Como dice el compañero Pau, esta "ley" que más bien dicho me dá que es una norma reguladora, se refiere a los fusiles Pelletier y a todos aquellos que se pueden disparar sin la fuerza para la carga del mismo, es decir, mediante cargas externas de aire comprimido o CO2.
Vamos, que los únicos fusiles permitidos son los que para su utilización se tienen que cargar mediante la fuerza del pescador (o que se puedan cargar mediante esta, que los aparatos que he visto en el lado oscuro para cargar los neumáticos me han dejado flipado).
No se si me explico, pero claro, si ellos te dicen que te retiran el arma, tienes las de perder a menos que digas que vas tú delante de ellos a intervención de armas a depositarla si es necesario y que allí te indiquen la legislación que te prohibe su uso... que es lo que yo pregunté en intervención de armas de la GC y no se reían de mi porque iba con mi hija, que si no aún se están partiendo de la risa con mi pregunta.