Autor Tema: Ayuda legislación por comunidades autónomas  (Leído 6864 veces)

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Ayuda legislación por comunidades autónomas
« en: 10 de Junio de 2016, 11:36:50 am »
Buenos dias!

Quiero hacer un documento pdf de consulta de las distintas peculiaridades legislativas de pesca submarina por comunidades autónomas y me vendría bien un poco de ayuda como pescadores locales de otras comunidades

Por ejemplo empiezo con Andalucía:
- No están permitidos la cefalópodos
- Cupo 5kg, quitando la pieza mayor
- Licencia por un año, y no valen las licencias de otras comunidades (este punto es recurrible, pero es lo que dice la ley...)
- Se pude pescar todos los días del año (si el mar lo permite, jeje)
- Ley que lo regula: DECRETO 361/2003, de 22 de diciembre
Poco es tanto cuando poco necesitas


http://www.volverparacontarlo.blogspot.com
 

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #1 en: 10 de Junio de 2016, 11:50:05 am »
Comunidad Valenciana:

- Están permitidos los cefalópodos, computarán como y junto a los otros.
- Cupo 5 kgs, quitando pieza mayor.
- Licencia válida por dos años y están reconocidas las de otras comunidades.
- Se puede pescar todo el año.
-  Decreto 41/2013, de 22 de marzo, del Consell, por el que se establecen las normas sobre la pesca marítima de recreo de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6991, de 26/03/2013). http://www.docv.gva.es/datos/2013/03/26/pdf/2013_2957.pdf
- Prohibición a tener en cuenta: "La pesca submarina en las zonas de arrecifes artificiales y en un área circundante de 300 metros de radio desde el perímetro del arrecife."  En algunas, o muchas, cada vez más, escolleras de puertos no dejan, les aplican esta prohibición por entender que son arrecifes artificiales. Lo peligroso es justo eso, que se aplica de forma aleatoria y genera inseguridad, lo que sí está claro es que en el de Gandia y Denia multan seguro. Mi consejo que o lo tienes muy claro que no dicen nada o ni acercarte.
Relajación....última bocanada y p'abajo...
Paco.
 
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Desconectado dentex

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #2 en: 10 de Junio de 2016, 04:58:01 pm »
Comunidad Murciana...así, de diferente:

*No se permiten pulpos ni sepias
*el volumen de capturas diarias autorizado por persona es de 15 kg en varias piezas o en una sola aun cuando exceda del referido peso
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #3 en: 10 de Junio de 2016, 05:33:18 pm »
Comunidad Murciana...así, de diferente:

*No se permiten pulpos ni sepias
*el volumen de capturas diarias autorizado por persona es de 15 kg en varias piezas o en una sola aun cuando exceda del referido peso

Y licencia válida por tres años, verdad??
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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #4 en: 10 de Junio de 2016, 05:38:11 pm »
Comunidad Autónoma de Canarias.

Última normativa
Interiores---> http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2005/004/boc-2005-004-002.pdf
Exteriores --->http://www.boe.es/boe/dias/1986/10/17/pdfs/A35275-35276.pdf
                         https://www.boe.es/boe/dias/2011/04/05/pdfs/BOE-A-2011-6099.pdf

Página de la consejería (Dios os coja confesados si queréis buscar algo aquí) ---> http://www.gobcan.es/agricultura/pesca/

Aquí tenemos leyes diferentes para absolutamente todo e incompatibilidades. Por ejemplo, se modificaron las tallas mínimas de exteriores, pero de interiores son otras. Una locura,  :o el profano va a flipar con la inseguridad que hay al leer esto, jajajaja.

Lo esencial es esto (a junio de 2016):

ZONAS

Va por zonas, unas son de aguas interiores, otras de aguas exteriores. Diferente normativa, como en todos lados, pero que en el archipiélago es fundamental diferenciar al ser islas, porque en unas islas parece que sí se puede pescar a fusil y en otras no, según qué normativa miremos y sus mapas, cuando realmente en todas hay zonas. Además, el caladero canario tiene su propia regulación de exteriores, diferente a la península  Resumo lo fundamental, no está todo en un solo decreto actualmente:

- Aguas interiores: van con coordenadas ....
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/222/boc-2007-222-001.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/140/boc-2008-140-001.pdf (modificaciones de coordenadas, los nombres de las puntas son los mismos).

- Aguas exteriores: van sin coordenadas  ::) ::) ::) esto que parece una tontería, es una gran putada, prueba es la modificación de arriba... mucho ojo con pescar en la frontera...
http://www.boe.es/boe/dias/1988/02/24/pdfs/A05869-05870.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2002/11/19/pdfs/A40799-40799.pdf (Estas es una modificación por la reserva en La Palma creo).

Mapas unidos (NOTA: ojo que lo que valen son los decretos de arriba, esto es solo orientativo a nivel visual).
http://lapescasubmarina.com/universal-viewid531.html ( la orden 30 de octubre de 1986 está derrogada, mucho ojo. es sólo a nivel visual)
http://clubapneanorte.galeon.com/productos965304.html

NORMATIVA GENERAL

- Cefalópodos a fusil: en interiores prohibido desde que te pongas gafas y tubo, en exteriores se supone que está permitido. Ahora, es posible que te toque explicarlo al GC o en el pliego de descargo de la multa ...

