Autor Tema: Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?  (Leído 10150 veces)

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Desconectado Revientavarillas

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #15 en: 10 de Octubre de 2016, 01:48:11 pm »
Pues yo os leo y estoy flipando, me deja hasta con más dudas. Aunque me da seguridad que a nadie le haya llegado el papelito de sanción. Esto de ser abogado para ir a pescar 1 pez cada 3 salidas ya empieza a cansar ...

Lo de que te inmovilicen la embarcación ... manda cojones con perdón.
No revientes tu varilla, ¡¡¡ojo con las piedras!!!
 
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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #16 en: 10 de Octubre de 2016, 02:01:33 pm »
Todo es por la puñetera normativa del 97.
Y lo mejor es que no la toquen, porque como la toquen será para jodernos mas seguro.
Por la zona de Denia, Javea la patrullera no se suela meter mucho, les dan mas por saco a los clubs de buceo pero tampoco en exceso.
 

Desconectado Diegosub_mv

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #17 en: 10 de Octubre de 2016, 03:11:20 pm »
Gorka vente para Granada, aquí no te dirán nada de la barca, pero tampoco podrás tirar la barca sino tienes un buen 4x4 y varios tios  para ayudar puesto que no hay rampa, y verás menos pescado que por el levante de España pero pararte no te va a parar ni denunciar nadie   [risa3]


 

Desconectado Nemar

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #18 en: 23 de Octubre de 2016, 04:48:08 pm »
Buen domingo. Como estoy en secano y por si aclara y esperando no enturbiar más:
- Según la ley de navegación marítima (BOE núm. 180, de 25/07/2014): las embarcaciones de recreo pueden fondear en calas y lugares de baño, siempre que no se trate de una zona balizada y no se ponga en riesgo la vida de las personas. Se prohíbe la navegación y el fondeo en una zona comprendida entre la costa y una línea paralela distante 200 metros (50 en el caso de acantilados).
- La falta de bandera alfa lleva receta.
- Las interpretaciones posibles para nosotros los pescasub serían ya aclarables, según el caso. Por e-mail responden en la siguiente dirección:  dg-seprona-jefatura@guardiacivil.org
Saludos
Porque los patos son  patosos siempre con "aletas" de plomo.
 
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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #19 en: 23 de Octubre de 2016, 08:27:08 pm »
Buen domingo. Como estoy en secano y por si aclara y esperando no enturbiar más:
- Según la ley de navegación marítima (BOE núm. 180, de 25/07/2014): las embarcaciones de recreo pueden fondear en calas y lugares de baño, siempre que no se trate de una zona balizada y no se ponga en riesgo la vida de las personas. Se prohíbe la navegación y el fondeo en una zona comprendida entre la costa y una línea paralela distante 200 metros (50 en el caso de acantilados).
- La falta de bandera alfa lleva receta.
- Las interpretaciones posibles para nosotros los pescasub serían ya aclarables, según el caso. Por e-mail responden en la siguiente dirección:  dg-seprona-jefatura@guardiacivil.org
Saludos
Gracias por dar un poco de luz  [bien], he estado buscando en la ley de navegación marítima lo que has puesto y si que he encontrado que Las embarcaciones de recreo pueden fondear en calas y lugares de baño, siempre que no se trate de una zona balizada y no se ponga en riesgo la vida de las personas pero lo de Se prohíbe la navegación y el fondeo en una zona comprendida entre la costa y una línea paralela distante 200 metros (50 en el caso de acantilados).  no lo encuentro por ningún lado

Lo de la bandera alfa sigo sin entenderlo , es para buceadores deportivo-recreativos y  si tuviésemos que cumplir ese punto de la orden de fomento cuando practicamos PESCA SUBMARINA , deberíamos cumplir todos los que figuran en el capítulo 3 de la orden . Y ahí es cuando se ve que no tiene ni pies ni cabeza aplicar una norma que está redactada para otra actividad diferente a la pesca submarina . Prueba de eso es la resolución de la DGMM de 28 de julio de 2015 que dice :La Orden de 14 de octubre de 1997, por la que se aprobaron las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, regulaba las normas generales del buceo en sus diferentes campos, estableciendo en su capítulo III, las regulaciones para la práctica del buceo deportivo-recreativo. La norma comprendía, como único medio, el buceo autónomo para la práctica del buceo deportivo-recreativo. . De esto nos podría decir algo Gorka "dentex" que le multaron por lo de la bandera y no se si recurrió o pagó . Aunque imagino que es un tema del que le escocerá hablar porque vaya mierda  [mojón] [mojón] de norma

Que llevar la bandera lo veo bien , y se podría complementar con algunas normas de seguridad mas especificas para la PESCA SUBMARINA . Pero Joder , que al menos redacten un capítulo dedicado a la pesca submarina porque sino estamos en una inseguridad total .Además las sanciones son desproporcionadas a la enésima potencia , me temo que porque esa orden se hizo para buceo profesional y centros de buceo .
« Última modificación: 23 de Octubre de 2016, 08:47:17 pm por escama2 »
 
