Cuando una nueva Orden o Decreto entra en vigor, generalmente en las Disposiciones Adicionales o Disposiciones Finales, se hace constar que queda derogado el Decreto, Orden, Ley o lo que sustituye.
Por lo tanto, la Orden anterior no vale.
En ausencia de Normativa Autonómica que lo regule, y aunque la Xunta tiene la competencia en materia pesquera, la pesca recreativa en Galicia, actualmente está regulada por la normativa estatal en lo que se refiere a cupos, días hábiles y demás recogido en la sentencia favorable al Bahía de Vigo.
Por lo tanto y muy a nuestro pesar: 5kg por pescador/día y un pulpo por pescador/día (en este caso hay una Orden que lo regula).
No hay vuelta de hoja.