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Zonas de Pesca => Mediterráneo y Estrecho => Mensaje iniciado por: usuario en 26 de Septiembre de 2009, 09:15:44 pm

Título: Aprobados en pesca recreativa
Publicado por: usuario en 26 de Septiembre de 2009, 09:15:44 pm
Aprobados en pesca recreativa

La comarca sólo registra tres sanciones en lo que va de año por realizar esta práctica submarina sin licencial afición En lo que respecta a la pesca con caña, hasta el momento no se ha impuesto ni una sola sanción por actuar sin permiso.
I. Iglesias Triay / Algeciras | Actualizado 26.09.2009 - 01:00

http://www.europasur.es/article/algeciras/523943/aprobados/pesca/recreativa.html

La gran afición a la pesca de la que puede presumir la comarca del Campo de Gibraltar se ve reforzada también por el exquisito cumplimiento de la normativa que regula este tipo de práctica. Así, la comarca no ha registrado en lo que va de año ninguna sanción en materia de pesca marítima de recreo por no tener licencia, sanción tipificada por la normativa vigente como leve.

Las infracciones sí han venido, en cambio, por la parte de la pesca submarina o de recreo desde embarcación por carecer los usuarios de la documentación correspondiente. En este caso han sido tres las sanciones interpuestas en la comarca en lo que va de año, de las 12 cometidas en toda la provincia de Cádiz. El término municipal de Tarifa es el que ha acumulado las tres sanciones, según datos aportados a este diario por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

La pesca submarina sin licencia, a diferencia de la pesca con caña desde el litoral, es considerada como una falta grave cuyas sanciones acarrean multas de hasta 1.350 euros.

La ley que regula la pesca recreativa es la 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina. En ella también se contemplan otros tipos de sanciones en el ámbito de la pesca de recreo, como practicarla en zonas prohibidas o comercializar las capturas obtenidas.

Las de carácter leve pueden acarrear según esta ley la suspensión, retirada o no renovación de autorizaciones por un periodo de un año como máximo y la inhabilitación para el ejercicio o desarrollo de actividades pesqueras por un periodo también de hasta un año.

Por su parte, las de carácter grave o muy grave pueden conllevar para los que incumplen la normativa la incautación de artes, aparejos o útiles de pesca; el decomiso de equipos y productos obtenidos ilegalmente; la suspensión, retirada o no renovación de autorizaciones y licencias por un plazo de hasta cinco años; la retención temporal de la embarcación hasta el cumplimiento de la sanción principal; y la inhabilitación para el ejercicio o desarrollo de actividades pesqueras por hasta cinco años.

En la actualidad, hay en vigor unas 280.000 licencias en Andalucía entre pesca continental -o de río- y marítima.

Envía tus convocatorias a viviraqui@europasur.com
Título: Re: Aprobados en pesca recreativa
Publicado por: Jamacuco en 26 de Septiembre de 2009, 09:57:36 pm
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Título: Re: Aprobados en pesca recreativa
Publicado por: aaragon en 27 de Septiembre de 2009, 08:24:44 pm
Me parece una injusticia, una más, que te puedan cascar hasta mil y picos de euros por no tener licencia. Sólo a nosotros claro. >:(