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Foros Pesca Submarina => Pesca submarina & Apnea => Mensaje iniciado por: skualo en 10 de Junio de 2016, 11:36:50 am

Título: Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: skualo en 10 de Junio de 2016, 11:36:50 am
Buenos dias!

Quiero hacer un documento pdf de consulta de las distintas peculiaridades legislativas de pesca submarina por comunidades autónomas y me vendría bien un poco de ayuda como pescadores locales de otras comunidades

Por ejemplo empiezo con Andalucía:
- No están permitidos la cefalópodos
- Cupo 5kg, quitando la pieza mayor
- Licencia por un año, y no valen las licencias de otras comunidades (este punto es recurrible, pero es lo que dice la ley...)
- Se pude pescar todos los días del año (si el mar lo permite, jeje)
- Ley que lo regula: DECRETO 361/2003, de 22 de diciembre
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: Efejota en 10 de Junio de 2016, 11:50:05 am
Comunidad Valenciana:

- Están permitidos los cefalópodos, computarán como y junto a los otros.
- Cupo 5 kgs, quitando pieza mayor.
- Licencia válida por dos años y están reconocidas las de otras comunidades.
- Se puede pescar todo el año.
-  Decreto 41/2013, de 22 de marzo, del Consell, por el que se establecen las normas sobre la pesca marítima de recreo de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6991, de 26/03/2013). http://www.docv.gva.es/datos/2013/03/26/pdf/2013_2957.pdf (http://www.docv.gva.es/datos/2013/03/26/pdf/2013_2957.pdf)
- Prohibición a tener en cuenta: "La pesca submarina en las zonas de arrecifes artificiales y en un área circundante de 300 metros de radio desde el perímetro del arrecife."  En algunas, o muchas, cada vez más, escolleras de puertos no dejan, les aplican esta prohibición por entender que son arrecifes artificiales. Lo peligroso es justo eso, que se aplica de forma aleatoria y genera inseguridad, lo que sí está claro es que en el de Gandia y Denia multan seguro. Mi consejo que o lo tienes muy claro que no dicen nada o ni acercarte.
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: dentex en 10 de Junio de 2016, 04:58:01 pm
Comunidad Murciana...así, de diferente:

*No se permiten pulpos ni sepias
*el volumen de capturas diarias autorizado por persona es de 15 kg en varias piezas o en una sola aun cuando exceda del referido peso
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: skualo en 10 de Junio de 2016, 05:33:18 pm
Comunidad Murciana...así, de diferente:

*No se permiten pulpos ni sepias
*el volumen de capturas diarias autorizado por persona es de 15 kg en varias piezas o en una sola aun cuando exceda del referido peso

Y licencia válida por tres años, verdad??
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: Revientavarillas en 10 de Junio de 2016, 05:38:11 pm
Comunidad Autónoma de Canarias.

Última normativa
Interiores---> http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2005/004/boc-2005-004-002.pdf
Exteriores --->http://www.boe.es/boe/dias/1986/10/17/pdfs/A35275-35276.pdf
                         https://www.boe.es/boe/dias/2011/04/05/pdfs/BOE-A-2011-6099.pdf

Página de la consejería (Dios os coja confesados si queréis buscar algo aquí) ---> http://www.gobcan.es/agricultura/pesca/

Aquí tenemos leyes diferentes para absolutamente todo e incompatibilidades. Por ejemplo, se modificaron las tallas mínimas de exteriores, pero de interiores son otras. Una locura,  :o el profano va a flipar con la inseguridad que hay al leer esto, jajajaja.

