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¿QUÉ USAS?

FEDERATIVA
56 (86.2%)
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
9 (13.8%)

Total de votos: 65

Autor Tema: USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL  (Leído 22553 veces)

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Desconectado dany

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #45 en: 30 de Septiembre de 2020, 11:33:45 pm »
Gorka,
ya no son 20 o 25 de diferencia, 40 frente a 25 son 15 euros, menos de lo que vale un par de guantes.
con esos 15 euros al año no te vas al caribe en la vida [ups] [ups] [ups] [ups]

Es de Bilbao... [risa3] [risa3] [risa3] [beso] [beso]
 
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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #46 en: 30 de Septiembre de 2020, 11:56:34 pm »
Una federativa independiente son 42€ en andalucia

Una adscrita a un club 38€.

No es por dinero, es por tranquilidad y legislación.

 
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Desconectado dentex

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #47 en: 01 de Octubre de 2020, 08:42:55 am »
Gorka,
ya no son 20 o 25 de diferencia, 40 frente a 25 son 15 euros, menos de lo que vale un par de guantes.
con esos 15 euros al año no te vas al caribe en la vida [ups] [ups] [ups] [ups]

15€ x30 años = 450€

Mira los vuelos al Caribe ahora...valen eso... [beso] [risa3] [risa3] [risa3]
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #48 en: 01 de Octubre de 2020, 08:51:00 am »
Gorka,
ya no son 20 o 25 de diferencia, 40 frente a 25 son 15 euros, menos de lo que vale un par de guantes.
con esos 15 euros al año no te vas al caribe en la vida [ups] [ups] [ups] [ups]

En el País Vasco la federativa son 60 €, y el seguro de Allianz 18.

El reconocimiento médico en la federación creo recordar que pagué 30 € el año pasado, y en un particular, 4 € del papel del estanco y 15 del médico, 19 €... Y eso por no contar las 30 sentadillas que me hizo hacer el de la federación después de comer   [ups]... Eso no tiene precio. El otro, auscultarme y firma  [risa3]

Unos 50 € de diferencia en total.. Más de lo que pensaba.
 

Desconectado dentex

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #49 en: 01 de Octubre de 2020, 09:05:08 am »
Gorka,
ya no son 20 o 25 de diferencia, 40 frente a 25 son 15 euros, menos de lo que vale un par de guantes.
con esos 15 euros al año no te vas al caribe en la vida [ups] [ups] [ups] [ups]

En el País Vasco la federativa son 60 €, y el seguro de Allianz 18.

El reconocimiento médico en la federación creo recordar que pagué 30 € el año pasado, y en un particular, 4 € del papel del estanco y 15 del médico, 19 €... Y eso por no contar las 30 sentadillas que me hizo hacer el de la federación después de comer   [ups]... Eso no tiene precio. El otro, auscultarme y firma  [risa3]

Unos 50 € de diferencia en total.. Más de lo que pensaba.

Pues con eso tienes incluido vuelo, barca, barquero y hotel para 7 días.  [risa3] [risa3] [risa3]

PD1. Barbacaña, tu médico de cabecera te cobra por expedirte un certificado médico? Suele ser gratis...

PD2. Lo de las sentadillas me parece un ultraje. 30 sentadillas? Estamos locos? Con eso tengo yo agujetas pa' tres días. jajaja
« Última modificación: 01 de Octubre de 2020, 09:55:05 am por dentex »
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #50 en: 01 de Octubre de 2020, 10:45:34 am »
He votado federativa.
En mi zona, si no vas con federativa, no hay discusión... te cascan.
Te sacan el RD que comentaba PEPEDEBARBATE anteriormente y F*****DA.

Hasta donde yo entendía.
Es obligatorio la posesión de la federativa para poder transportar y usar el fusil de categoria 7.5.

No sé si alguno de los que usáis seguro de RC os amparáis en algún que otro  RD perdido por ahí que desconozca..

No existe tal RD que diga que hay que sacar la federativa.

No existe ninguna ley ni jurisprudencia que diga que hay que sacar la federativa para portar los fusiles de pesca o comprarlos.

Solo hay informes EN AMBOS SENTIDOS, que han sido emitidos cuando alguna de las partes INTERESADAS se lo ha reclamado a la Guardia Civil, Ministerio del interior etc...

Por lo tanto según comentas, no existe tal RD que nos informe de que es necesario estar en posesión de la licencia federativa para poder transportar, comprar y usar fusiles de pesca submarina.

