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Foros Pesca Submarina => Seguridad => Mensaje iniciado por: Rafa Guti en 06 de Febrero de 2018, 09:08:32 am

Título: PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: Rafa Guti en 06 de Febrero de 2018, 09:08:32 am
Parece que por fin van a cambiar la normativa del 97, la famosa y tan comentada norma, os resumo lo que más nos interesa:
Artículo 17. Buceo libre o en apnea.
El buceo libre o en apnea es aquel realizado con la sola retención de la respiración y no estará sujeto a las disposiciones de este real decreto, con las salvedades que se indican a continuación:
a) La práctica de este tipo de buceo quedará sometida a las reglas establecidas o que puedan establecerse por razón del lugar en el que se practique.
b) Cuando se realice fuera de la zona de baño, deberá señalizarse mediante un dispositivo de balizamiento en superficie.
c) Queda prohibida la práctica del buceo libre o en apnea para las modalidades de buceo profesional y de buceo extractivo.

la famosa norma del 97 quedaría derogada
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: SOS en 06 de Febrero de 2018, 09:18:20 am
Buceo extractivo podría considerarse la pesca submarina? [risa3]
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: Izand en 06 de Febrero de 2018, 10:18:00 am
Parece que por fin van a cambiar la normativa del 97, la famosa y tan comentada norma, os resumo lo que más nos interesa:
Artículo 17. Buceo libre o en apnea.
El buceo libre o en apnea es aquel realizado con la sola retención de la respiración y no estará sujeto a las disposiciones de este real decreto, con las salvedades que se indican a continuación:
a) La práctica de este tipo de buceo quedará sometida a las reglas establecidas o que puedan establecerse por razón del lugar en el que se practique.
b) Cuando se realice fuera de la zona de baño, deberá señalizarse mediante un dispositivo de balizamiento en superficie.
c) Queda prohibida la práctica del buceo libre o en apnea para las modalidades de buceo profesional y de buceo extractivo.

la famosa norma del 97 quedaría derogada

Son buenas noticias, creo....

¿Se sabe cuándo será efectiva?
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: TRASKI en 06 de Febrero de 2018, 09:47:31 pm
Buceo extractivo podría considerarse la pesca submarina? [risa3]
Creo que faltó especificar lo de extractivo profesional, porque si que es verdad que se puede entender que están prohibiendo la pesca submarina. joeee con estos legisladores, de verdad eh !! siempre se dejan algo ufffffff que cansinos !!
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: Marc M en 06 de Febrero de 2018, 11:47:38 pm
Porqué quedará prohibida la practica de la apnea en el buceo extractivo ?  Que por otro lado, sólo Dios sabe lo que significa...
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: Izand en 07 de Febrero de 2018, 06:57:35 am
Porqué quedará prohibida la practica de la apnea en el buceo extractivo ?  Que por otro lado, sólo Dios sabe lo que significa...

Pues suena, por ejemplo, a prohibir la pesca de los navajeiros en apnea (que estaba regulada y todo)

Imagino que por "la peligrosidad"
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: Rafa Guti en 07 de Febrero de 2018, 08:44:50 am
no se sabe lo que tardará, pero varios meses como mínimo...
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: cazasubnel en 07 de Febrero de 2018, 08:15:17 pm
El compañero Jose felix ,en su web lapescasubmarina  ha puesto el enlace  sobre la consulta publica sobre el tema
( por cierto ,aclara lo que consideran buceo extractivo .... tranquilos  [risa3] [risa3]

fuente: https://lapescasubmarina.com/ftopicp-287743.html#287743

enlace
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/ATENCION_CIUDADANO/PARTICIPACION_PUBLICA/BUCEO_01022018.htm

Pero bueno que al final es eso.....  sobre las normas de seguridad del buceo ( con algun medio de respiracion artificial )
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: escama2 en 07 de Febrero de 2018, 08:49:05 pm
Porqué quedará prohibida la practica de la apnea en el buceo extractivo ?  Que por otro lado, sólo Dios sabe lo que significa...

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS
CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LAS ACTIVIDADES DE BUCEO EN
AGUAS MARÍTIMAS ESPAÑOLAS.
El capítulo III establece las normas de seguridad específicas que
corresponden a las modalidades del buceo recreativo, deportivo, profesional,
científico y de extracción de recursos marinos vivos (también llamado, de manera
indistinta en esta norma, buceo extractivo).
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: pichanco en 25 de Febrero de 2018, 10:05:49 pm
Otro Decreto, Ley o la mierda que sea. Hecho desde un despacho sin tener idea de la realidad de muchos profesionales que se dedican a extraer navaja/longueirón en las Rías Bajas (Galicia) y a los que van a mandar al paro directamente.
Eso o invertir en equipos que no siempre valen para trabajar en los fondos en los que cogen ese marisco.
Lo dicho, de pena, asco y vergüenza.
País de pandereta, coño! [enfadado] [enfadado] [enfadado]
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: Revientavarillas en 26 de Febrero de 2018, 05:10:58 pm
Buceo extractivo podría considerarse la pesca submarina? [risa3]
Creo que faltó especificar lo de extractivo profesional, porque si que es verdad que se puede entender que están prohibiendo la pesca submarina. joeee con estos legisladores, de verdad eh !! siempre se dejan algo ufffffff que cansinos !!

"e)  Buceo  para  la  extracción  de  recursos  marinos  vivos  o  extractivo:  es
aquel que se lleva a cabo para la recolección o captura de recursos subacuáticos
vivos, con fines comerciales en el marco de un plan de gestión otorgado por una
Administración Pública. "


Al poner lo de "fines comerciales" ya nos descarta. Así que esta vez parece que sí lo hicieron bien, al menos a lo que a nosostros respecta.

Tampoco entiendo por qué nos menciona específicamente, dado que según las definiciones no nos aplican el decreto. Creo que lo han hecho para aclarar (gracias por dios), salvo que el tubo se considere un medio y la superficie del agua un medio hiperbárico.

"Artículo 2. Definiciones de buceo y medio hiperbárico.
 
1.  A  los  efectos  de  este  real  decreto,  se  entiende  por  buceo  aquella
actividad subacuática consistente en que una persona se mantenga bajo el agua
sometida al medio hiperbárico, con el auxilio de aparatos o medios que permitan
el intercambio de aire con el exterior, o bien de cualquier sistema que facilite la
respiración,  con  objeto  de  conseguir  una  permanencia  prolongada  dentro  del
medio líquido.
 
2.  El  medio  hiperbárico  es  aquel  cuya  presión  ambiente  es  superior  a  la
atmosférica. "


En general yo lo veo claro.

Para los que recolectan profesionalmente en apnea mariscos y demás, entiendo que se pueden hacer alegaciones creo, todavía hay tiempo. Es muy posible que si piden ayuda a la Xunta o quien carajo sea los apoye para hacerlas en codiciones razonables.

Saludos.
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: escama2 en 26 de Febrero de 2018, 05:17:52 pm
Yo les mandé un correo para pedir que explícitamente ponga que se excluye a la pesca submarina de esta norma. No creo que mi correo sea de mucha influencia, pero si se mandan más desde sitios como la fedas o IFSUA quizás lo hagan. Aunque esta norma parece que va a ser más clara
El correo para hacer sugerencias hasta el 10 de marzo es:
normativamaritima@fomento.es
Título: Re:PROYECTO DE REAL DECRETO DE BUCEO
Publicado por: mekon en 06 de Marzo de 2018, 04:41:09 pm
Yo no mandaría tantos correos a nadie, por que igual no se han acordado de la pesca submarina, y de repente, pasa como con el dentón, que se prohíbe.