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Material => Equipo Pescasub, Brico-Sub y Embarcaciones => Mensaje iniciado por: JuanEmilio en 03 de Marzo de 2016, 08:48:48 am

Título: Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: JuanEmilio en 03 de Marzo de 2016, 08:48:48 am
 ;) Bueno... abordaré un tema del que no tenía ni idea hasta que me lo explicaron.
Los que tengáis remolque mirad vuestra tarjeta de inspección técnica, en el caso de las antiguas de color verde veréis en la parte izquierda línea 11 estas siglas (MMR S/F, c/F (kg), esto es lo que podéis remolcar en un eje (S/F sin freno de inercia) y (c/F con freno de inercia). En mi caso pone (MMR S/F, c/F (kg) 665 /1200. Al ser un Peugeot 307 Break de gasolina.
Ahora mirad  la de vuestro remolque en el código seria F.1 (Masa máxima en carga técnicamente admisible MMTA. El de mi remolque marca 750 kg...me paso 100 kg.
En mi caso, mi remolque es sin freno de inercia y por lo tanto mi MMR de mi coche  en arrastre de carga no puede pasar de 650 kg. :-X Por lo tanto estoy incurriendo en una infracción de tráfico, que si me pillan los de tráfico son 600€.
¿Cómo se arregla esto?: En la ITV y  con mucha paciencia. Suelen pedirte un informe del fabricante del remolque, y previo pago de unos 80€, te modifican la ITV del remolque y te bajan la MMTA .
Recordad: La masa del remolque siempre tiene que ser menor que la del coche. :)
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: TRASKI en 03 de Marzo de 2016, 09:37:00 am
;) Bueno... abordaré un tema del que no tenía ni idea hasta que me lo explicaron.
Los que tengáis remolque mirad vuestra tarjeta de inspección técnica, en el caso de las antiguas de color verde veréis en la parte izquierda línea 11 estas siglas (MMR S/F, c/F (kg), esto es lo que podéis remolcar en un eje (S/F sin freno de inercia) y (c/F con freno de inercia). En mi caso pone (MMR S/F, c/F (kg) 665 /1200. Al ser un Peugeot 307 Break de gasolina.
Ahora mirad  la de vuestro remolque en el código seria F.1 (Masa máxima en carga técnicamente admisible MMTA. El de mi remolque marca 750 kg...me paso 100 kg.
En mi caso, mi remolque es sin freno de inercia y por lo tanto mi MMR de mi coche  en arrastre de carga no puede pasar de 650 kg. :-X Por lo tanto estoy incurriendo en una infracción de tráfico, que si me pillan los de tráfico son 600€.
¿Cómo se arregla esto?: En la ITV y  con mucha paciencia. Suelen pedirte un informe del fabricante del remolque, y previo pago de unos 80€, te modifican la ITV del remolque y te bajan la MMTA .
Recordad: La masa del remolque siempre tiene que ser menor que la del coche. :)
??? ??? ???......cambian los numeros y yá está? por pasta?  :-X :-X :-X.
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: mekon en 03 de Marzo de 2016, 09:55:12 am
Mucho OJO: a algunos nos han dado un buen disgusto por pasarnos de peso en el remolque... disgusto caro...
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: chufi en 03 de Marzo de 2016, 09:58:40 am
El tema este es jodido... Y más para barcos grandes, están mutando bastante en éste tema....
La gente que este pensando en comprarse un coche que lo mire...
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: JuanEmilio en 03 de Marzo de 2016, 10:46:51 am
 :-\ Menuda faena...he tenido que bajar la MMA del remolque de 750  a 650 kg....
Peso remolque  180
Peso barca        300
Peso motor       110
Total                590   :P   por los pelos...me sobran solo  60 Kg, pon el equipo de fondeo y los dos depósitos de 25 llenos...y ( la cagaste BurlanCaster)  :o

Opciones... ¿cambiarme el coche ? /
¿Comprar un remolque con freno de Inercia..chupi caneli + pastizal . Contando que si sacas la barca por rampa, se llena de salitre el sistema de frenado, y ya no se que es peor.  :'(
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: CARMONASUB II en 03 de Marzo de 2016, 10:49:17 am
Pues yo trabajo en el sector del automóvil  y nunca me habian referido a este tema.

Yo tengo una SEAT ALTEA FREETACK es decir la todo caminos con trancion 4 , y un remolque de 5 metros para un barco de  4.80m  y nunca me han dicho nada.