Sin embargo, existe Real Decreto 137/1993, de 29 de enero del reglamento de Armas.
Al que se le hizo referencia como nota aclaratoria al ministerio del interior , la respuesta fue clara.


Se nos cita textualmente de la siguiente manera.

«(…) Por tanto, al margen del criterio manifestado en su día por esta Secretaría General Técnica, a tenor de la sentencia en cuestión las tarjetas deportivas válidas para la adquisición y tenencia  de los aludidos fusiles de pesca submarina son las emitidas por las Federaciones Deportivas, como órganos que ejercen las funciones delegadas de la Administración con dependencia jerárquica  respecto del CSD, que lleva a cabo la tutela administrativa en el ámbito deportivo  y de la competición.»

Además el artículo 54 de este mismo RD especifica.
4. La adquisición de las armas de la categoría 7., 5, requerirá la acreditación ante el establecimiento vendedor y su consignación en los correspondientes libros de las respectivas tarjetas deportivas en vigor.
 cuando se dice "Tarjetas Deportivas en Vigor" se esta haciendo referencia a las tarjetas Federativas"




¿No creéis que queda bastante claro?
Yo mire por donde lo mire, no encuentro nada que tenga una base consultada, sólida y que las autoridades competentes respondan algo contrrario.

Que opináis ustedes?

Me dedico al derecho y voy a tratar de dar mi granito de arena. Pero la cosa es bastante farragosa, por decirlo de algún modo, por orden:

1º.- El problema vino cuando se creo una Federación Independiente Gallega alternativa a la FEDEGAS, que expedía tarjetas deportivas. La guardia civil de la zona dio por válidas esas tarjetas deportivas para adquisición y tenencia de fusiles. 

2º.- FEDEGAS y FEDAS se mosquearon y solicitaron una aclaración a la Secretaría General del Ministerio del Interior, que dijera que la única tarjeta válida era la expedida por una "FEDERACION" digamos de las englobadas dentro de FEDAS, ¿Porque? Porque estas federaciones son las únicas que cumplen determinados requisitos de los recogidos en la Ley del Deporte (mayores exigencias de control) y por tanto hacen las veces de garante, digamos que suplen el papel que podría hacer la Guardia Civil en el registro de otro tipo de armas. Lo otro son Asociaciones de naturaleza privada y nadie tutela su actividad.

3º.- La Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior para responder finalmente hace uso de una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictada en relación con un procedimiento seguido por la Federación de tiro con Arco, que en definitiva es un arma recogida en el mismo epigrafe que los fusiles de pesca, y ahora es donde viene lo bueno:

Dicha Sentencia en relación con los arcos concluye que en relación con la adquisición de armas de la categoría 7.5ª del artículo 3, la tarjeta deportiva a la que hace mención el artículo 54 del Reglamento de Armas, es la LICENCIA FEDERATIVA, es decir la emitida por la FEDERACIÓN DEPORTIVA que igualmente habilita para intervenir en Competiciones deportivas.  Es por tanto dicha licencia federativa la única que permite adquirir armas de la categoría 7ª.5.-
Y hace constar como único documento válido el expedido por las Federaciones, entiendo que por un simple motivo, y es que en la actualidad son los únicos órganos con funciones delegadas propias de la Administración, actuando en este caso como agentes colaboradores de la Administración pública.

Esta parte de la Sentencia yo la veo correcta. Estamos hablando de adquisición.

Sin embargo, y aquí viene lo que para mi es un error la sentencia en relación con la tenencia y el uso de armas de esta categoría lo siguiente:

<< En cuanto a la legitimidad para "llevar y poseer "armas el artículo 96.4.d) dispone que los poseedores de armas de las categorías 3ª y 7ª.2 y 3, precisarán licencia de armas y según el artículo 96.7 los poseedores de armas de las categorías 6ª y 7ª.4, deberán documentarlas en la forma prevenida en el artículo 107. Fijando el artículo 99 que para las armas de la clase 7ª la licencia la expide la Dirección General de la Guardia Civil.

En consecuencia, para adquirir arcos es preciso estar en posesión de la tarjeta deportiva y para su tenencia y uso es preciso licencia de armas tipo E a que se refiere el artículo 101 del mismo.
>>.

Lo que os he puesto en cursiva en los dos últimos párrafos está transcrito directamente de la Sentencia, y yo creo que  en relación con la tenencia y posesión de armas del tipo 7.5ª simplemente no es cierto, es fruto de un error.

Esos artículos que cita no dicen lo que pone la Sentencia.

