Los que estan prohibidos son los que se cargan sin tracción o sea que no requieren un esfuerso fisico para cargarlos tipo co2 y demas bainas....estan prohibidas y se venden legalmente en cualquier tienda...estos tios siempre interpretan la ley como les sale de los cojones, solo leen media frase del articulo y luego ponen punto y final...mande un email a la Guardia Civil por otro tema controbertido, la linterna y todavia estoy esperando respuesta, de eso hace 6 meses...deberiamos tupirlos a preguntas en su web haber de donde sacan esas prohibiciones y que no tengan más remedio que contestar...
Decreto182/2004,de 21 de diciembre:Artículo 31.- Instrumentos para la pesca de recreo
submarina.
1. Para la pesca de recreo submarina podrá utilizarse
el fusil de pesca submarina, el cuchillo y la fija.
2. Queda prohibida la utilización de los instrumentos
relacionados en el apartado i) del artículo 36, excepción
hecha de los propulsados por aire comprimido.
Articulo 36i) La utilización en la pesca submarina de instrumentos
propulsados por gas y aquéllos provistos de
punta explosiva, eléctrica o electrónica, o de cualquier
sistema de aturdimiento previo a las capturas, así
como los que empleen mezclas detonantes o explosivas
como fuerza propulsora para el lanzamiento de
arpones.