Sinceramente, están equivocados en cuanto a poder poner una denuncia por esto:
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2002-5852En sus artículo 19
Libertad de asociación.
Ley 4/2008 de 24 de Abril Tomo tercero del código civil de Cataluña
http://www.gencat.cat/diari/5123/08114039.htmLa Declaración Universal de los Derechos Humanos en su Artículo 20.2.
Señala í¢â‚¬Å“Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociacióní¢â‚¬Â.
http://libertaddeasociacion.blogspot.com/En los que:
Artículo 19. Derecho a asociarse.
La integración en una asociación constituida es libre y voluntaria, debiendo ajustarse a lo establecido en los Estatutos.
Aquí tenéis el NUEVO BORRADOR, que no es el real decreto por el que se regulan las armas que pondré posteriormente para que podáis comparar y tener todos los datos absolutamente...
http://www.sinasva.org.es/Archivos/2010-12-01-Dic-proyecto_reglamento_armas.pdfEste es el Real Decreto 137/1993 de 29 de Enero por el que se APRUEBA EL REGLAMENTO DE ARMAS
http://www.pegatiros.com/download/reglamento_armas.pdfPor lo que:
Y unos estatutos deben ser aprobados antes de poder constituirse asociación alguna o federación... Y no pueden contener en ellos ningún artículo que obligue a la pertenencia en las mismas
Y si a mi me presenta alguien el artículo concreto en el que indica la obligatoriedad o la documentación que hay que portar para transportarlos, os juro que soy el primero en ir a sacarme la federativa!!!! pero nadie me los enseña, será porque no están??? O porque no se han aprovado???
Sinceramente, por poder, pueden decir que ta van a dar por culo con un bate de baseball, pero de ahí a que sea legal o no... va un mundo!!!
De verdad, que por muchas circulares que pasen, yo quiero saber los artículos que se infringen para poder defenderme!!! y no me los muestran en ningún lado, ni tan siquiera en la denuncia que presuntamente está en posesión de FEGAS, y permitidme que lo dude pese a que en otras cosas esté de su parte... aunque con estas actuaciones que parece estar llevando a cabo, pierde todas las verdades que pudiese decir...
A ver que hacemos, o nos defendemos o que hacemos...!!!??? Porque a mi sin decirme el artículo que estoy infringiendo, no me tocan ni la gomita de la punta del fusil...
Que también podemos denunciar nosotros por falsa denuncia... que esto hay que mirarlo bien, que si ponen una denuncia por un artículo que no existe, se les puede caer el pelo a ellos, yo me lo miraría muy bien antes de hacer caso a una circular sin mirarlo... y mucho menos como ha pasado en Galicia, con la Xunta y la FEGAS, que ha sido un acuerdo entre ambas y no una modificación de la Reglamentación de armas.
Pau, que hacemos, los vendemos o nos hacemos camisetas con los artículos y la ley de armas para llevarla siempre que vayamos de pesca? jajaja...
Editado...
Sé que es un tostón, pero es necesario que tengáis todos los datos para que no os tomen el pelo ni os puedan denunciar por una irregularidad que no habéis cometido, ya que quieren ponernos baches en el camino, utilicemos un BigFoot para pasar por encima de ellos.