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Coger marisco a pescasub

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Denouhn:
Saludos a todos.

El otro día salió este tema con un conocido y le comenté que de toda la vida está prohibido.
Él me comentó que dónde dice que no se pueda.

En la ley de aguas exteriores todo lo que no esté en su listado del anexo I no se puede pescar, por lo tanto, no se puede coger por ejemplo un centollo.

Mirando las normativas de algunas comunidades en cambio, no dice nada al respecto (Canaria y Valenciana).

¿Alguien me puede decir dónde pone que no se puede coger marisco a pescasub?

No me sirve eso de: dile a tu colega que lo coja, que ya verá la multa o pues yo sé de casos que multan y...

Yo sé de casos de ir a multar por coger un pulpo cumpliendo toda la legalidad y al final tener que discutirlo y no sé si llegar a más.

Gracias.

Dani IL:
Tengo entendido que las comunidades puedes restringir mas las normativas de exteriores pero no hacer mas laxas. Con lo que en ese caso hay que guiarse por lo que diga la normativa de aguas exteriores mas cercana a tu zona

PEPEDEBARBATE:
Aquí en Andalucía no se puede. Adjunto la normativa para pesca submarina editada por la Consejería de Agricultura y Pesca donde también hablan de las licencias de armas, pesca etc...

Efejota:
Comunidad Valenciana, ley 5/2017 art. 79 Infracciones Graves punto 3 letrita x) El ejercicio de una actividad pesquera de artes menores o del marisqueo sin disponer de la preceptiva autorización.

http://www.dogv.gva.es/datos/2017/02/13/pdf/2017_1147.pdf


Izand:
Como comenta Paco, el marisqueo está legislado como actividad profesional y requiere autorización (profesional).

De moluscos, solo excluyen cefalópodos en algunas comunidades como pescables.

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