También es cierto que he visto mas de una vez vehículos pequeños tipo opel corsa, seat ibiza....... tirando de una barca de 5.90 m y supongo que los agentes cuando ven esto es lo que les "incita" a mirar lo que pone LA FICHA TECNICA DEL VEHICULO ........................
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: JuanEmilio en 03 de Marzo de 2016, 11:11:25 am
Pues yo trabajo en el sector del automóvil  y nunca me habian referido a este tema.

Yo tengo una SEAT ALTEA FREETACK es decir la todo caminos con trancion 4 , y un remolque de 5 metros para un barco de  4.80m  y nunca me han dicho nada.

También es cierto que he visto mas de una vez vehículos pequeños tipo opel corsa, seat ibiza....... tirando de una barca de 5.90 m y supongo que los agentes cuando ven esto es lo que les "incita" a mirar lo que pone LA FICHA TECNICA DEL VEHICULO ........................

Pues un tema que desconoce mucha gente....cuando das con un agente de trafico que conoce el tema "y tenga ganas de fiesta"....se pone las botas.
Yo voy por la tercera barca y me entere hace dos semanas a través de un amiguete  guardia de trafico...
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: CARMONASUB II en 03 de Marzo de 2016, 11:16:27 am
Pues yo trabajo en el sector del automóvil  y nunca me habian referido a este tema.

Yo tengo una SEAT ALTEA FREETACK es decir la todo caminos con trancion 4 , y un remolque de 5 metros para un barco de  4.80m  y nunca me han dicho nada.

También es cierto que he visto mas de una vez vehículos pequeños tipo opel corsa, seat ibiza....... tirando de una barca de 5.90 m y supongo que los agentes cuando ven esto es lo que les "incita" a mirar lo que pone LA FICHA TECNICA DEL VEHICULO ........................

Pues un tema que desconoce mucha gente....cuando das con un agente de trafico que conoce el tema "y tenga ganas de fiesta"....se pone las botas.
Yo voy por la tercera barca y me entere hace dos semanas a través de un amiguete  guardia de trafico...


No si esta tarde cuando llegue a casa ¿ sabes que es lo primero que voy hacer ?  :o :o :o   Exacto........... ;) ;) ;) ;) mirar las sendas tarjetas ITV., tanto del vehiculo como del remolque.
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: PACOTEN en 03 de Marzo de 2016, 11:23:21 am
Normalmente cuando compras el remolque (si es directamente al fabricante/distribuidor) te pregunta cual es el peso maximo de remolque del coche que vas a usar normalmente, y en funcion de ese peso te plasma en la ficha tecnica del remolque el mismo peso maximo para el eje.
Yo tengo un eje de 1200 kilos y en la ficha tecnica pone 650, osease, lo mismo que puede remolcar mi coche como maximo.
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: JuanEmilio en 03 de Marzo de 2016, 12:06:05 pm
Normalmente cuando compras el remolque (si es directamente al fabricante/distribuidor) te pregunta cual es el peso maximo de remolque del coche que vas a usar normalmente, y en funcion de ese peso te plasma en la ficha tecnica del remolque el mismo peso maximo para el eje.
Yo tengo un eje de 1200 kilos y en la ficha tecnica pone 650, osease, lo mismo que puede remolcar mi coche como maximo.

Eso es lo que tendrían que hacer en el concesionario para evitar futuros disgustos, pero cuando te encaprichas de una barca grande "y tienes coche pequeño "pasan estas cosas.
La otra opción como en mi caso, previo pago de 95 €,me envían una placa nueva y unos papeles nuevos el fabricante  ya que en la ITV no hacen más que ponerme pegas. >:(
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: TRASKI en 03 de Marzo de 2016, 12:37:27 pm
Normalmente cuando compras el remolque (si es directamente al fabricante/distribuidor) te pregunta cual es el peso maximo de remolque del coche que vas a usar normalmente, y en funcion de ese peso te plasma en la ficha tecnica del remolque el mismo peso maximo para el eje.
Yo tengo un eje de 1200 kilos y en la ficha tecnica pone 650, osease, lo mismo que puede remolcar mi coche como maximo.