-especies vedadas: en interiores hay muchas especies vedadas de nuestra zona, además de las estatales, la más abundante es la corvina negra (corva), ojo con tirarles a todas estas en interiores. http://www.gobcan.es/opencms8/export/sites/agricultura/pesca/.content/galerias/doc/especies/especies_prohibidas.pdf

Cupo: 5 kgs, quitando pieza mayor. Exteriores como todos, 5kg o una pieza superior. Transporte entre islas, máximo 10 kg por licencia o 1 pieza de más peso sin trocear por pescador.

- Licencia: válida por 3 años y están reconocidas las de otras comunidades.

- Periodicidad de pesca: hay que mirar las zonas una a una en los BOEs y BOCs de zonas que dejé arriba, cada una tiene la suya. resumiendo, en el 80% es todo el año, el 20% es sólo sábados, domingos y festivos.


PD: gran iniciativa, para quitarse el sombrero. A ver si la gente colabora, un abrazo.

« Última modificación: 15 de Junio de 2016, 04:31:38 pm por Revientavarillas »
No revientes tu varilla, ¡¡¡ojo con las piedras!!!
 

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #5 en: 10 de Junio de 2016, 07:29:44 pm »
Comunidad Autónoma de Canarias.

Última normativa
Interiores---> http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2005/004/boc-2005-004-002.pdf
Exteriores --->https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/01/pdfs/BOE-A-2015-13003.pdf
Página de la consejería (Dios os coja confesados si queréis buscar algo aquí) ---> http://www.gobcan.es/agricultura/pesca/

Aquí tenemos leyes diferentes para absolutamente todo e incompatibilidades. Por ejemplo, se modificaron las tallas mínimas de exteriores, pero de interiores son otras. Una locura,  :o el profano va a flipar con la inseguridad que hay al leer esto, jajajaja.

Lo esencial es esto (a junio de 2016):

ZONAS

Va por zonas, unas son de aguas interiores, otras de aguas exteriores. Diferente normativa, como en todos lados, pero que en el archipiélago es fundamental diferenciar al ser islas, porque en unas islas parece que sí se puede pescar a fusil y en otras no, según qué normativa miremos y sus mapas, cuando realmente en todas hay zonas. Además, el caladero canario tiene su propia regulación de exteriores, diferente a la península  Resumo lo fundamental, no está todo en un solo decreto actualmente:

- Aguas interiores: van con coordenadas ....
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/222/boc-2007-222-001.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/140/boc-2008-140-001.pdf (modificaciones de coordenadas, los nombres de las puntas son los mismos).

- Aguas exteriores: van sin coordenadas  ::) ::) ::) esto que parece una tontería, es una gran putada, prueba es la modificación de arriba... mucho ojo con pescar en la frontera...
http://www.boe.es/boe/dias/1988/02/24/pdfs/A05869-05870.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2002/11/19/pdfs/A40799-40799.pdf (Estas es una modificación por la reserva en La Palma creo).

Mapas unidos (NOTA: ojo que lo que valen son los decretos de arriba, esto es solo orientativo a nivel visual).
http://lapescasubmarina.com/universal-viewid531.html ( la orden 30 de octubre de 1986 está derrogada, mucho ojo. es sólo a nivel visual)
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NORMATIVA GENERAL

- Cefalópodos a fusil: en interiores prohibido desde que te pongas gafas y tubo, en exteriores se supone que está permitido. Ahora, es posible que te toque explicarlo al GC o en el pliego de descargo de la multa ...

-especies vedadas: en interiores hay muchas especies vedadas de nuestra zona, además de las estatales, la más abundante es la corvina negra (corva), ojo con tirarles a todas estas en interiores. http://www.gobcan.es/opencms8/export/sites/agricultura/pesca/.content/galerias/doc/especies/especies_prohibidas.pdf

Cupo: 5 kgs, quitando pieza mayor. Exteriores como todos, 5kg o una pieza superior. Transporte entre islas, máximo 10 kg por licencia o 1 pieza de más peso sin trocear.

- Licencia: válida por 3 años y están reconocidas las de otras comunidades.

- Periodicidad de pesca: hay que mirar las zonas una a una en los BOEs y BOCs de zonas que dejé arriba, cada una tiene la suya. resumiendo, en el 80% es todo el año, el 20% es sólo sábados, domingos y festivos.


PD: gran iniciativa, para quitarse el sombrero. A ver si la gente colabora, un abrazo.

Es que semos los mehores (léase en tono sarcástico :P).    ...en fin...



Por otro lado, tengo una duda que no se si sale en los boletines, o que al no salir, pues será como a todo hijo de vecino:
Viene un colega extranjero x días a pescar contigo. ¿tiene que sacarse la licencia igual que la mía, con certificado médico, tasas, etc...?
 

