:50:51 am »
Sin querer inmiscuirme en esta bonita conversación, pero tratando de aportar.
 
Creo que estamos hablando de una regulación genérica para actividades desarrolladas en medio hiperbarico, que ha venido ha ser completada en cuanto a nuestra actividad, la pesca submarina en apnea por otras disposiciones que regulan de manera "especifica" aquello que es obligatorio portar para la practica legal de nuestra actividad.

Para ello la Ley de Pesca a nivel estatal, y los reglamentos correspondientes a nivel autonómico han dejado claro que para la práctica de la pesca submarina no es necesaria dicha embarcación. Por lo que no se puede tratar de aplicar una normativa general por encima de una especifica que regula de manera independiente nuestra actividad.

Creo que todo se puede resumir en algo en lo que coincidimos todos, "la regulación legal está absolutamente obsoleta y desfasada".

Creo que los términos usados inciden directamente en la confusión que puede llegar a generar la aplicación de la normativa, si os fijáis bien distinguen claramente entre buceo profesional, buceo deportivo-recreativo, y buceo en apnea.

Y sólo hay una referencia directa al buceo en apnea en toda la ley.

Por mi trabajo ya he visto aducir a Agentes de la autoridad lo de la embarcación, para posteriormente verse desmentidos por la Consejería de pesca correspondiente (en caso de aguas interiores) o por la delegación del gobierno o Capitanía (en caso de aguas exteriores).

 

Desconectado dentex

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #26 en: 15 de Julio de 2015, 12:01:20 pm »
Cotorra dixit.  ;D ;)
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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #27 en: 15 de Julio de 2015, 12:05:34 pm »
muy buen comentario mrpulpol

efectivamente estamos en un medio hiperbárico pero toda la normativa hace referencia al buceo con botellas, mezclas de gases, profundidades máximas, equipos y materiales, número de buceadores, embarcación de apoyo, etc, etc, etc.

cualquier juez llegado al caso de una sanción por todo esto veria que no es de aplicación a la pesca submarina, que solo se parece a todo lo anterior en que se hace en el mar.
 

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #28 en: 15 de Julio de 2015, 12:18:38 pm »
Dentex, explicame una cosa y así vamos avanzando en esta conversación (que no quiero que se convierta en discusion)

1. Cuando realizamos una bajada a 10 metros, nos sometemos a un medio hiperbarico????

Si tu respuesta es SI (que creo que si entiendes un poco de apnea/buceo será tu respuesta) explicame porque no se nos aplica esta normativa según el articulo 1. Si tu respuesta es NO, entonces entiendo que creas que no se nos aplique esta norma y es aquí donde tenemos la discrepacia.

Artículo 1. Aplicación de estas normas.

Estas normas se aplicarán a toda operación en la que se someta a personas a un medio hiperbárico, bien sean de buceo profesional, deportivo, recreativo o de cualquier otra índole, a excepción de las militares, ejecutadas en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, tanto en aguas marítimas como interiores.
Y no solo a 10 metros , con meter el pecho bajo el agua ya estamos sometidos a un medio hiperbárico, visto esto:
Exijo que los agentes de la autoridad se presenten en playas y piscinas donde miles de personas se someten de forma temeraria a un medio hiperbárico sin cumplir las normas de seguridad vigente!!!  ;D ;D ;D
 

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Re:Duda laguna legal licencia Murcia
« Respuesta #29 en: 15 de Julio de 2015, 12:27:49 pm »
mrpurpol por favor me podrias pasar que normativa especifica regula la pesca submarina a nivel estatal y sobre todo donde deja claro lo de la embarcacion de apoyo. A nadie mas que a mi me gustaria pasarselos por la cara a un par de conocidos del GEAS que entre otros son los que me han dado la informacion que os he expuesto y no paran de pincharme con el tema.
Capitania si que saco un escrito de lo de la embarcacion de apoyo para las inmersiones de costa, pero era para las inmersiones con botella pues indicaba que eran en zonas balizadas para el baño (ese tambien me lo pasaron los del GEAS) y ahi nosotros no podemos pescar.
La normativa autonomica de pesca recreativa nos remite a esa norma generica que por su nefasta redaccion (y aqui estamos todos de acuerdo, ademas de estar desfasada) es la que lleva a equivocos.
Gracias
 

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