Por lo dispuesto en el articulo 69,1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Juridico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 04/1999, de 13 de enero, en concordancia con el articulo 298.1 del Real Decreto 230/1998 de 16 de febrero , por que que se aprueba el Reglamento de Explosivos, dice en su articulo 57 - a). LOS ESTABLECIMIENTOS DE VENTA DE ARTICULOS DEPORTIVOS QUE REUNAN LOS REQUISITOS FISCALES PERTINENTES PODRíƒÂN ""DANDO CONOCIMIENTO"" PREVIAMENTE A LA CORRESPONDIENTE INTERVENCIÓN DE ARMAS DE LA GUARDIA CIVIL, DEDICARSE A LA VENTA DE ARMAS ACCIONADAS , BLA, BLA BLA y A LAS DE LA 7킪 , 5 Y 6, ASíƒÂ COMO ARMAS DE FUEGO INUTILES O INUTILIZDAS.
Por tanto y según la categoria de armas 7킪 :
Séptima categoría:
1.Armas de inyección anestésica capaces de lanzar proyectiles que faciliten la captura o control de animales, anestesiándolos a distancia durante algún tiempo.
2.Las ballestas.
3.Las armas para lanzar cabos.
4.Las armas de sistema Flobert.
5.Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.
6.Los revólveres o pistolas detonadoras y las pistolas lanzabengalas.
Deberan de tener el correpondiente permiso y autorización para comerciar con ellas y además, llevando al día el correspondiente libro de entrada y salidas el cual se presentará en la Intervención de Armas de la Guardia Civil, mensualmente.
Por todo esto si un comercio no tiene el correspondiente libro de entradas y salildas y no esta registrado en la Intervención de Armas, la Guardia Civil, podrá decomisar todo tipo de arma que exista en dicho comercio, (Sin caerle ningún puro a ningún mando de la GC, sino mas bien al comercio)
Además de todo esto el articulo 54 en su apartado 4 dice claramente.
LA ADQUISICIÓN DE ARMAS DE LA CATEGORIA 7킪,5 REQUERIRíƒÂ LA ACREDITACIÓN ANTE EL ESTABLECIMIENTO VENDEDOR Y SU CONSIGNACIÓN EN LOS CORRESPONDIENTES LIBROS, DE LAS RESPECTIVAS TARJETAS DEPORTIVAS EN VIGOR.
Esto significa, y tambien es muy claro que son: La tarjeta federativa o el permiso/tarjeta deportiva para armas de la categoria 7킪 que otorge la propia GC.
La tarjeta federativa, ademas del seguro que lleva implicito tiene la valided de permiso de armas deportivas de la categoria 7킪 para la GC.
Guste o no guste.
Un saludo.
Carlos..