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #6 en: 10 de Junio de 2016, 08:23:06 pm »
Revientavarillas vaya currazo!!
Mil thanks
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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #7 en: 13 de Junio de 2016, 08:47:04 am »
Comunidad Murciana...así, de diferente:

*No se permiten pulpos ni sepias
*el volumen de capturas diarias autorizado por persona es de 15 kg en varias piezas o en una sola aun cuando exceda del referido peso

Y licencia válida por tres años, verdad??

Yes
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #8 en: 13 de Junio de 2016, 10:43:20 am »
Comunidad Autónoma de Canarias.

Última normativa
Interiores---> http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2005/004/boc-2005-004-002.pdf
Exteriores --->https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/01/pdfs/BOE-A-2015-13003.pdf
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Aquí tenemos leyes diferentes para absolutamente todo e incompatibilidades. Por ejemplo, se modificaron las tallas mínimas de exteriores, pero de interiores son otras. Una locura,  :o el profano va a flipar con la inseguridad que hay al leer esto, jajajaja.

Lo esencial es esto (a junio de 2016):

ZONAS

Va por zonas, unas son de aguas interiores, otras de aguas exteriores. Diferente normativa, como en todos lados, pero que en el archipiélago es fundamental diferenciar al ser islas, porque en unas islas parece que sí se puede pescar a fusil y en otras no, según qué normativa miremos y sus mapas, cuando realmente en todas hay zonas. Además, el caladero canario tiene su propia regulación de exteriores, diferente a la península  Resumo lo fundamental, no está todo en un solo decreto actualmente:

- Aguas interiores: van con coordenadas ....
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/222/boc-2007-222-001.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/140/boc-2008-140-001.pdf (modificaciones de coordenadas, los nombres de las puntas son los mismos).

- Aguas exteriores: van sin coordenadas  ::) ::) ::) esto que parece una tontería, es una gran putada, prueba es la modificación de arriba... mucho ojo con pescar en la frontera...
http://www.boe.es/boe/dias/1988/02/24/pdfs/A05869-05870.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2002/11/19/pdfs/A40799-40799.pdf (Estas es una modificación por la reserva en La Palma creo).

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- Periodicidad de pesca: hay que mirar las zonas una a una en los BOEs y BOCs de zonas que dejé arriba, cada una tiene la suya. resumiendo, en el 80% es todo el año, el 20% es sólo sábados, domingos y festivos.


PD: gran iniciativa, para quitarse el sombrero. A ver si la gente colabora, un abrazo.

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Hola Arcadio,

Me matas, no tengo ni idea. La verdad que es una pregunta interesante, típica pregunta para la consejería. Prueba a dejarles un mail a ver si te responden  ;D , porque buscarlo escrito con los 7-8 decretos que hay puede ser una odisea.

Lamento no poder aportarte más, saludos.
No revientes tu varilla, ¡¡¡ojo con las piedras!!!
 
Han agradecido: J.Arcadio

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #9 en: 13 de Junio de 2016, 11:04:51 am »
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....
Con la mujer y el pescado.........mucho cuidado!!.
 

Desconectado mykonos666

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #10 en: 13 de Junio de 2016, 12:28:54 pm »
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....
Si. La unica comunidad que no reconoce la de las otras es la andaluza.
 
Han agradecido: manager

Desconectado dentex

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #11 en: 13 de Junio de 2016, 01:17:00 pm »
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #12 en: 13 de Junio de 2016, 01:29:49 pm »
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.

Eso estaria bien, pero al final los que acaban jodidos seriam compañeros pescadores que no tienen nada que ver con la decisión "ilegal" de la junta de no reconocer las licencias de otras comunidades.
 

Desconectado TRASKI

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #13 en: 13 de Junio de 2016, 03:09:45 pm »
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.

Eso estaria bien, pero al final los que acaban jodidos seriam compañeros pescadores que no tienen nada que ver con la decisión "ilegal" de la junta de no reconocer las licencias de otras comunidades.

La licencia Catalana, pone que es válida en todo el territorio español  8). En catalunya son válidas las licencias del resto de comunidades autonomas, ( Luego la señora Susana se molesta cuando se le dice que andalucia no es su cortijo  :D :D :D).
Bueno, aqui Catalunya ( y si me equivoco en algo que me corrijan por favor ;) )
-licencia: validez un año ,  >:(
-Validas licencias de otras comunidades.
-permitidos cefalopodos, que computan como pescado .
-cupo: 10 kilos mas pieza mayor. ( como tener un seat panda con el cuentakilometros de un ferrary  :D). a ver quien es el guapo que saca 10 kilos de pescado cada vez que se mete al agua?  :P.
-Pesca permitida todo el año.
-Escolleras si, ( en principio).

Si alguien sabe algo mas, o vé algun error lo corriga ;).
<( La pesca submarina, mi otro mundo )>
Llegar a viejo pescando, es mejor que buscar la pieza de tu muerte.
 

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Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
« Respuesta #14 en: 13 de Junio de 2016, 06:47:21 pm »
Muchas gracias Traski!
Joder desconocía lo de 10kg más pieza mayor ahí, pensaba que eran 5kg también!!
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