Bueno, pues casi un años después de la última respuesta de este post, lo retomo a raíz del medregal que capturé esta semana (
http://www.pescasub.com/foros/index.php/topic,38891.0.html).
Ante la duda de que pueda tener ciguatera, y aún sabiendo que la posibilidad es muy remota, me he estado informando en diferentes instituciones. Paso a contar lo sucedido:
La primera pista me la dio "Mr.Purpol", amigo y usuario de este foro. Me dirigí al instituto oceanográfico de Canarias y me comentaron que quieren hacer un estudio e investigar, pero que no tienen fondos, que sí que se ha descubierto una variante de la ciguatoxina aquí en Canarias, y que de alguna manera se quiere ocultar, o al menos que no transcienda... Me remitieron a la Viceconsejería de Pesca, al departamento de Desarrollo pesquero.
Allí hablé con el veterinario y me comentó que efectivamente, por el peso del animal, era conveniente hacerle la prueba. Que ellos no la hacían, aunque les gustaría realizarla. Me comentó que ya no hace falta enviar las muestras a Oviedo, que la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria las hacía... les llamé por teléfono...
Allí me dijeron que si, que hay que seguir un protocolo (me lo enviaron, lo copio y lo pego al final), y que el coste de la prueba es de....100 Euros
Evidentemente no los voy a pagar. La otra opción que tengo es que algún profesional quiera hacerme el favor de solicitarla como para él, a ellos les sale gratis
Manda huevos!! Capaz que tengo que tirar el medregal a la basura
(Marco, no me apetece probar yo a ver si la tiene, y estarme cagando todo una semana
, y menos en periodo de vacaciones!)
A ver qué consigo por aquí.
Copio y pego el documento que me enviaron:
Considerando el informe del Veterinario del Servicio de Estructuras Pesqueras, y amparados en los resultados remitidos, por laboratorio del Instituto Universitario de Sanidad Animal (IUSA), de las pruebas diagnósticas realizadas a los pescados recibidos, es necesario elevar a las entidades dedicadas a la pesca deportiva las siguientes recomendaciones.
Las recomendaciones que posteriormente se enunciarán, son de aplicación a todos los productos pesqueros capturados por pescadores con licencia de pesca marítima recreativa, que vayan a ser objeto de consumo propio o entrega a instituciones con fines benéficos. Está prohibida legalmente cualquier actividad lucrativa o comercial con estas capturas, de conformidad con lo establecido en el articulo 38.2 del decreto 182/2004 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Pesca de Canarias, y en aplicación de la competencia atribuida a esta Viceconsejeria de Pesca y Aguas por el Articulo 12.1-A del Decreto 40/2012, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.
Visto los antecedentes y los resultados del laboratorio, se establece para el sector con licencia de pesca marítima recreativa las siguien-tes recomendaciones:
1. Todas las piezas de las especies que se citan a continuación y que su peso sea superior al reseñado, se le deben realizar pruebas que deter-minen si contiene en su carne ciguatoxina.
Medregales “Seriola spp”: > 15 Kg.
Peto “Acanthoocybium solandri” > 30 Kg.
Pejerrey “Pomatomus saltatrix" > 12 Kg.
Abade “Mycteroperca fusca” > 12 Kg.
Mero “Epinephelus spp” > 29 Kg.
Picudo “Makaira nigricans” > 150 Kg.
Sierra “Sarda sarda” > 10 Kg.
Pez espada “Xiphias glaudius " > 150 Kg.
Para ello debe dirigirse a un laboratorio que lo pueda realizar. La Viceconsejeria de Pesca y Aguas ha estado trabajando con el (IUSA) laboratorio Instituto de Sanidad Animal y Seguridad Alimentaria de la ULPGC.
2. Cualquier persona que desee contar con los servicios del laboratorio del Instituto de Sanidad Animal y Seguridad Alimentaria de la ULPGC (IUSA), deberá contactar por vía telefónica a los siguientes números 928 459740 / 29, en horario de 8.00 a 14.00 horas.
3. A continuación deberán seguir las indicaciones que ellos les indiquen.
4. La toma de muestra consiste en extraer una muestra de 250 gramos de la zona caudal (pegada a la cola), que sólo contenga carne, debiendo enviarse dos muestras iguales por ejemplar.
5. Se enviarán por paquetería urgente, y en un plazo máximo de 24 horas, con el anexo debidamente cumplimentado (se adjunta anexo), acompañado del justificante de ingreso y de las dos muestras congeladas para su conservación. Los gastos de envío corren a cargo del pescador recreativo.
6. Si el resultado del análisis es positivo, el pescador recreativo debe eli-minar o donar el pescado a la Universidad para fines científicos, para ello ponerse en contacto con el IUSA en los teléfonos antes reseñados.
7. Si el resultado del análisis es negativo, el laboratorio le comunicará el resultado de la analítica referente a la muestra remitida en fecha y correspondiente a los datos enviados.
Para más información pueden contactar con la Viceconsejeria de Pesca y Aguas a través de la siguiente forma:
Teléfonos: 618798347 / 928117590 / 922475367
Correos electrónicos: fcabsua@gobiernodecanarias.org
fmelgom@gobiernodecanarias.org
Sin otro particular agradezco la máxima colaboración y difusión en la adopción de las medidas arriba referidas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de julio de 2012.
EL VICECONSEJERO DE PESCA Y AGUAS,
Juan Manuel Soto Évora.