Lo esencial es esto (a junio de 2016):

ZONAS

Va por zonas, unas son de aguas interiores, otras de aguas exteriores. Diferente normativa, como en todos lados, pero que en el archipiélago es fundamental diferenciar al ser islas, porque en unas islas parece que sí se puede pescar a fusil y en otras no, según qué normativa miremos y sus mapas, cuando realmente en todas hay zonas. Además, el caladero canario tiene su propia regulación de exteriores, diferente a la península  Resumo lo fundamental, no está todo en un solo decreto actualmente:

- Aguas interiores: van con coordenadas ....
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/222/boc-2007-222-001.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/140/boc-2008-140-001.pdf (modificaciones de coordenadas, los nombres de las puntas son los mismos).

- Aguas exteriores: van sin coordenadas  ::) ::) ::) esto que parece una tontería, es una gran putada, prueba es la modificación de arriba... mucho ojo con pescar en la frontera...
http://www.boe.es/boe/dias/1988/02/24/pdfs/A05869-05870.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2002/11/19/pdfs/A40799-40799.pdf (Estas es una modificación por la reserva en La Palma creo).

Mapas unidos (NOTA: ojo que lo que valen son los decretos de arriba, esto es solo orientativo a nivel visual).
http://lapescasubmarina.com/universal-viewid531.html ( la orden 30 de octubre de 1986 está derrogada, mucho ojo. es sólo a nivel visual)
http://clubapneanorte.galeon.com/productos965304.html

NORMATIVA GENERAL

- Cefalópodos a fusil: en interiores prohibido desde que te pongas gafas y tubo, en exteriores se supone que está permitido. Ahora, es posible que te toque explicarlo al GC o en el pliego de descargo de la multa ...

-especies vedadas: en interiores hay muchas especies vedadas de nuestra zona, además de las estatales, la más abundante es la corvina negra (corva), ojo con tirarles a todas estas en interiores. http://www.gobcan.es/opencms8/export/sites/agricultura/pesca/.content/galerias/doc/especies/especies_prohibidas.pdf

Cupo: 5 kgs, quitando pieza mayor. Exteriores como todos, 5kg o una pieza superior. Transporte entre islas, máximo 10 kg por licencia o 1 pieza de más peso sin trocear por pescador.

- Licencia: válida por 3 años y están reconocidas las de otras comunidades.

- Periodicidad de pesca: hay que mirar las zonas una a una en los BOEs y BOCs de zonas que dejé arriba, cada una tiene la suya. resumiendo, en el 80% es todo el año, el 20% es sólo sábados, domingos y festivos.


PD: gran iniciativa, para quitarse el sombrero. A ver si la gente colabora, un abrazo.

Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: J.Arcadio en 10 de Junio de 2016, 07:29:44 pm
Comunidad Autónoma de Canarias.

Última normativa
Interiores---> http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2005/004/boc-2005-004-002.pdf
Exteriores --->https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/01/pdfs/BOE-A-2015-13003.pdf
Página de la consejería (Dios os coja confesados si queréis buscar algo aquí) ---> http://www.gobcan.es/agricultura/pesca/

Aquí tenemos leyes diferentes para absolutamente todo e incompatibilidades. Por ejemplo, se modificaron las tallas mínimas de exteriores, pero de interiores son otras. Una locura,  :o el profano va a flipar con la inseguridad que hay al leer esto, jajajaja.

Lo esencial es esto (a junio de 2016):

ZONAS

Va por zonas, unas son de aguas interiores, otras de aguas exteriores. Diferente normativa, como en todos lados, pero que en el archipiélago es fundamental diferenciar al ser islas, porque en unas islas parece que sí se puede pescar a fusil y en otras no, según qué normativa miremos y sus mapas, cuando realmente en todas hay zonas. Además, el caladero canario tiene su propia regulación de exteriores, diferente a la península  Resumo lo fundamental, no está todo en un solo decreto actualmente:

- Aguas interiores: van con coordenadas ....
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/222/boc-2007-222-001.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/140/boc-2008-140-001.pdf (modificaciones de coordenadas, los nombres de las puntas son los mismos).