Eso es lo que tendrían que hacer en el concesionario para evitar futuros disgustos, pero cuando te encaprichas de una barca grande "y tienes coche pequeño "pasan estas cosas.
La otra opción como en mi caso, previo pago de 95 €,me envían una placa nueva y unos papeles nuevos el fabricante  ya que en la ITV no hacen más que ponerme pegas. >:(
(http://www.fondear.org/infonautic/equipo_y_usos/equipamiento/remolques/Remolque_02.jpg)



:D :D :D
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: josebt en 03 de Marzo de 2016, 04:19:29 pm
Yo tengo un todoterreno así que no creo que haya problema, de todas formas esta noche lo compruebo sin falta, que por lo que dices la multa no es poca...
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: escama2 en 03 de Marzo de 2016, 11:18:37 pm
Yo no entiendo que puedan multar porque la MMA de un remolque sea de 750Kg y tu coche pueda llevar menos . Eso no quiere decir que el remolque pese 750Kg ,es absurdo se mire como se mire , deberían pesarlo y que sobrepase la MMR del coche para denunciarte .Imagínate que llevas el remolque vacío y te denuncian porque superas la MMR del vehiculo , no tiene sentido, pues lo mismo si llevas carga pero no superas la MMR .Esto me suena a denuncias recaudatorias que a los agentes les suman bonus, luego búscate la vida en recurrir arriesgándote a perder la bonificación de 50% .
Normalmente los coches tienen una MMR sin freno de la mitad de su peso hasta un máximo de 750Kg MMR . O sea que es mejor un coche pesado a un coche potente .
Otra cosa a tener en cuenta es la anchura del barco que no sea mayor que el coche y que no pase de ....creo que 2,45 ....sino a deshinchar o a poner espejos exteriores supletorios
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: JuanEmilio en 04 de Marzo de 2016, 07:01:17 am
 :-[ Escama2 yo tampoco lo entiendo, si llevas un eje  mayor que aguante mas peso, y creo que es mas seguro para la carga que transportas, mientras no pases el peso de de la masa que te marca la ITV de  tu coche, pero parece que la burocracia y el poder recaudatorio priman en algunos casos, ahora si te llevan a pesar y te pasas del peso de la MMR, entonces seria normal que de multaran.
Yo tengo un Peugeot 307 break de gasolina 1600- 16 V, pues al mismo modelo en diesel SW de dan 100 kg mas de margen en (MMR S/F ) 750 kg. Supongo que será por la diferencia de la TARA, ya que  hay una diferencia de 237 kg de uno al otro.
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: escama2 en 04 de Marzo de 2016, 02:22:42 pm
A ver , me he puesto a entretenerme leyendo la ley de seguridad vial , y en el anexo IX sobre masas y dimensiones dice
1.10 Masa remolcable máxima autorizada: masa autorizada máxima de un remolque o semirremolque destinado a ser enganchado al vehículo de motor y hasta la cual puede matricularse o ponerse en servicio el vehículo. En el caso de un remolque de eje central o semirremolque, la masa remolcable máxima autorizada será la masa real máxima del remolque menos su carga real vertical sobre el punto de acoplamiento, es decir, la masa correspondiente a la carga soportada por los ejes del remolque.
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: JuanEmilio en 05 de Marzo de 2016, 10:19:59 am
A ver , me he puesto a entretenerme leyendo la ley de seguridad vial , y en el anexo IX sobre masas y dimensiones dice
1.10 Masa remolcable máxima autorizada: masa autorizada máxima de un remolque o semirremolque destinado a ser enganchado al vehículo de motor y hasta la cual puede matricularse o ponerse en servicio el vehículo. En el caso de un remolque de eje central o semirremolque, la masa remolcable máxima autorizada será la masa real máxima del remolque menos su carga real vertical sobre el punto de acoplamiento, es decir, la masa correspondiente a la carga soportada por los ejes del remolque.

Entonces un remolque con una TARA de 180 kg y una MMA de 750 kg, solo puede cargar 570 kg. ( carga útil )
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Rafa Guti en 05 de Marzo de 2016, 11:15:22 am
A ver , me he puesto a entretenerme leyendo la ley de seguridad vial , y en el anexo IX sobre masas y dimensiones dice
1.10 Masa remolcable máxima autorizada: masa autorizada máxima de un remolque o semirremolque destinado a ser enganchado al vehículo de motor y hasta la cual puede matricularse o ponerse en servicio el vehículo. En el caso de un remolque de eje central o semirremolque, la masa remolcable máxima autorizada será la masa real máxima del remolque menos su carga real vertical sobre el punto de acoplamiento, es decir, la masa correspondiente a la carga soportada por los ejes del remolque.

