:roll:
GALICIA:
A ver sin tecnicismos, si en Galicia has de convalidar la licencia PAGANDO esto es como no reconocer la licencia de origen (( sin tecnicismos))
ANDALUCIA:
(UNA SíƒÆ’í†â€™íƒâ€ší‚ÂNTESIS DE LO Q NOS INTERESA )
DECRETO 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores.
Artículo 7. Validez de licencias expedidas por otras Administraciones.
1. Tendrán validez para el ejercicio de la pesca marítima de recreo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las licencias de pesca marítima recreativa de clases 1 y 2 otorgadas por los órganos competentes de la Administración de otras Comunidades Autónomas, las que pudieran ser emitidas para aguas exteriores por la Administración del Estado, así como las expedidas por otros Estados Miembros de la Unión Europea.
2. Para el ejercicio de la pesca marítima de recreo de clases 3 y 4, será necesario estar en posesión de la correspondiente licencia emitida por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.
((Pues sí. la nuestra es la de clase 4, q no te convalidan :cry: :cry: ))
- Clase 4: que autoriza para la pesca marítima de recreo submarina. Su período de vigencia será de un año, contado a partir de la fecha de expedición o renovación
Vamos q yo esto no lo sabía!!!!! estamos arreglaos !!!!!!
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Esto es sólo para aguas interiores , Alguien me sabe decir cómo saber si estoy o no en aguas inetriores
Gracias