- Aguas exteriores: van sin coordenadas  ::) ::) ::) esto que parece una tontería, es una gran putada, prueba es la modificación de arriba... mucho ojo con pescar en la frontera...
http://www.boe.es/boe/dias/1988/02/24/pdfs/A05869-05870.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2002/11/19/pdfs/A40799-40799.pdf (Estas es una modificación por la reserva en La Palma creo).

Mapas unidos (NOTA: ojo que lo que valen son los decretos de arriba, esto es solo orientativo a nivel visual).
http://lapescasubmarina.com/universal-viewid531.html ( la orden 30 de octubre de 1986 está derrogada, mucho ojo. es sólo a nivel visual)
http://clubapneanorte.galeon.com/productos965304.html

NORMATIVA GENERAL

- Cefalópodos a fusil: en interiores prohibido desde que te pongas gafas y tubo, en exteriores se supone que está permitido. Ahora, es posible que te toque explicarlo al GC o en el pliego de descargo de la multa ...

-especies vedadas: en interiores hay muchas especies vedadas de nuestra zona, además de las estatales, la más abundante es la corvina negra (corva), ojo con tirarles a todas estas en interiores. http://www.gobcan.es/opencms8/export/sites/agricultura/pesca/.content/galerias/doc/especies/especies_prohibidas.pdf

Cupo: 5 kgs, quitando pieza mayor. Exteriores como todos, 5kg o una pieza superior. Transporte entre islas, máximo 10 kg por licencia o 1 pieza de más peso sin trocear.

- Licencia: válida por 3 años y están reconocidas las de otras comunidades.

- Periodicidad de pesca: hay que mirar las zonas una a una en los BOEs y BOCs de zonas que dejé arriba, cada una tiene la suya. resumiendo, en el 80% es todo el año, el 20% es sólo sábados, domingos y festivos.


PD: gran iniciativa, para quitarse el sombrero. A ver si la gente colabora, un abrazo.

Es que semos los mehores (léase en tono sarcástico :P).    ...en fin...



Por otro lado, tengo una duda que no se si sale en los boletines, o que al no salir, pues será como a todo hijo de vecino:
Viene un colega extranjero x días a pescar contigo. ¿tiene que sacarse la licencia igual que la mía, con certificado médico, tasas, etc...?
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: skualo en 10 de Junio de 2016, 08:23:06 pm
Revientavarillas vaya currazo!!
Mil thanks
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: dentex en 13 de Junio de 2016, 08:47:04 am
Comunidad Murciana...así, de diferente:

*No se permiten pulpos ni sepias
*el volumen de capturas diarias autorizado por persona es de 15 kg en varias piezas o en una sola aun cuando exceda del referido peso

Y licencia válida por tres años, verdad??

Yes
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: Revientavarillas en 13 de Junio de 2016, 10:43:20 am
Comunidad Autónoma de Canarias.

Última normativa
Interiores---> http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2005/004/boc-2005-004-002.pdf
Exteriores --->https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/01/pdfs/BOE-A-2015-13003.pdf
Página de la consejería (Dios os coja confesados si queréis buscar algo aquí) ---> http://www.gobcan.es/agricultura/pesca/

Aquí tenemos leyes diferentes para absolutamente todo e incompatibilidades. Por ejemplo, se modificaron las tallas mínimas de exteriores, pero de interiores son otras. Una locura,  :o el profano va a flipar con la inseguridad que hay al leer esto, jajajaja.

Lo esencial es esto (a junio de 2016):

ZONAS

Va por zonas, unas son de aguas interiores, otras de aguas exteriores. Diferente normativa, como en todos lados, pero que en el archipiélago es fundamental diferenciar al ser islas, porque en unas islas parece que sí se puede pescar a fusil y en otras no, según qué normativa miremos y sus mapas, cuando realmente en todas hay zonas. Además, el caladero canario tiene su propia regulación de exteriores, diferente a la península  Resumo lo fundamental, no está todo en un solo decreto actualmente:

- Aguas interiores: van con coordenadas ....
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/222/boc-2007-222-001.pdf
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/140/boc-2008-140-001.pdf (modificaciones de coordenadas, los nombres de las puntas son los mismos).

