Bueno buscando algo encontre esto:La zona de servicio del puerto se estructura en las siguientes áreas:
Zona 1. Se corresponde con la dársena pesquera y se autorizan exclusivamente los uso pesqueros y los necesarios para el desarrollo de este uso y/o de los relacionados con él.
Zona 2. Se corresponde con la dársena comercial. Se ha previsto como uso básico el comercial, desagregándose este uso en las cuatro subzonas siguientes:
2.1. Tráfico de graneles sólidos y líquidos, mercancía general y mercancías peligrosas y contenedores;
2.2. Destinada a graneles sólidos y líquidos, mercancía general, tráfico ROLL-ON, ROLL OFF y en contenedores;
2.3. Destinada a tráfico ROLL-ON, ROLL OFF y contenedores, mercancía general, pasaje y recintos aduaneros y
2.4. Destinada a pasaje, estación marítima, mercancía general, tráfico ROLL-ON, ROLL-OFF y contenedores.
Zona 3. Se le asignan los usos complementarios puerto-ciudad, así como los previstos en el artículo 3.6 de la Ley 27/1992. Dichos usos serán náuticos- deportivos, culturales, recreativos y cruceros. Deberá ser objeto de un plan especial.
Zona 4. Destinada a instalaciones de usos complementarios y equipamientos diversos. Sus usos son los definidos como usos complementarios.
Zona 5. íƒÂrea de Bayana. Sus usos son los definidos como usos complementarios zona de Bayana.
Cuarto.
Se incorporan a la superficie terrestre de la zona de servicio del puerto, según se refleja en el plano níƒÆ’í¢â‚¬Å¡íƒâ€š.- 2.6, los terrenos situados en la nueva zona de Bayana, que fueron en parte comprados por la Autoridad Portuaria en una superficie de 75.000 metros cuadrados del total de 95.000 metros cuadrados que se incorporan.
Quinto.
La superficie de agua incluida en la zona de servicio, (plano níƒÆ’í¢â‚¬Å¡íƒâ€š.- 2.7) queda delimitada de la siguiente forma:
Zona I, o interior de las aguas portuarias:
Está constituida por las aguas de las dársenas comercial y exterior, y de la dársena pesquera. En la dársena exterior son las comprendidas dentro del polígono delimitado por la punta del contradique del puerto pesquero y el extremo este del muelle exterior. En la dársena comercial son las aguas interiores hasta la línea recta imaginaria que une el morro del dique de poniente con el del espigón de escollera, normal a la costa, situado a 450 m al este del dique de levante.
En la dársena pesquera, comprende las aguas situadas dentro del polígono limitado por el dique oeste, muelle de ribera y sur y la línea recta imaginaria definida por los morros de los diques oeste y sur.
Zona II, o exterior de las aguas portuarias:
Está constituida por las aguas comprendidas entre el tramo de costa que se extiende, de este a oeste, entre la punta del río y del palmer, la línea recta que une esta punta con el faro de Cabo de Gata y el meridiano de la punta del río; excluyendo las aguas correspondientes a la zona I. Asimismo, se excluye a poniente del puerto, una franja de 200 m desde la línea de ribera, y a levante del puerto, otra franja de ancho variable, que aumenta desde los 200 m hasta la distancia entre la baliza del río y tierra.
Madrid, 10 de septiembre de 2004.
PD: Haber los entendidos y gente con mente despejado (yo no...) lo esplica en una gerga mas entendible para la gente de camp como yo.