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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #20 en: 23 de Octubre de 2016, 11:13:33 pm »
Buen domingo. Como estoy en secano y por si aclara y esperando no enturbiar más:
- Según la ley de navegación marítima (BOE núm. 180, de 25/07/2014): las embarcaciones de recreo pueden fondear en calas y lugares de baño, siempre que no se trate de una zona balizada y no se ponga en riesgo la vida de las personas. Se prohíbe la navegación y el fondeo en una zona comprendida entre la costa y una línea paralela distante 200 metros (50 en el caso de acantilados).
- La falta de bandera alfa lleva receta.
- Las interpretaciones posibles para nosotros los pescasub serían ya aclarables, según el caso. Por e-mail responden en la siguiente dirección:  dg-seprona-jefatura@guardiacivil.org
Saludos

Gracias por dar un poco de luz  [bien], he estado buscando en la ley de navegación marítima lo que has puesto y si que he encontrado que Las embarcaciones de recreo pueden fondear en calas y lugares de baño, siempre que no se trate de una zona balizada y no se ponga en riesgo la vida de las personas pero lo de Se prohíbe la navegación y el fondeo en una zona comprendida entre la costa y una línea paralela distante 200 metros (50 en el caso de acantilados).  no lo encuentro por ningún lado

Lo de la bandera alfa sigo sin entenderlo , es para buceadores deportivo-recreativos y  si tuviésemos que cumplir ese punto de la orden de fomento cuando practicamos PESCA SUBMARINA , deberíamos cumplir todos los que figuran en el capítulo 3 de la orden . Y ahí es cuando se ve que no tiene ni pies ni cabeza aplicar una norma que está redactada para otra actividad diferente a la pesca submarina . Prueba de eso es la resolución de la DGMM de 28 de julio de 2015 que dice :La Orden de 14 de octubre de 1997, por la que se aprobaron las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, regulaba las normas generales del buceo en sus diferentes campos, estableciendo en su capítulo III, las regulaciones para la práctica del buceo deportivo-recreativo. La norma comprendía, como único medio, el buceo autónomo para la práctica del buceo deportivo-recreativo. . De esto nos podría decir algo Gorka "dentex" que le multaron por lo de la bandera y no se si recurrió o pagó . Aunque imagino que es un tema del que le escocerá hablar porque vaya mierda  [mojón] [mojón] de norma

Que llevar la bandera lo veo bien , y se podría complementar con algunas normas de seguridad mas especificas para la PESCA SUBMARINA . Pero Joder , que al menos redacten un capítulo dedicado a la pesca submarina porque sino estamos en una inseguridad total .Además las sanciones son desproporcionadas a la enésima potencia , me temo que porque esa orden se hizo para buceo profesional y centros de buceo .

Estimado compañero y todos los que estamos "escama2; buscar lógica a las leyes ya sería más difícil que entenderlas. Lo que a mí, de momento, me funciona es dar mal y resolver las dudas con el que me puede recetar sin estar malo; es decir antes de las vacaciones llamo a capitanía y/o consulto con Seprona lo que me puede hacer daño. Esto tiene el inconveniente de que te llenas de seguros, trámites y licencias (pesca de costa, de embarcación, submarina y Kayak no porque de momento, se considera poco más que una boya), por eso es a valorar y el tema naútico es enrevesado, interpretable y con lagunas en las que no todos, todas y políticos se "mojan".
Lo de la distancia a costa es del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para Desarrollo y Ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas en su art. 69.2 y se refiere a lo de las zonas de baño, etc.
En resumen, opino que debemos ir con "aletas" de plomo. Saludos [sonrisa]
Porque los patos son  patosos siempre con "aletas" de plomo.
 

Desconectado Rafa Guti

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #21 en: 24 de Octubre de 2016, 08:24:01 pm »
una alegación bien redactada, que explique claramente el tema del buce autónomo, deberia ser rotundamente comprensible para un inspector de marina mercante / capitán marítimo / capitán de la guardia civil o juez "terricola"
 

Desconectado Pescacharco

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #22 en: 24 de Octubre de 2016, 09:31:48 pm »
En el anexo de la ley específica.

Definiciones

Buceador: Toda persona que se someta a un medio hiperbárico.

Medio hiperbárico: Aquel medio cuya presión ambiente es superior a la atmosférica.

Por eso se nos aplica, porque según la ley somos buzos, se tenga o no equipo de respiración autónoma.
 

Desconectado dentex

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #23 en: 25 de Octubre de 2016, 08:59:56 am »
En el anexo de la ley específica.

Definiciones

Buceador: Toda persona que se someta a un medio hiperbárico.

Medio hiperbárico: Aquel medio cuya presión ambiente es superior a la atmosférica.

Por eso se nos aplica, porque según la ley somos buzos, se tenga o no equipo de respiración autónoma.

El problema es que la mayoría lo interpreta así como tú. Y ese es el gran problema.