- Aguas exteriores: van sin coordenadas  ::) ::) ::) esto que parece una tontería, es una gran putada, prueba es la modificación de arriba... mucho ojo con pescar en la frontera...
http://www.boe.es/boe/dias/1988/02/24/pdfs/A05869-05870.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2002/11/19/pdfs/A40799-40799.pdf (Estas es una modificación por la reserva en La Palma creo).

Mapas unidos (NOTA: ojo que lo que valen son los decretos de arriba, esto es solo orientativo a nivel visual).
http://lapescasubmarina.com/universal-viewid531.html ( la orden 30 de octubre de 1986 está derrogada, mucho ojo. es sólo a nivel visual)
http://clubapneanorte.galeon.com/productos965304.html

NORMATIVA GENERAL

- Cefalópodos a fusil: en interiores prohibido desde que te pongas gafas y tubo, en exteriores se supone que está permitido. Ahora, es posible que te toque explicarlo al GC o en el pliego de descargo de la multa ...

-especies vedadas: en interiores hay muchas especies vedadas de nuestra zona, además de las estatales, la más abundante es la corvina negra (corva), ojo con tirarles a todas estas en interiores. http://www.gobcan.es/opencms8/export/sites/agricultura/pesca/.content/galerias/doc/especies/especies_prohibidas.pdf

Cupo: 5 kgs, quitando pieza mayor. Exteriores como todos, 5kg o una pieza superior. Transporte entre islas, máximo 10 kg por licencia o 1 pieza de más peso sin trocear.

- Licencia: válida por 3 años y están reconocidas las de otras comunidades.

- Periodicidad de pesca: hay que mirar las zonas una a una en los BOEs y BOCs de zonas que dejé arriba, cada una tiene la suya. resumiendo, en el 80% es todo el año, el 20% es sólo sábados, domingos y festivos.


PD: gran iniciativa, para quitarse el sombrero. A ver si la gente colabora, un abrazo.

Es que semos los mehores (léase en tono sarcástico :P).    ...en fin...



Por otro lado, tengo una duda que no se si sale en los boletines, o que al no salir, pues será como a todo hijo de vecino:
Viene un colega extranjero x días a pescar contigo. ¿tiene que sacarse la licencia igual que la mía, con certificado médico, tasas, etc...?

Hola Arcadio,

Me matas, no tengo ni idea. La verdad que es una pregunta interesante, típica pregunta para la consejería. Prueba a dejarles un mail a ver si te responden  ;D , porque buscarlo escrito con los 7-8 decretos que hay puede ser una odisea.

Lamento no poder aportarte más, saludos.
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: manager en 13 de Junio de 2016, 11:04:51 am
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: mykonos666 en 13 de Junio de 2016, 12:28:54 pm
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....
Si. La unica comunidad que no reconoce la de las otras es la andaluza.
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: dentex en 13 de Junio de 2016, 01:17:00 pm
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: mykonos666 en 13 de Junio de 2016, 01:29:49 pm
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.

Eso estaria bien, pero al final los que acaban jodidos seriam compañeros pescadores que no tienen nada que ver con la decisión "ilegal" de la junta de no reconocer las licencias de otras comunidades.
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: TRASKI en 13 de Junio de 2016, 03:09:45 pm
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.

Eso estaria bien, pero al final los que acaban jodidos seriam compañeros pescadores que no tienen nada que ver con la decisión "ilegal" de la junta de no reconocer las licencias de otras comunidades.

