Autor Tema: certificado de navegabilidad  (Leído 5185 veces)

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Desconectado dentex

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #15 en: 18 de Agosto de 2020, 09:05:36 am »
Pd.: por cierto,  ¿como conseguís el Metamizol inyectable que piden para completar el botiquín? Solo se expide con receta...

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Mero, merazo, bueno pal bazo

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Desconectado anaga

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #16 en: 18 de Agosto de 2020, 09:24:58 am »
Un saludo, mi barco tiene Certificado de inscripcion sin caducidad, no necesita permiso de navegación  al estar inscrito y no registrado...

¿Qué es el Permiso de navegación?

El Certificado de registro español o Permiso de navegación se describe en el Real Decreto 1435/2010. El conocido como decreto de matrícula de las embarcaciones de recreo. En el decreto se establece que el Permiso de navegación es el documento que acredita la inscripción de la embarcación en el Registro marítimo español de embarcaciones de recreo.

Las embarcaciones obligadas a tener Permiso de navegación son:

    Embarcaciones en la lista 7ª, inscritas para explotación sin ánimo de lucro,
    y embarcaciones de la lista 6ª, pero despachas sin tripulación profesional.

Excepciones

El Permiso de navegación no se expide a las embarcaciones inscritas. Es decir, a los barcos inferiores a 12 metros de eslora. Y construidas conforme a las especificaciones que le otorgan el marcado CE.

En el caso de embarcaciones inscritas en el Registro marítimo, tan solo se expide el Certificado de inscripción. Documento que no es necesario renovar como el Permiso de navegación.
« Última modificación: 18 de Agosto de 2020, 09:30:23 am por anaga »
 

Desconectado Pepesub

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #17 en: 18 de Agosto de 2020, 10:40:57 am »
Pues se te olvida una más, el extintor ha de pasar revisiones anuales... [asombro]

El extintor tiene fecha de caducidad. ¿Donde has visto que se necesite revisión anual, por favor? Los que si la necesitan son los chalecos hinchables.

Pd.: por cierto,  ¿como conseguís el Metamizol inyectable que piden para completar el botiquín? Solo se expide con receta...
Todos los extintores tienen que pasar revisiones anuales.

Aquí un enlace específico para nuestro caso:

https://serior.com/normativa-extintores-barcos/
 

Desconectado dentex

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #18 en: 18 de Agosto de 2020, 10:56:01 am »
Un saludo, mi barco tiene Certificado de inscripcion sin caducidad, no necesita permiso de navegación  al estar inscrito y no registrado...

¿Qué es el Permiso de navegación?

El Certificado de registro español o Permiso de navegación se describe en el Real Decreto 1435/2010. El conocido como decreto de matrícula de las embarcaciones de recreo. En el decreto se establece que el Permiso de navegación es el documento que acredita la inscripción de la embarcación en el Registro marítimo español de embarcaciones de recreo.

Las embarcaciones obligadas a tener Permiso de navegación son:

    Embarcaciones en la lista 7ª, inscritas para explotación sin ánimo de lucro,
    y embarcaciones de la lista 6ª, pero despachas sin tripulación profesional.

Excepciones

El Permiso de navegación no se expide a las embarcaciones inscritas. Es decir, a los barcos inferiores a 12 metros de eslora. Y construidas conforme a las especificaciones que le otorgan el marcado CE.

En el caso de embarcaciones inscritas en el Registro marítimo, tan solo se expide el Certificado de inscripción. Documento que no es necesario renovar como el Permiso de navegación.

Anaga, si tu embarcación está inscrita, efectivamente, no te hace falta.
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Desconectado dentex

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #19 en: 18 de Agosto de 2020, 10:58:08 am »
Pues se te olvida una más, el extintor ha de pasar revisiones anuales... [asombro]

El extintor tiene fecha de caducidad. ¿Donde has visto que se necesite revisión anual, por favor? Los que si la necesitan son los chalecos hinchables.

Pd.: por cierto,  ¿como conseguís el Metamizol inyectable que piden para completar el botiquín? Solo se expide con receta...
Todos los extintores tienen que pasar revisiones anuales.

Aquí un enlace específico para nuestro caso:

https://serior.com/normativa-extintores-barcos/

Veo que cita específicamente "con cabina cerrada para eslora menor de 10m".