Entonces un remolque con una TARA de 180 kg y una MMA de 750 kg, solo puede cargar 550 kg. ( carga útil )

570 para ser exactos. Eso es
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Claus en 05 de Marzo de 2016, 04:54:46 pm
Aqui en dinamarca es lo mismo, vamos que te multan si vas con un remolque demasiado lastrado respecto a lo que pone en la documentacion, aparte de que en caso de accidente el seguro no cubre  ;)
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: JuanEmilio en 05 de Marzo de 2016, 05:12:04 pm
Aqui en dinamarca es lo mismo, vamos que te multan si vas con un remolque demasiado lastrado respecto a lo que pone en la documentacion, aparte de que en caso de accidente el seguro no cubre  ;)

Otra muy importante es lo que comenta Claus....el seguro no dice nada mientras no pasa nada, en caso de accidente o colisión con remoque implicado, miran estas cosillas y como no te ajustes a la normativa... ???...se escudan también en eso de... " El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento "....para no pagar, y otro problema añadido.


Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 05 de Marzo de 2016, 10:51:54 pm
Controles recaudatorios por todos lados y multas esageradas desde los controles trampa de drogas y alchol, a las multitas que te ponen en la mar si no le suena tu cara...mal rollito dan.
Título: Control
Publicado por: Dacana en 06 de Marzo de 2016, 11:54:43 am
Yo un control de alcohol y drogas no lo veo un control recaudatorio de ninguna manera, es más tenía que haber muchos más.  Qué tendrá que ver una cosa con la otra  ::)
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 06 de Marzo de 2016, 02:01:55 pm
Que se multa a la gente por tener trazas de droga en el organismo que no quiere decir que estes bajos los efectos de la misma, no se hace distincion entre drogas, por ejemplo los fumadores cronicos de thc dan positivo a los controles hasta dias despues de haber consumido ya que el thc se queda en la grasa y segun el metabolismo de cada uno se va limpiando del organismo, mientras los efecto del thc duran como mucho horas...

Ojo que no quiero defender a nadie que valla drogado y conduciendo, pero tampoco me parece justo que te multen 1 o 2 dias despues haberte fumado o tomado algo en tu casa...

Con el alchol por ejemplo puedes haberte emborrachado ccomo un cerdo y la mañana despues ya no tener bastante en la sangre como para multarte ya que el alchool se metaboliza rapidamente y puedes conducir con resaca...aparte que suelen ser mucho mas permisivos con ello, te dejan esperar un rato a ver si te baja y repites el test...


Te quitan 1000 euros y 6 puntos indipendentemente de si eres fumas o un si te as tomado lsd o heroina ecc.. y tampoco lo veo justo...y los test que hacen no miden la cantidad de droga que llevas solo dicen si tienens trazas en el organismo o no...

Asi que por ejemplo sales de fiesta en taxi te pega una buena marcha tomas alguna droga  y el lunes quando te vas a trabajar sales positivo a un control ( porque tu cuerpo todavia está sucio) y te  joden.

Y por lo que tengo entendido en caso de siniestro tambien puedes tener problema con el seguro...

A mi personalmente me han multado por positivo en cannabis 14 horas despues de fumar ( el dia despues, despues de ir a correr 1 hora desayunar tomarme un café ) y en la misma pagina della dgt pone que se da positivo solo hasta 6 7 horas despues de haber consumido... mientras los guardia civiles en el control me han dicho que si eres fumador ocasional casi seguro das positivo 48 horas despues haber fumado...

Recaudacion.










Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: mekon en 08 de Marzo de 2016, 04:17:33 pm
Yo no veo justo q conduzcas drogado y me atropelles....
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 08 de Marzo de 2016, 06:50:02 pm
Tal vez no as leido bien, no conduzco drogado, ni lo hacen muchos de lo que vienen multados, estos test dan positivos dias despues de haber estado consumido ya que reacionan con los residuos que las drogas dejan en el organismo, segun las drogas los residuos duran mas o menos tiempo en el organismo por lo que terminan multando a gente que se a drogado hasta dias antes y que ya llevan dia sin tener los efectos de estas sustancias.