El artículo 99 del Reglamento de Armas nada dispone en cuanto a que para las armas de la clase 7ª la licencia la expida la Dirección de la Guardia Civil.
Tampoco el artículo 101 dice lo que pone en la Sentencia pues hace mención exclusivamente para una Licencia E de armas a las categorías 3ª y 7ª 2 y 3, es decir armas diferentes al fusil.

Por tanto Ni el artículo 99, ni el 101, ni ningún otro artículo del Reglamento de Armas regulan la necesidad de Expedición de Licencia tipo E por la Guardia Civil, ni de ningún tipo de Licencia Federativa alguna para la tenencia y uso de un arco.
Y por tanto, al estar englobado en la misma categoría 7.5ª, tampoco precisa de licencia alguna la tenencia o uso de un fusil de pesca submarina.

Por tanto, y a modo de conclusión "mi opinión" (que no vale una mierda):

Adquisición------ Licencia Federativa.
Competición-----Licencia Federativa.
Uso y tenencia--Con el Seguro de Responsabilidad Civil bastaría

Conclusión de la Secretaría General técnica del ministerio del Interior.

Adquisición------ Licencia Federativa.
Competición-----Licencia Federativa.
Uso y tenencia--Licencia Federativa.

Ahora todo depende como sabéis de los agentes de inspección que os toquen.

Saludos.
 

   
« Última modificación: 01 de Octubre de 2020, 01:08:28 pm por mrpulpol »
 

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #51 en: 01 de Octubre de 2020, 11:07:01 am »
Perdón por el rollo  [ups]
 

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #52 en: 01 de Octubre de 2020, 11:37:45 am »
tan facil como que cada uno  se saque lo que quiera
 

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #53 en: 01 de Octubre de 2020, 11:46:05 am »
tan facil como que cada uno  se saque lo que quiera

Siempre ha sido fácil. ¿Pero y lo que nos divertimos meneando la mierda?

 [risa3] [risa3] [risa3]
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #54 en: 01 de Octubre de 2020, 11:47:52 am »
tan facil como que cada uno  se saque lo que quiera

Siempre ha sido fácil. ¿Pero y lo que nos divertimos meneando la mierda?

 [risa3] [risa3] [risa3]
 

 [cabrito] [risa3] [risa3] [risa3]
 

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #55 en: 01 de Octubre de 2020, 11:55:23 am »
He votado federativa.
En mi zona, si no vas con federativa, no hay discusión... te cascan.
Te sacan el RD que comentaba PEPEDEBARBATE anteriormente y F*****DA.

Hasta donde yo entendía.
Es obligatorio la posesión de la federativa para poder transportar y usar el fusil de categoria 7.5.

No sé si alguno de los que usáis seguro de RC os amparáis en algún que otro  RD perdido por ahí que desconozca..

No existe tal RD que diga que hay que sacar la federativa.

No existe ninguna ley ni jurisprudencia que diga que hay que sacar la federativa para portar los fusiles de pesca o comprarlos.

Solo hay informes EN AMBOS SENTIDOS, que han sido emitidos cuando alguna de las partes INTERESADAS se lo ha reclamado a la Guardia Civil, Ministerio del interior etc...

Por lo tanto según comentas, no existe tal RD que nos informe de que es necesario estar en posesión de la licencia federativa para poder transportar, comprar y usar fusiles de pesca submarina.

Sin embargo, existe Real Decreto 137/1993, de 29 de enero del reglamento de Armas.
Al que se le hizo referencia como nota aclaratoria al ministerio del interior , la respuesta fue clara.


Se nos cita textualmente de la siguiente manera.

«(…) Por tanto, al margen del criterio manifestado en su día por esta Secretaría General Técnica, a tenor de la sentencia en cuestión las tarjetas deportivas válidas para la adquisición y tenencia  de los aludidos fusiles de pesca submarina son las emitidas por las Federaciones Deportivas, como órganos que ejercen las funciones delegadas de la Administración con dependencia jerárquica  respecto del CSD, que lleva a cabo la tutela administrativa en el ámbito deportivo  y de la competición.»

Además el artículo 54 de este mismo RD especifica.
4. La adquisición de las armas de la categoría 7., 5, requerirá la acreditación ante el establecimiento vendedor y su consignación en los correspondientes libros de las respectivas tarjetas deportivas en vigor.
 cuando se dice "Tarjetas Deportivas en Vigor" se esta haciendo referencia a las tarjetas Federativas"




¿No creéis que queda bastante claro?
Yo mire por donde lo mire, no encuentro nada que tenga una base consultada, sólida y que las autoridades competentes respondan algo contrrario.

