Bueno... abordaré un tema del que no tenía ni idea hasta que me lo explicaron.
Los que tengáis remolque mirad vuestra tarjeta de inspección técnica, en el caso de las antiguas de color verde veréis en la parte izquierda línea 11 estas siglas (MMR S/F, c/F (kg), esto es lo que podéis remolcar en un eje (S/F sin freno de inercia) y (c/F con freno de inercia). En mi caso pone (MMR S/F, c/F (kg) 665 /1200. Al ser un Peugeot 307 Break de gasolina.
Ahora mirad la de vuestro remolque en el código seria F.1 (Masa máxima en carga técnicamente admisible MMTA. El de mi remolque marca 750 kg...me paso 100 kg.
En mi caso, mi remolque es sin freno de inercia y por lo tanto mi MMR de mi coche en arrastre de carga no puede pasar de 650 kg.
Por lo tanto estoy incurriendo en una infracción de tráfico, que si me pillan los de tráfico son 600€.
¿Cómo se arregla esto?: En la ITV y con mucha paciencia. Suelen pedirte un informe del fabricante del remolque, y previo pago de unos 80€, te modifican la ITV del remolque y te bajan la MMTA .
Recordad: La masa del remolque siempre tiene que ser menor que la del coche.