La licencia Catalana, pone que es válida en todo el territorio español  8). En catalunya son válidas las licencias del resto de comunidades autonomas, ( Luego la señora Susana se molesta cuando se le dice que andalucia no es su cortijo  :D :D :D).
Bueno, aqui Catalunya ( y si me equivoco en algo que me corrijan por favor ;) )
-licencia: validez un año ,  >:(
-Validas licencias de otras comunidades.
-permitidos cefalopodos, que computan como pescado .
-cupo: 10 kilos mas pieza mayor. ( como tener un seat panda con el cuentakilometros de un ferrary  :D). a ver quien es el guapo que saca 10 kilos de pescado cada vez que se mete al agua?  :P.
-Pesca permitida todo el año.
-Escolleras si, ( en principio).

Si alguien sabe algo mas, o vé algun error lo corriga ;).
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: skualo en 13 de Junio de 2016, 06:47:21 pm
Muchas gracias Traski!
Joder desconocía lo de 10kg más pieza mayor ahí, pensaba que eran 5kg también!!
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: TRASKI en 14 de Junio de 2016, 06:13:02 pm
Muchas gracias Traski!
Joder desconocía lo de 10kg más pieza mayor ahí, pensaba que eran 5kg también!!

Ahora yá me has dejado dudando  ::) ::) ::), sé que eran 5 y despues no sé en qué año lo subieron a 10 kg, y llevo aqui una hora buscando en la red, el articulo de la ley que lo dice, y no hay manera, solo encuentro el del 1999 de los 5 kg.  :-X :-X :-X
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: Denouhn en 15 de Junio de 2016, 07:59:01 am
Ostras! 15kg por un lado, que si 10kg por otro...  Y 5kg aquí... :'(
Voy a ir y coger 2 medregales de 6kg... Ah no, que eso es de furtivos y revienta el medio ambiente, que asesino que soy, cogeré 4 de kilo y poco y uno gordo que eso sí es de responsable. :P

Una pregunta, en aguas exteriores el cupo es de 5kg incluyendo la pieza mayor?

Gracias por el curro a todos.
Saludos.
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: Revientavarillas en 15 de Junio de 2016, 04:28:30 pm
Ostras! 15kg por un lado, que si 10kg por otro...  Y 5kg aquí... :'(
Voy a ir y coger 2 medregales de 6kg... Ah no, que eso es de furtivos y revienta el medio ambiente, que asesino que soy, cogeré 4 de kilo y poco y uno gordo que eso sí es de responsable. :P

Una pregunta, en aguas exteriores el cupo es de 5kg incluyendo la pieza mayor?

Gracias por el curro a todos.
Saludos.

En Canarias sí, en otros sitios lo desconozco:
http://www.boe.es/boe/dias/1986/10/17/pdfs/A35275-35276.pdf

"5 kilos, en varias piezas de talla reglamentaria. O una sóla pieza de peso superior". De ese decreto, exclusivo para canarias y vigente, sólo vale eso. Nuestra normativa es la del 347/2011, que es el último y que sí se nos aplica también a Canarias (lo dice expresamente).

Toda la normativa de exteriores está aquí (Canarias y Españistán). Este enlace es obligatorio guardarlo.
http://www.magrama.gob.es/es/pesca/temas/pesca-deportiva-recreo/pesca-maritima-de-recreo/normativa/default.aspx

PD: voy a meterlos en el post anterior, pero la gente va a liarse. La normativa es hiperextensa y absurda ...
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: Pescacharco en 19 de Junio de 2016, 12:03:05 pm


Por otro lado, tengo una duda que no se si sale en los boletines, o que al no salir, pues será como a todo hijo de vecino:
Viene un colega extranjero x días a pescar contigo. ¿tiene que sacarse la licencia igual que la mía, con certificado médico, tasas, etc...?

Si compi, siempre que se ejerza la actividad hay que tener licencia. Hay mucho italiano ahora de turismo de pesca y todo Cristo con licencia aun q sea para 5 días, y muchos de aquí años pescando y sin sacarla.
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: Sergi.. en 01 de Julio de 2016, 10:48:34 am
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.