Es un poco como si te tomas dos copas en tu casa esta noche y mañana por la tarde te multan con 1000 euros...(el alchool tmb es una droga)





Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 08 de Marzo de 2016, 06:52:11 pm
Y lo peor de todo esto es que en caso de siniestro los seguros no te cubren...
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: TRASKI en 09 de Marzo de 2016, 05:09:20 am
El tan famoso " Si bebes no conduzcas" ....que se puede traducir en " Si te drogas no conduzcas" puesto que el alcohol es una droga más, por mucho que algunos no lo vean así.
Pues bien........el problema está, a mi modo de ver, en que quien está bajo los efectos de una droga, poco se puede razonar con el, básicamente porque esa persona no está en condiciones de razonar con claridad. y mientras se le pasa o no, el resto estamos a la suerte de lo que decida.
Por lo tanto complicao lo veo eso de ser justos o pasarse a la hora de multar . :-\ , pero ante la duda, la mas t....
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: CARMONASUB II en 09 de Marzo de 2016, 07:17:22 am
Tal vez no as leido bien, no conduzco drogado, ni lo hacen muchos de lo que vienen multados, estos test dan positivos dias despues de haber estado consumido ya que reacionan con los residuos que las drogas dejan en el organismo, segun las drogas los residuos duran mas o menos tiempo en el organismo por lo que terminan multando a gente que se a drogado hasta dias antes y que ya llevan dia sin tener los efectos de estas sustancias.

Es un poco como si te tomas dos copas en tu casa esta noche y mañana por la tarde te multan con 1000 euros...(el alchool tmb es una droga)

y no es mas facil que no te drogues.............. tu cuerpo mente y los demas usuarios de las carreteras te lo agradeceran..........por mucho que haya pasado dos dias o tres en TU cuerpo va............y no no bebo alcohol ......... >:(
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: escama2 en 09 de Marzo de 2016, 07:24:42 am
También hay medicamentos que ya avisan que no se conduzca ni maneje maquinaria peligrosa bajo sus efectos , pero eso aquí no se controla . En otros países si
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 09 de Marzo de 2016, 08:58:17 am
A ver que parte no habeis entendido, no se trata de conducir drogado, estamos todos de acuerdo que no hay que hacerlo yo primero nunca conduzco fumado, ni bebido (no bebo)

estoy diciendo y lo vuelvo a explicar que la trampa está en que de echo te multan quando ya no estas drogado, si fumas un porro el efecto suele durar horas ( 4 5 m) pero en tu sangre y salivas habra restos ( que ya no colocan) para los dias sucesivos y ahi està la trampa y el afan recaudatorio creo que no es dificil de entender, tambien hay medicamentos que no estan permitidos y tambien  pasa lo mismo, tomas un medicamento y te multan mañana o pasado porquè dicho test da positivo.( a no ser de que tengas receta, entonces puedes conducir bajo los efecto de dicho medicamento).






Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 09 de Marzo de 2016, 09:46:56 am
Tal vez no as leido bien, no conduzco drogado, ni lo hacen muchos de lo que vienen multados, estos test dan positivos dias despues de haber estado consumido ya que reacionan con los residuos que las drogas dejan en el organismo, segun las drogas los residuos duran mas o menos tiempo en el organismo por lo que terminan multando a gente que se a drogado hasta dias antes y que ya llevan dia sin tener los efectos de estas sustancias.

Es un poco como si te tomas dos copas en tu casa esta noche y mañana por la tarde te multan con 1000 euros...(el alchool tmb es una droga)

y no es mas facil que no te drogues.............. tu cuerpo mente y los demas usuarios de las carreteras te lo agradeceran..........por mucho que haya pasado dos dias o tres en TU cuerpo va............y no no bebo alcohol ......... >:(

En España es legal el autocultivo, es legal la venta y compra de semilla,son legales los club de fumadores, consecuentemete deberia haber un minimo legal en sangre igual que pasa con el alchol, si bebes no conduzaca es de echo falso ya que puedes beber y conducir dentro de los limites , deberias ser si te emborracha no conduzaca y con las ...con las otras drogas no hay ningun limite, te multan por ser un consumidor y punto no por estar  drogado.

Lo que hago con mi salud es claramente solo asunto mio, los restos de canabis que estan en el cuerpo no afectan mi salud ni mi estado y no veo como puede afectar los usuarios de las carreteras...

Y vuelvo a repetir que la recaudacion es el unico fin, sino explicame como puede ser que un medicamento opiaceo que pone en sus indicaciones que no apto para conducir, si tienes receta medica ya magicamente no es peligroso  y puedes conducir...

