Tener cuidado los que soleis llevar cuchillos grandes en el coche, o navajas de 12 cm ó más ya que el simple hecho de portarlos es infraccion, , ya que se considera arma prohibida según el art. 4 de reglamento de armas, tambien se considera arma prohibida, las navajas automaticas y los puñales (se entiende por puñales las armas blancas con oja menor de 11 cm de doble filo y puntiagudas) los puñales de 12 cm tambien estan prohibidos aunque no lo poonga claramente, ya que si uno de 11 cm esta prohibido uno mayor logicamente tambien lo está.
según el art.146 del reglamento de armas: DISPOSICIONES GENERALES SOBRE TENENCIA Y USO DE ARMAS, que dice:
Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, de lugar de trabajo, en su caso, o de la correspondientes actividades deportivas, cualquier clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especilamente aquelllas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de la categorias 5íƒÆ’í¢â‚¬Å¡íƒâ€ší‚ª , 6íƒÆ’í¢â‚¬Å¡íƒâ€ší‚ª y 7íƒÆ’í¢â‚¬Å¡íƒâ€ší‚ª. Queda a prudente arbitrio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasion, monento o circunstancia ,en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, o por razonse de seguridad.
Si vienes de pescar o vas, es de recibo que no digan nada, pero de subnormales esta lleno el mundo y hay mucho AGENTES con ganas de tocar los...
Decir que esto que os pongo es todo de memoria, lo he estudiado hace poco, cuando tenga los apuntes ya os lo pongo bien; cada cosa con su articulo.
Otra cosa, no tener seguro esta penado en el codigo penal, viene tipificado como falta, no recuerdo el articulo. Sin emcambio me parece que el fusil no necesita licencia de armas propiamente dicho, ya que no lo nombra, solo nombra a las BALLESTAS.