Resulta evidente que esa ley no se redactó pensando incluir a los pescadores submarinos, pero como la dejaron tan indefinida, luego dan lugar a malasinterpretaciones.
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Desconectado escama2

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #24 en: 25 de Octubre de 2016, 11:01:45 am »
Vamos a ver ,interpretaciones aparte , según la disposición adicional primera de la orden del 97 la DGMM es el organismo autorizado para actualizar periódicamente las normas de esta orden . Y dice la DGMM en la resolución de 28 de julio de 2015 que : La norma comprendía, como único medio, el buceo autónomo para la práctica del buceo deportivo-recreativo
¿Que hay que interpretar después de esta resolución si el organismo autorizado para actualizar dicha orden te  está diciendo para qué actividad es esa orden del 97 ?


« Última modificación: 25 de Octubre de 2016, 11:07:33 am por escama2 »
 

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #25 en: 25 de Octubre de 2016, 11:08:09 am »
Vamos a ver ,interpretaciones aparte , según la disposición adicional primera de la orden del 97 la DGMM es el organismo autorizado para actualizar periódicamente las normas de esta orden . Y dice la DGMM en la resolución de 28 de julio de 2015 que : La norma comprendía, como único medio, el buceo autónomo para la práctica del buceo deportivo-recreativo
¿Que hay que interpretar después de esta resolución si el organismo autorizado para actualizar dicha orden te  está diciendo para qué actividad es esa orden del 97 ?

Esa información la aporté yo en su momento. Pero al final no recurrí. No lo vi claro. Sobre todo porque el límite superior de la multa era muuuuy alto.
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #26 en: 25 de Octubre de 2016, 11:59:32 am »
Vamos a ver ,interpretaciones aparte , según la disposición adicional primera de la orden del 97 la DGMM es el organismo autorizado para actualizar periódicamente las normas de esta orden . Y dice la DGMM en la resolución de 28 de julio de 2015 que : La norma comprendía, como único medio, el buceo autónomo para la práctica del buceo deportivo-recreativo
¿Que hay que interpretar después de esta resolución si el organismo autorizado para actualizar dicha orden te  está diciendo para qué actividad es esa orden del 97 ?

Esa información la aporté yo en su momento. Pero al final no recurrí. No lo vi claro. Sobre todo porque el límite superior de la multa era muuuuy alto.


Cagao
 

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #27 en: 25 de Octubre de 2016, 12:03:52 pm »
Vamos a ver ,interpretaciones aparte , según la disposición adicional primera de la orden del 97 la DGMM es el organismo autorizado para actualizar periódicamente las normas de esta orden . Y dice la DGMM en la resolución de 28 de julio de 2015 que : La norma comprendía, como único medio, el buceo autónomo para la práctica del buceo deportivo-recreativo
¿Que hay que interpretar después de esta resolución si el organismo autorizado para actualizar dicha orden te  está diciendo para qué actividad es esa orden del 97 ?

Esa información la aporté yo en su momento. Pero al final no recurrí. No lo vi claro. Sobre todo porque el límite superior de la multa era muuuuy alto.


Cagao

Ya te digo.  [mojón] [mojón] [mojón] [risa3]
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #28 en: 25 de Octubre de 2016, 07:18:55 pm »
pues hoy, comentando el tema de la denuncia del velero con el jefe de distrito marítimo, me ha dicho que en la norma del 97 él interpreta que no tiene porqué haber nadie a bordo cuando estamos pescando, porque no estamos buceando con botella...
parece lógico lo que dice el hombre
 
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Desconectado Nemar

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Re:Denuncian por pescar con la embarcacion fondeada sin nadie a bordo?
« Respuesta #29 en: 25 de Octubre de 2016, 07:57:22 pm »
Hola Rafa Guti. Con mi pequeño 470 con matrícula Belga me alejo cuanto gusto de la costa y habría que preguntarle al Jefe de Distrito marítimo si a la embarcaciones de recreo se le aplica el Reglamento Internacional de Prevención de Abordajes (RIPA) que dice:

- Que "en navegación" se aplica a un buque que no esté ni fondeado ni amarrado a tierra, ni varado, pero como hay siempre peros al hablar de la Vigilancia dice que todos los buques mantendrán en todo momento una eficaz vigilancia visual y auditiva, utilizando para evaluar plenamente la situación y el riesgo de abordaje.
- Sin embargo cuando se habla de buques fondeados no se especifica la necesidad de esa vigilancia constante.

"Conclusión": que no pero sí y todo lo contrario y depende de la interpretación del momento: ¿entienden que te estás bañando y era un momento, que buceabas y te desetendías del barco o que estabas más alejado de la cuenta? [asombro].

En todo caso me atrevo a aconsejarte que recurras antes del mes de la receta que es gratis y sólo gastas un poco de toner. Saludos cordiales,


« Última modificación: 25 de Octubre de 2016, 08:05:03 pm por Nemar »
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