Para los que se reúnan con la consejería de pesca o los que quieran presentar alegaciones al anteproyecto de ley de pesca en canarias.
En le articulo 26 instrumentos
Apartado B pesca de recreo submarina
1.- para la pesca de recreo submarina podrá utilizarse un solo instrumento por pescador de los que seguidamente se relacionan:
- fusil de pesca submarina
- cuchillo
-fija de una sola punta
En relación con el cuchillo decirles que según las normas de seguridad para actividades subacuaticas publicadas por el ministerio de fomento para todo el estado en la orden de 14 de octubre de 1997 obliga a llevar cuchillo como elemento básico. Aunque no hace referencia expresa al buceo en apnea con fines recreativos si lo ase para el buceo autónomo recreativo, buceo autónomo profesional, y buceo en apnea profesional.
No se si me he explicado