Desde el año 1997 el consejo superior de deportes ha regulado la eneñanza deportiva, dando una moratoria hasta el año 2007 para que todos los monitores, instructores federaciones etc se adaptasen a ella.
Para impartir curso de buceo en el territorio español hay que cumplir una serie de requisitos.
Las competenncias sobre las actividades subacuáticas se le otorgan a la Federación española de acticvidades subacuáticas, único organismo reconocido por el consejo superior de deportes, que apartir de ese momento es la que se encarga de adaptar las enseñanzas a la legalidad vigente.
Se imparten los bloques comunes a todos los deportes (tecnico deportivo), se puede convalidar dependiendo los estudios reglados cursados, Tafad, Inef, ed. fisica , etc
Luego cada federación organiza sus bloque especificos en el caso del buceo se hacen dos de primer nivel y de segundo nivel.
Las competencias del de primer nivel son: (copio literalmente de la ley 13561
Real Decreto 932/2010, de 23 de julio)
Artículo 5. Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma.
1. El título de Técnico Deportivo en Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma tendrá como especializaciones:
a) Buceo en apnea.b) Buceo deportivo con escafandra autónoma infantil.
2. El Ministerio de Educación, a propuesta del Consejo Superior de Deportes y previa consulta de los órganos competentes en materia de deportes de las comunidades autónomas y de la Federación Española de Actividades Subacuáticas establecerán los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estas especializaciones
Para impartir en España cualquier curso hay que tener como minimo el curso de tecnico deportivo en buco deportivo nivel 1
Esto desde el punto de vista del ministerio de educación junto con el consejo superior de deportes.
Desde el ministerio de hacienda.
Ser empresa o estar dado de alta en autonomos y facturar los ingresos, si no se hace así se denomina economía sumergida comunmente conocido como dinero negro(penado por la ley).
Tener una RC es decir un seguro de responsabilidad civil ovligatorio por ley.
Tener un contrato anual con un complejo hiperbárico, o para la duración de un curso en concreto.
Hay que emitir facturas con su IVA, de hecho debemos exigirlas si cursamos un curso cualquiera, para cualquier tipo de reclamación posterior o accidente, si no no tendremos derecho a indemnización.
Dentro de los clubs de buceo se pueden impartir cursos, siempre que no haya un lucro ya que son asociaciones deportivas SIN ANIMO DE LUCRO, si un externo al club da un curso y hay que pagarle se ha de exigir su factura correspondiente si no el club esta incurriendo tambien en una ilegalidad.
Pues nada que dar cursos de buceo sin estar en posesión del TDB1 es ilegal.
No estar contratado por una empresa, no ser una empresa, no estar dado de alta en autonomos o no dar los cursos gratis es ilegal, ya que no emitir facturas es ilegal.
Hay empresa de buceo que cobran 250 por un curso de una estrella poniendo el equipo de buceo completo, el aula, el seguro, la embarcación, un instructor por cada dos alumnos( en el agua), muchos días de agua y muchos días de clases teóricas, son empresas legales que pagan sus impuestos y hacen su declaración de la renta.
Todo lo demas son ilegalidades. No lo digo yo lo dice la ley.
Cualquier persona que observe alguna de estas irregularidades esta en su derecho y creo que obligación de denunciar estos hechos fraudulentos que cada vez se extienden más por el mundo del buceo, lo cual se denomina competencia desleal.