Yo personalmente me e sentido engañado ya que dgt dice que solo das positivo si acabas de fumar , mientras de echo el guardia civil me dijo que 48 horas despues seguro darias positivo, io me iba  a trabajar despues de haber dormido la noche echo deporte y desayunado y estaba al 100% de mis facultades y me meti en el control ( podria haber ido en otra direcion) confiado de no tener nada que temer, y me pusieron la misma multa que se le pone a alguien que quadruplica la tasa de alchol en sangre ( algo como tomarte 8 cervezas seguidas y conducir).

Asi que por ejemplo si ese mismo dia alguine me fuera a chocar a mi, el seguro se quitaria del medio y eso si me parece una tomadura de pelo, para que lo pagamos entoces?



Luego ves gente en la carretera fumando cigarrillos, contestando al mobil o enviando sms  o gente que no tiene reflejos porque major, o porquè acaba de comer y tiene sueñito...porque no hacen controles de reflejos tambien?



Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: CARMONASUB II en 09 de Marzo de 2016, 11:01:00 am
Tal vez no as leido bien, no conduzco drogado, ni lo hacen muchos de lo que vienen multados, estos test dan positivos dias despues de haber estado consumido ya que reacionan con los residuos que las drogas dejan en el organismo, segun las drogas los residuos duran mas o menos tiempo en el organismo por lo que terminan multando a gente que se a drogado hasta dias antes y que ya llevan dia sin tener los efectos de estas sustancias.

Es un poco como si te tomas dos copas en tu casa esta noche y mañana por la tarde te multan con 1000 euros...(el alchool tmb es una droga)

y no es mas facil que no te drogues.............. tu cuerpo mente y los demas usuarios de las carreteras te lo agradeceran..........por mucho que haya pasado dos dias o tres en TU cuerpo va............y no no bebo alcohol ......... >:(

En España es legal el autocultivo, es legal la venta y compra de semilla,son legales los club de fumadores, consecuentemete deberia haber un minimo legal en sangre igual que pasa con el alchol, si bebes no conduzaca es de echo falso ya que puedes beber y conducir dentro de los limites , deberias ser si te emborracha no conduzaca y con las ...con las otras drogas no hay ningun limite, te multan por ser un consumidor y punto no por estar  drogado.

Lo que hago con mi salud es claramente solo asunto mio, los restos de canabis que estan en el cuerpo no afectan mi salud ni mi estado y no veo como puede afectar los usuarios de las carreteras...

Y vuelvo a repetir que la recaudacion es el unico fin, sino explicame como puede ser que un medicamento opiaceo que pone en sus indicaciones que no apto para conducir, si tienes receta medica ya magicamente no es peligroso  y puedes conducir...

Yo personalmente me e sentido engañado ya que dgt dice que solo das positivo si acabas de fumar , mientras de echo el guardia civil me dijo que 48 horas despues seguro darias positivo, io me iba  a trabajar despues de haber dormido la noche echo deporte y desayunado y estaba al 100% de mis facultades y me meti en el control ( podria haber ido en otra direcion) confiado de no tener nada que temer, y me pusieron la misma multa que se le pone a alguien que quadruplica la tasa de alchol en sangre ( algo como tomarte 8 cervezas seguidas y conducir).

Asi que por ejemplo si ese mismo dia alguine me fuera a chocar a mi, el seguro se quitaria del medio y eso si me parece una tomadura de pelo, para que lo pagamos entoces?



Luego ves gente en la carretera fumando cigarrillos, contestando al mobil o enviando sms  o gente que no tiene reflejos porque major, o porquè acaba de comer y tiene sueñito...porque no hacen controles de reflejos tambien?

Haber que si fumas droga .......... te estas drogando sea legal o no, como tu dices alla tu con tu cuerpo.........

......pero no esgrimas que es legal porque también es legal llevar armas en EEUU y no veas la que se lia de vez en cuando o  en Senegal esta instaurado la extirpacion del clitoris de las mujeres y eso no significa que sea bueno................o  a las mujeres infieles se les apedrea siendo legal........... que sea legal no significa nada............
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 09 de Marzo de 2016, 11:31:36 am
jajaj que tienen que ver senegal y estados unidos?? me pareces que no pillas el punto ya no se como explicarlo...

Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: PescaPum en 09 de Marzo de 2016, 01:12:28 pm
Estoy contigo Andrea.
A ver, carmona de mi corazón,  es lógico que te multasen por ir borracho, al día siguiente de haber tomado 2 cañas comiendo? Pues esto es igual  ;)
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 09 de Marzo de 2016, 01:38:59 pm
A mi lo que mas me preocupa es el echo que los seguros no te cubren, y si el borracho o drogado de turno te destroza el coche o peor te deja chungo y se declara insolvente te lo comes con papa...

Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: espantameros en 09 de Marzo de 2016, 02:25:47 pm
Carmona, dicen que fumar porros aumenta la apnea  ;D
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 09 de Marzo de 2016, 02:30:39 pm
Carmona, dicen que fumar porros aumenta la apnea  ;D

jaja eso si es un suicidio fumar y apnea
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: espantameros en 09 de Marzo de 2016, 02:51:04 pm
Carmona, dicen que fumar porros aumenta la apnea  ;D

jaja eso si es un suicidio fumar y apnea

Eso pensaba yo  ;D ;D
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: TRASKI en 09 de Marzo de 2016, 07:38:13 pm
Jaimito: Papaaaaa, porque esa colleja? si esta vez no hice nada malo  :-\
Papá : yá lo harás .

 :D :D :D.
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: gabrilin en 30 de Marzo de 2016, 06:10:31 am
buenas, respecto al tema del remolque...con el carnet B, si no estoy confundido, puedes llevar un remolque que no supere los 750kg...o que el conjunto no supere los 3500 kg...  si en tu remolque llevas un eje de 1200kg...y tu coche pesa no mas de 2300kg, puedes conducir sin problemas....ala...si el remolque tiene una mma de mas de 750 kg deberia de ir matriculado...

para realizar denuncias de este tipo....yo he visto que tienen en trafico unas basculas digitales que ponen pillando cada rueda y suman el peso total del conjunto....

si el remolque pesa mas de 750kg... y esta sin matricular...leña....si el conjunto pasa mas de 3500kg...leña...hay que tener las cosas algo claras cuando se tienen en mente cambiar de barco....el problema se quita teniendo el carnet b+e...

en cuanto al tema de la droga....y conducir....el tiempo que el que el dragtest localiza trazas de droga...del tipo que sea....son alrededor de entre 6..7 horas...

un saludo chavales y buena pesca...y cuidadin con el barco que arrastrais
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Andrea Fisher en 30 de Marzo de 2016, 11:34:13 pm
buenas, respecto al tema del remolque...con el carnet B, si no estoy confundido, puedes llevar un remolque que no supere los 750kg...o que el conjunto no supere los 3500 kg...  si en tu remolque llevas un eje de 1200kg...y tu coche pesa no mas de 2300kg, puedes conducir sin problemas....ala...si el remolque tiene una mma de mas de 750 kg deberia de ir matriculado...

para realizar denuncias de este tipo....yo he visto que tienen en trafico unas basculas digitales que ponen pillando cada rueda y suman el peso total del conjunto....

si el remolque pesa mas de 750kg... y esta sin matricular...leña....si el conjunto pasa mas de 3500kg...leña...hay que tener las cosas algo claras cuando se tienen en mente cambiar de barco....el problema se quita teniendo el carnet b+e...

en cuanto al tema de la droga....y conducir....el tiempo que el que el dragtest localiza trazas de droga...del tipo que sea....son alrededor de entre 6..7 horas...
un saludo chavales y buena pesca...y cuidadin con el barco que arrastrais




lo de las 7 horas es lo que dicen pero no la realidad..
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Mikel_24 en 07 de Abril de 2016, 04:15:50 pm
buenas, respecto al tema del remolque...con el carnet B, si no estoy confundido, puedes llevar un remolque que no supere los 750kg...o que el conjunto no supere los 3500 kg...  si en tu remolque llevas un eje de 1200kg...y tu coche pesa no mas de 2300kg, puedes conducir sin problemas....ala...si el remolque tiene una mma de mas de 750 kg deberia de ir matriculado...

Asi que muuuuucho ojo con pensar que por conducir un Toyota Land Cruiser gordo que tiene una MMA de 2800kg, caballos de sobra y ruedas gordas... y pensar que ya puedes remolcar el puto Titanic... porque no es así.

Todo los que tienen 4x4 gordos preparados para bajar al moro o rollo expedición, se pasan de los 3500kg. Algunos le ponen cabeza y lo soucionan sacándose el carnet de camión. En ese caso, si les paran, la multa es solo administrativa porque han excedido la MMA del vehículo pero no la MMA que pueden conducir con su carnet. Si además de pasarse no tienen el carnét de camión... entonces si que los crujen bien (ya no es solo falta administrativa).

