Yo creo que es importante que no se nos incluya en esa normativa. Un pescador submarino no es un buceador.
Esa normativa tiene regulaciones que harían imposibles la práctica de la pesca submarina tal y como la conocemos.
1.- Si sales de la costa, no se puede bucear a más de 50m de la costa
2.- Si quieres bucear fuera de la costa, se necesita embarcación de apoyo y una persona arriba
3.- Si vas con embarcación, no te puedes alejar más de 25 de ésta
Estos son los tres puntos más conflictivos que recuerdo.
ANEXO I
Definiciones
Buceador: Toda persona que se someta a un medio hiperbárico.
Buceo deportivo-recreativo: Toda aquella incursión en medio hiperbárico derivada de una actividad lúdica, de competición o recreo.
Segun Orden de 14 de octubre de 1997 por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas.
Publicado en: «BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 1997, páginas 34419 a 34456 (38 págs.)
Me temo que para ellos si lo somos Gorka.
así que habrá que ser muy especificos para que no nos afecten esas normas de forma absurda.