Buen día y ya a puertas del fin de semana
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Estimado Escama2, gracias por tus palabras, aclaraciones, saber y tacto, esto último igualmente te lo agradezco pero la mar nos hace fuertes y nuestra común afición compañeros
También me he pensado en no contestar, pero se me ha pasado enseguida
, porque para eso es un foro
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Mi ejemplo de inscripción de cascarones en la lista de buques era para:
1. Apreciar como se consideran buques, según para qué, y a mejor entender. que se aplica a todas las embarcaciones el RIPA y resto de normas citadas en este 2. No me he expresado bien ni pretendía decir que se exige su inscripción para la pesca submarina.
Por eso ánimo que si hay denuncias por fondear y dejar el barco (¿vale barco?) vacío, pedir se nos fundamente por escrito y saber en base a que norma para buscar la vuelta con otras, de ahí que haya mencionado la Ley de Navegación Marítima y el RIPA, porque veía centrado el tema en la norma del 97 y se nos pueden aplicar otras.
En mi opinión
la multa puede ser por desentenderse del barco y distancia.