Eso estaria bien, pero al final los que acaban jodidos seriam compañeros pescadores que no tienen nada que ver con la decisión "ilegal" de la junta de no reconocer las licencias de otras comunidades.

La licencia Catalana, pone que es válida en todo el territorio español  8). En catalunya son válidas las licencias del resto de comunidades autonomas, ( Luego la señora Susana se molesta cuando se le dice que andalucia no es su cortijo  :D :D :D).
Bueno, aqui Catalunya ( y si me equivoco en algo que me corrijan por favor ;) )
-licencia: validez un año ,  >:(
-Validas licencias de otras comunidades.
-permitidos cefalopodos, que computan como pescado .
-cupo: 10 kilos mas pieza mayor. ( como tener un seat panda con el cuentakilometros de un ferrary  :D). a ver quien es el guapo que saca 10 kilos de pescado cada vez que se mete al agua?  :P.
-Pesca permitida todo el año.
-Escolleras si, ( en principio).

Si alguien sabe algo mas, o vé algun error lo corriga ;).


Lo que es lamentable y estamos en la discusión de siempre,que no valga la licencia de otras comunidades.
Lo mas cojonudo, que en la licencia Catalana  pone perfectamente detrás, que vale para todo el territorio español ,lo gracioso que cuando vas a renovarla,"en la mesa de la chica o señora" hay una hoja imprimida que dice que no vale para Andalucia,mi pregunta para toda esta gente es la siguiente:
¿Cuanto costaria modificar la parte de atras de la licencia, que lo expecificara ,que no es valida para Andalucia  y no que lo pongan en un impreso en la mesa de la chica que cobra?
Estamos en un pais de pandereta
Título: Re:Ayuda legislación por comunidades autónomas
Publicado por: dentex en 01 de Julio de 2016, 11:27:55 am
Una pregunta a los murcianos: ¿Se reconocen licencias de otras comunidades? La andaluza por ejemplo.....

En principio, sí.

Pero si yo fuera el legislador murciano, aplicararía el principio de la reciprocidad. Andalucía no reconoce mi licencia, pues yo tampoco reconozco la suya.

Eso estaria bien, pero al final los que acaban jodidos seriam compañeros pescadores que no tienen nada que ver con la decisión "ilegal" de la junta de no reconocer las licencias de otras comunidades.

La licencia Catalana, pone que es válida en todo el territorio español  8). En catalunya son válidas las licencias del resto de comunidades autonomas, ( Luego la señora Susana se molesta cuando se le dice que andalucia no es su cortijo  :D :D :D).
Bueno, aqui Catalunya ( y si me equivoco en algo que me corrijan por favor ;) )
-licencia: validez un año ,  >:(
-Validas licencias de otras comunidades.
-permitidos cefalopodos, que computan como pescado .
-cupo: 10 kilos mas pieza mayor. ( como tener un seat panda con el cuentakilometros de un ferrary  :D). a ver quien es el guapo que saca 10 kilos de pescado cada vez que se mete al agua?  :P.
-Pesca permitida todo el año.
-Escolleras si, ( en principio).

Si alguien sabe algo mas, o vé algun error lo corriga ;).


Lo que es lamentable y estamos en la discusión de siempre,que no valga la licencia de otras comunidades.
Lo mas cojonudo, que en la licencia Catalana  pone perfectamente detrás, que vale para todo el territorio español ,lo gracioso que cuando vas a renovarla,"en la mesa de la chica o señora" hay una hoja imprimida que dice que no vale para Andalucia,mi pregunta para toda esta gente es la siguiente:
¿Cuanto costaria modificar la parte de atras de la licencia, que lo expecificara ,que no es valida para Andalucia  y no que lo pongan en un impreso en la mesa de la chica que cobra?
Estamos en un pais de pandereta

Yo creo que este es el primer paso para conseguir la indenpendencia de Andalucía. Así se empieza... [risa3] [risa3] [risa3]