Autor Tema: A ver que opinais...  (Leído 2896 veces)

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Desconectado shinji

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A ver que opinais...
« en: 13 de Febrero de 2013, 10:51:10 am »
Yo lo tengo claro y defiendo mi postura, pero a ver que opinais...
Vamos a ver os cuento. Como ya sabeis queremos hacer un campeonato en Andalucia, concretamente en Cadiz para homenajear a nuestro amigo y compañero Alvarosub, para que el mismo siga en nuestra memoria.
La cuestión es que hemos pedido el permiso la Junta de Andalucia y no nos ponen problemas. Dicen que la documentación está toda bien y que van a dar el visto bueno. Ahora viene la controversia... Cuando ya vamos a colgar y viendo que somos un club de Madrid, me dice que me informa que todos los pescadores submarinos participantes en la prueba debe de tener la licencia de pesca de la Junta de Andalucia. Yo, le expongo que creo que no es así, así que el me dice que me va a remitir via email la legislación al respecto. La verdad es que el hombre que está allí es un buen hombre, y se le ve muy buena persona.
Entonces miró la legislación que me manda y efectivamente en el Rela Decreto de la Junta que regula las aguas interiores de la Comunidad de Andalucia, expone que para las otras modalidades de pesca si existe reciprocidad entre las comunidades, pero en la de pesca submarina no, y es obligatorio la licencia de pesca de la Junta.
Yo la verdad hasta ahora no me había preocupado pero claro, teniendo la profesión que tengo, no me iba a quedar asi... me puse a investigar y descubrí (que no lo sabía) que las aguas marítimas interiores se consideran aquellas que se encuentran dentro de las lineas de base. Y alguno se preguntará, ¿que coño son las lineas de base?, yo lo hice, asi que a seguir investigando (yo soy de los que prefiero preguntar y ser tonto una vez, a no preguntar y ser tonto siempre,jeje,...) lo que encontré es que las lineas de bases son aquellas que unen los distintos cabos o salientes de la costa con una linea recta, en el caso que nos ocupa por ejemplo sería una linea recta entre el cabo de Trafalgar y el Cabo de Roche. Trazando la linea en la carta náutica os podeis dar cuenta que pilla todo el arenal de la playa (y seguro que alguna piedra que alguien conoce y está llena de pescado,je,je...).
Entonces realmente el campeonato se va a realizar en aguas exteriores... Entonces miré el Real Decreto que regula las aguas exteriores, y no dice nada de que tenga que tener la licencia de la comunidad autonoma de donde pesque, sino todo lo contrario, se interpreta que tienes que tener la licencia de pesca de una comunidad autonoma con litoral (no...con fabada no... con costa) o las ciudades de Ceuta y Melilla ( Madrid, no tiene mar así que no pueden emitir licencias).
Despues de todo esto mandé un email a la Junt aotra vez y muy amablemente me llamo el hombre con el que estuve hablando anteriormente. Entonces mirando la legislación me dijo que la forma en que actuaban estaba bien, por que la ley de aguas exteriores ponía que debes tener la licencia de la comunidad autonoma, a lo que yo le rectifique diciendo que el real decreto pone una, no la, a lo que el hombre se quedó en jaque y me dio a entender que yo tenía razón pero que tenía que consultarlo.
Os pongo el correo que mandé para ver que os parece y opineis.
Pero como os he dicho el hombre con el que hablé un diez para él por que se tomo su tiempo, primero en mandarme la legislación, segundo en escucharme y tercero por llamarme el para comentar el email que le mandé. Ojalá fueran todos los funcionarios asi de buenas personas y atentos.
Bueno aquí el email explicando mi postura.
"Mirando la he estado mirando la legislación vigente y creo que me voy aclarando un poco, a ver si no me equivoco.
Vamos a ver, el DECRETO 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores, como su propio nombre indica regula la pesca recreativa en la aguas interiores. Estas aguas son las situadas por dentro de las líneas de base, tal y como se contemplan en la Ley 20/1967, de 8 de abril, sobre extensión de jurisdicción marítima a doce millas, a efectos de pesca, y en el Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto, de aguas jurisdiccionales, líneas de base rectas para su delimitación, es decir, lineas de cabo a cabo.
El Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, expone en su Artículo 13. Pesca marítima de recreo submarina.
Para poder practicar la pesca marítima de recreo submarina será necesario estar en posesión de la licencia de actividad expedida por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla, debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en cuyo litoral se realice la actividad" (es decir, si no puedo pescar pulpo, pues no se puede), a lo que hay que añadir lo dispuesto en la disposición adicional quinta en su segundo apartado. "Reconocimiento de licencias.

2. Las comunidades autónomas establecerán mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de licencias. "
 
De todo lo que logro comprender en este entramado jurídico, es que si vamos a pescar en aguas interiores, si hace falta obtener la licencia de pesca en Andalucía, pero si pescamos en aguas exteriores, no haría falta, (No se si me equivoco), ya que no existe legislación de la Junta con respecto a las aguas exteriores por que son potestad del Estado.
 
