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Foros Pesca Submarina => Denuncias & Ecología => Mensaje iniciado por: rash en 16 de Septiembre de 2010, 03:29:25 pm

Título: Mas desconcierto...
Publicado por: rash en 16 de Septiembre de 2010, 03:29:25 pm
A raiz de un post donde alguien dijo que te podian multar por estar pescando en la parte exterior de un espigon (exterior, la que da a mar abierto, pau). Me tome la molestia de leerme toda las leyes que encontre relacionadas con el tema y con la pesca submarina. Asi descubri que sobre el papel la "ley" dice que los neumaticos no estan permitidos (entiendendolos como aquellos que no requieran de la fuerza que ejerce el pescador para cargarlo). Como no encontraba nada mas alla de la ley de 1995 decidi redactar un mail al departament de pesca de la generalitat y sorprendentemente me han respondido las dos dudas:

1a En principio, se puede pescar en el exterior de los espigones SIEMPRE QUE NO TENGA RESTRICCION ESPECIFICA por parte de la autoridad portuaria, ya que pertenece a su ambito. (ESTOY HABLANDO SOLO DE CATALUNYA)

2a El funcionario en cuestion me cita la ley que yo le cite a el en el email:  "Lí¢â‚¬â„¢article 16 del decret 109/95, de 24 de març, de regulació de la pesca marítima recreativa" y se limita a responderme con un contundente:
"la pesca marítima recreativa sí¢â‚¬â„¢ha de practicar amb fitora a míƒÂ  o amb fusell dí¢â‚¬â„¢impulsió mecíƒÂ nica. Per tant els fusells dí¢â‚¬â„¢impulsió pneumíƒÂ tica no estan autoritzats."
no creo que haga falta traducirlo....

El problema no es que nosotros estemos mal informados...es que ni si quiera ellos saben lo que dicen! si a mi me para un Mosso y me dice que ese fusil "no esta autorizado" que le digo?

Aborrezco a los politicos, a los que les siguen el juego y a los que, para su desgracia, hacen cumplir con lo que ellos dictan...mas apolitico no puedo ser ya.
Título: Re: Mas desconcierto...
Publicado por: raul en 16 de Septiembre de 2010, 06:56:04 pm
Aborrezco a los politicos, a los que les siguen el juego y a los que, para su desgracia, hacen cumplir con lo que ellos dictan...mas apolitico no puedo ser ya.


Aquí querian sacar una ley donde se prohibía pescar con más de 2 instrumentos de pesca que podían ser fusil, cuchillo y "fija".
Imaginate, por "obligación" es necesario llevar un cuchillo, así que no podrias llevar un fusil. YA me veía yo denunciando a todos los submarinistas por realizar pesca submarina con botellas ;D

PD: la ley estaba realizada enteramente por los profesionales ::)
Título: Re: Mas desconcierto...
Publicado por: sandro en 17 de Septiembre de 2010, 06:30:00 pm
claro que si  ::) nunca aveis pillado por ejemplo una palometa con un cuchillo? es facilisimo!!! solo tienes que nadar tras ella y ya esta... ::) ::) ::) intentarlo, es muy divertido ya que alfinal te vas echo polvo y sin palometa...a que es divertido?? ;D ;D
Título: Re: Mas desconcierto...
Publicado por: Pau en 17 de Septiembre de 2010, 11:58:58 pm

2a El funcionario en cuestion me cita la ley que yo le cite a el en el email:  "Lí¢â‚¬â„¢article 16 del decret 109/95, de 24 de març, de regulació de la pesca marítima recreativa" y se limita a responderme con un contundente:
"la pesca marítima recreativa sí¢â‚¬â„¢ha de practicar amb fitora a míƒÂ  o amb fusell dí¢â‚¬â„¢impulsió mecíƒÂ nica. Per tant els fusells dí¢â‚¬â„¢impulsió pneumíƒÂ tica no estan autoritzats."
no creo que haga falta traducirlo....

El problema no es que nosotros estemos mal informados...es que ni si quiera ellos saben lo que dicen! si a mi me para un Mosso y me dice que ese fusil "no esta autorizado" que le digo?

Le puedes decir que esa Ley viene de cuando existian los Pelletier, que no requerian el esfuerzo humano para cargarlos, y de ahí se derivó una Ley obsoleta de la que nadie hace caso y que no tiene aplicación ordinaria.  8)
Título: Re: Mas desconcierto...
Publicado por: TRASKI en 21 de Septiembre de 2010, 01:29:51 pm
marc, ni linternas !! ;D
Título: Re: Mas desconcierto...
Publicado por: Shantaal en 05 de Enero de 2011, 03:52:40 am
Como dice el compañero Pau, esta "ley" que más bien dicho me dá que es una norma reguladora, se refiere a los fusiles Pelletier y a todos aquellos que se pueden disparar sin la fuerza para la carga del mismo, es decir, mediante cargas externas de aire comprimido o CO2.
Vamos, que los únicos fusiles permitidos son los que para su utilización se tienen que cargar mediante la fuerza del pescador (o que se puedan cargar mediante esta, que los aparatos que he visto en el lado oscuro para cargar los neumáticos me han dejado flipado).
No se si me explico, pero claro, si ellos te dicen que te retiran el arma, tienes las de perder a menos que digas que vas tú delante de ellos a intervención de armas a depositarla si es necesario y que allí te indiquen la legislación que te prohibe su uso... que es lo que yo pregunté en intervención de armas de la GC y no se reían de mi porque iba con mi hija, que si no aún se están partiendo de la risa con mi pregunta.