Que opináis ustedes?

Karlitos,  permítame que INSISTA, no existe Real Decreto que diga tal cosa ni Jurisprudencia, el Real Decreto que citas es el Reglamento de Armas... Y los párrafos que citas son un "Informe interpretativo" del ministerio del interior a petición de una parte interesada en todo este lío.

Lo tengo muy mirado, TRABAJO en ello...

Hay que mirar bien...

Y vuelvo a insistir, SE VA LEGAL CON LICENCIA MAS SEGURO DE RC.

Yo elijo seguro porque NO QUIERO PERRENECER A LA FEDAS, QUE NO HACE NADA PIR DEFENDER A LA PESCASUB el dinero me da igual.
« Última modificación: 01 de Octubre de 2020, 11:58:31 am por eltempranillo »
 

Desconectado karlitos

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #56 en: 01 de Octubre de 2020, 12:41:19 pm »
Perdón por el rollo  [ups]

Es una manera genial de aclarar las cosas.

Por lo tanto se ve claramente que para la adquisición es necesario la federativa. Por lo tanto a no ser que .. te regalen el fusil( me ofrezco a recibir regalos de todos vosotros) necesitas la federativa para poder comprarlo.

En cuanto a lo que comenta el compañero Tempranillo, las federativas pueden ser Independientes o Adscritos a un club(casualmente la independiente es más cara que la de clubes).

Y ya hemos leído que te dedicas a ello, por eso es bueno que personas informadas aporten sus granitos de arena debidamente justificados como ha hecho este señor, al que agradecemos eternamente l información en este debate que nunca acabará hasta que para poder tramitar la licencia de l consejería obliguen a tener una licencia o por el contrario un seguro de RC.
 

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #57 en: 01 de Octubre de 2020, 03:06:13 pm »


PD2. Lo de las sentadillas me parece un ultraje. 30 sentadillas? Estamos locos? Con eso tengo yo agujetas pa' tres días. jajaja


Gorki no seas nenaza, yo con mis 54 tacos uno de los ejercicios de mi rutina son 45 sentadillas con pesa rusa de 12 kg.  [gafasol]

 
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Desconectado dentex

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #58 en: 01 de Octubre de 2020, 03:12:42 pm »


PD2. Lo de las sentadillas me parece un ultraje. 30 sentadillas? Estamos locos? Con eso tengo yo agujetas pa' tres días. jajaja


Gorki no seas nenaza, yo con mis 54 tacos uno de los ejercicios de mi rutina son 45 sentadillas con pesa rusa de 12 kg.  [gafasol]

Pero es que yo me la ato al capullo...y al cabo de 6 o7..ya me tira... [ups]




PD. Estás muy fuerte, maricona.
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:USAS FEDERATIVA O SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
« Respuesta #59 en: 01 de Octubre de 2020, 03:17:22 pm »
Perdón por el rollo  [ups]

Es una manera genial de aclarar las cosas.

Por lo tanto se ve claramente que para la adquisición es necesario la federativa. Por lo tanto a no ser que .. te regalen el fusil( me ofrezco a recibir regalos de todos vosotros) necesitas la federativa para poder comprarlo.

En cuanto a lo que comenta el compañero Tempranillo, las federativas pueden ser Independientes o Adscritos a un club(casualmente la independiente es más cara que la de clubes).

Y ya hemos leído que te dedicas a ello, por eso es bueno que personas informadas aporten sus granitos de arena debidamente justificados como ha hecho este señor, al que agradecemos eternamente l información en este debate que nunca acabará hasta que para poder tramitar la licencia de l consejería obliguen a tener una licencia o por el contrario un seguro de RC.

No, no necesitas la federativa para comprar fusiles de pesca, es otra interpretación. Las tiendas ni siquiera son auditadas por Inspección de Armas de la GC porque es IMPOSIBLE y NO REGULADO LEGALMENTE.

Las armas 7.5 NO tienen número de serie, guía de pertenencia, ni se exige nada para su fabricación y venta ( véase los fusiles artesanos que te haces tú mismo y las ventas de fusiles de segunda mano, que no son ilegales)

Son interpretaciones torticeras de la ley, hasta que el reglamento de armas no sea modificado en estos términos o haya jurisprudencia del Tribunal Supremo ,NADA. Y si esto sucede... Preparamos para empezar a pagar y dejar de vender y hacer fusiles artesanos, les pondrán licencia, número de serie, guía de pertenencia, obligación de usar armeros... Llamad al Diablo y vendrá...
 

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