A mi me pasa igual con una California... 2800kg pesa la jodía.
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Diegosub_mv en 07 de Abril de 2016, 07:18:22 pm
Estoy contigo Andrea.
A ver, carmona de mi corazón,  es lógico que te multasen por ir borracho, al día siguiente de haber tomado 2 cañas comiendo? Pues esto es igual  ;)

Conozco gente que uno o dos días después da positivo, pero eso no es muy relevante ppr aquí pero eso si es cierto

Lo que es preocupante  esque como sanitario del medicamento, al día e visto como se dispensan muuuuchos psicotropos los cuales también dan positivo y afectan a la conducción, lo peor esque muchas mujeres de mediana edad los toman como pipas y luego cogen el coche pero como no "dan perfil"  para test de saliva ya que este vale 20 euros la ronda y solo se hacen a ciertos perfiles y en determinadas vías


En resumen no remolqueis bajo el efecto de las drogas ni benzodiazepinas/barbitúricos  ;D
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: escama2 en 07 de Abril de 2016, 07:44:26 pm
buenas, respecto al tema del remolque...con el carnet B, si no estoy confundido, puedes llevar un remolque que no supere los 750kg...o que el conjunto no supere los 3500 kg...  si en tu remolque llevas un eje de 1200kg...y tu coche pesa no mas de 2300kg, puedes conducir sin problemas....ala...si el remolque tiene una mma de mas de 750 kg deberia de ir matriculado...

Asi que muuuuucho ojo con pensar que por conducir un Toyota Land Cruiser gordo que tiene una MMA de 2800kg, caballos de sobra y ruedas gordas... y pensar que ya puedes remolcar el puto Titanic... porque no es así.

Todo los que tienen 4x4 gordos preparados para bajar al moro o rollo expedición, se pasan de los 3500kg. Algunos le ponen cabeza y lo soucionan sacándose el carnet de camión. En ese caso, si les paran, la multa es solo administrativa porque han excedido la MMA del vehículo pero no la MMA que pueden conducir con su carnet. Si además de pasarse no tienen el carnét de camión... entonces si que los crujen bien (ya no es solo falta administrativa).

A mi me pasa igual con una California... 2800kg pesa la jodía.

Va a ser que no

Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 4250 kg y la m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.

Algo que muchos tampoco saben es que la velocidad máxima por autovía es de 90Km/h y hay radares que distinguen tipos de vehiculo .
Título: Re:Lo que podeis remolcar realmente con vuestro vehiculo
Publicado por: Mikel_24 en 08 de Abril de 2016, 09:54:51 am
buenas, respecto al tema del remolque...con el carnet B, si no estoy confundido, puedes llevar un remolque que no supere los 750kg...o que el conjunto no supere los 3500 kg...  si en tu remolque llevas un eje de 1200kg...y tu coche pesa no mas de 2300kg, puedes conducir sin problemas....ala...si el remolque tiene una mma de mas de 750 kg deberia de ir matriculado...

Asi que muuuuucho ojo con pensar que por conducir un Toyota Land Cruiser gordo que tiene una MMA de 2800kg, caballos de sobra y ruedas gordas... y pensar que ya puedes remolcar el puto Titanic... porque no es así.

Todo los que tienen 4x4 gordos preparados para bajar al moro o rollo expedición, se pasan de los 3500kg. Algunos le ponen cabeza y lo soucionan sacándose el carnet de camión. En ese caso, si les paran, la multa es solo administrativa porque han excedido la MMA del vehículo pero no la MMA que pueden conducir con su carnet. Si además de pasarse no tienen el carnét de camión... entonces si que los crujen bien (ya no es solo falta administrativa).

A mi me pasa igual con una California... 2800kg pesa la jodía.

Va a ser que no

Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 4250 kg y la m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.

Algo que muchos tampoco saben es que la velocidad máxima por autovía es de 90Km/h y hay radares que distinguen tipos de vehiculo .

Yo hablaba de llevar el vehículo pasado de peso respecto a su MMA... y respecto a lo que permite conducir el B... SIN REMOLQUE. He pensado que podía ser oportuno mencionarlo. Efectivamente CON remolque el conjunto puede irse hasta los 4500kg. Gracias por el apunte.