Que pasa si nuestra embarcación es menor de 10m y no es cabinada? O sea, la mayoría de embarcaciones de pescasubs.
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Desconectado Tato_Santander

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #20 en: 18 de Agosto de 2020, 11:24:32 am »
Pues se te olvida una más, el extintor ha de pasar revisiones anuales... [asombro]

El extintor tiene fecha de caducidad. ¿Donde has visto que se necesite revisión anual, por favor? Los que si la necesitan son los chalecos hinchables.

Pd.: por cierto,  ¿como conseguís el Metamizol inyectable que piden para completar el botiquín? Solo se expide con receta...
Todos los extintores tienen que pasar revisiones anuales.

Aquí un enlace específico para nuestro caso:

https://serior.com/normativa-extintores-barcos/

Estas en lo cierto.  Por mi zona únicamente revisan la fecha de caducidad del extintor,  como hacen con bengalas o botiquín.
Por otra parte veo en un PDF que para zona 5 piden ahora VHF fijo o portatil. Creo haberlo interpretado bien. El PDF es de la página de Fomento. Os lo adjunto.
 

Desconectado Rafa Guti

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #21 en: 19 de Agosto de 2020, 11:46:36 am »
De nada Gorka, estamos para ayudarnos.

la verdad es que parece que siempre nos falte algo...

hemos hablado del certificado MARPOL de entrega de residuos? que lo tienes que hacer todos los años aunque no se entregue nada, se rellena como "SIN RESIDUOS".

Y el extintor.....por eslora no hay que llevarlo hasta 10m de eslora...
pero sí por potencia del motor, si es menos de 150 kw hay que llevar un extintor de 2kg, revisado todos los años.
el mío lo compré hace 10 y ahí en el asiento cofre está sin tocar...
https://serior.com/normativa-extintores-barcos/#1558095275845-ce6e4fbe-83ec
 

Desconectado dentex

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #22 en: 20 de Agosto de 2020, 11:41:39 am »
De nada Gorka, estamos para ayudarnos.

la verdad es que parece que siempre nos falte algo...

hemos hablado del certificado MARPOL de entrega de residuos? que lo tienes que hacer todos los años aunque no se entregue nada, se rellena como "SIN RESIDUOS".

Y el extintor.....por eslora no hay que llevarlo hasta 10m de eslora...
pero sí por potencia del motor, si es menos de 150 kw hay que llevar un extintor de 2kg, revisado todos los años.
el mío lo compré hace 10 y ahí en el asiento cofre está sin tocar...
https://serior.com/normativa-extintores-barcos/#1558095275845-ce6e4fbe-83ec

Sí, Rafa, tienes razón. Lo miré ayer y llegué a esa conclusión. Es obligatorio.

Lo del Marpol ya paso. Mis únicos residuos son las majadas que planto por la escalerilla.  [risa3] [risa3] [risa3]
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Desconectado TRASKI

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Re:certificado de navegabilidad
« Respuesta #23 en: 20 de Agosto de 2020, 09:55:20 pm »
De nada Gorka, estamos para ayudarnos.

la verdad es que parece que siempre nos falte algo...

hemos hablado del certificado MARPOL de entrega de residuos? que lo tienes que hacer todos los años aunque no se entregue nada, se rellena como "SIN RESIDUOS".

Y el extintor.....por eslora no hay que llevarlo hasta 10m de eslora...
pero sí por potencia del motor, si es menos de 150 kw hay que llevar un extintor de 2kg, revisado todos los años.
el mío lo compré hace 10 y ahí en el asiento cofre está sin tocar...
https://serior.com/normativa-extintores-barcos/#1558095275845-ce6e4fbe-83ec

Sí, Rafa, tienes razón. Lo miré ayer y llegué a esa conclusión. Es obligatorio.

Lo del Marpol ya paso. Mis únicos residuos son las majadas que planto por la escalerilla.  [risa3] [risa3] [risa3]
Está prohibido engodar en pescasub  [regañiza] [regañiza] [regañiza] [risa3] [risa3] [risa3]
<( La pesca submarina, mi otro mundo )>
Llegar a viejo pescando, es mejor que buscar la pieza de tu muerte.
 

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