Entonces si anexamos a la solicitud del campeonato un plano donde las aguas interiores no se van a pescar (de hecho no se van a pescar por que la mayoría es un arenal), ,no haría falta sacar la licencia de Andalucia
"
 

Desconectado arousan

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #1 en: 13 de Febrero de 2013, 11:10:55 am »
Entiendo lo que dices y creo que tienes razón, pero seguramente te pondrán problemas porque si el campeonato es de infantería será dificil que se crean que no haces ninguna captura mientras atraviesas la franja de aguas interiores o es posible que te pidan que baliceis la zona de pesca demostrando que todo el campeonato se realiza en aguas exteriores.
Suerte  ;)
 

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #2 en: 13 de Febrero de 2013, 11:15:41 am »
Tened cuidado que la guardia civil puede que no sepa la diferencia aguas exteriores-interiores con respecto a su legislacion pescasub. Y aunque lleveis razon, os marean.....

Es que no llego a entender porque coño las licencias no son nacionales, volvemos a la misma de siempre, montones de gente cobrando por medio.... Vamos al reves del mundo.
A mi me tienen encerrado en Andalucia. Cuando llega la hora de decidir el destino de vacaciones me niego a salir de Andalucia para poder pescar sin sacarme mas licencias, tiene narices.
Con la mujer y el pescado.........mucho cuidado!!.
 

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #3 en: 13 de Febrero de 2013, 11:27:59 am »
Con la mujer y el pescado.........mucho cuidado!!.
 

juancarmona

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #4 en: 13 de Febrero de 2013, 11:28:18 am »
mi humilde opinion es que como casi siempre los que tienen que hacer velar las leyes NO LAS CONOCEN....................
 

Desconectado shaneshac

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #5 en: 13 de Febrero de 2013, 11:44:00 am »
Mi pregunta: El embarque y desembarque no va a ser adentro de las lineas de base?

Te doy un ejemplo, En gibraltar es legal pescar pulpo, en La linea no. Un pescador de la linea viene a Gib, coge un pulpo y vuelve a salir por la linea. si lo pilla la guardia está jodido

por el mismo criterio, si los participantes vuelven a costa, tendrán que tener la licencia de la junta ya que están adentro de las lineas de base con pescado abordo

Es mi opinion vamos
Shaca (Crash Test Spearo)

El mejor pescador es el que llega a viejo pescando
 

Desconectado dentex

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #6 en: 13 de Febrero de 2013, 11:46:20 am »
El tema parece peliagudo...

Siempre podeis embarcar en helicóptero en aguas exteriores, sin pasar por costa.  8)
Mero, merazo, bueno pal bazo

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #7 en: 13 de Febrero de 2013, 12:09:29 pm »
El tema parece peliagudo...

Siempre podeis embarcar en helicóptero en aguas exteriores, sin pasar por costa.  8)

O pescar en el retiro  ???
Con la mujer y el pescado.........mucho cuidado!!.
 

Desconectado BocaRape

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #8 en: 13 de Febrero de 2013, 12:18:30 pm »
Yo lo tengo claro y defiendo mi postura, pero a ver que opinais...
Vamos a ver os cuento. Como ya sabeis queremos hacer un campeonato en Andalucia, concretamente en Cadiz para homenajear a nuestro amigo y compañero Alvarosub, para que el mismo siga en nuestra memoria.
La cuestión es que hemos pedido el permiso la Junta de Andalucia y no nos ponen problemas. Dicen que la documentación está toda bien y que van a dar el visto bueno. Ahora viene la controversia... Cuando ya vamos a colgar y viendo que somos un club de Madrid, me dice que me informa que todos los pescadores submarinos participantes en la prueba debe de tener la licencia de pesca de la Junta de Andalucia. Yo, le expongo que creo que no es así, así que el me dice que me va a remitir via email la legislación al respecto. La verdad es que el hombre que está allí es un buen hombre, y se le ve muy buena persona.
Entonces miró la legislación que me manda y efectivamente en el Rela Decreto de la Junta que regula las aguas interiores de la Comunidad de Andalucia, expone que para las otras modalidades de pesca si existe reciprocidad entre las comunidades, pero en la de pesca submarina no, y es obligatorio la licencia de pesca de la Junta.
Yo la verdad hasta ahora no me había preocupado pero claro, teniendo la profesión que tengo, no me iba a quedar asi... me puse a investigar y descubrí (que no lo sabía) que las aguas marítimas interiores se consideran aquellas que se encuentran dentro de las lineas de base. Y alguno se preguntará, ¿que coño son las lineas de base?, yo lo hice, asi que a seguir investigando (yo soy de los que prefiero preguntar y ser tonto una vez, a no preguntar y ser tonto siempre,jeje,...) lo que encontré es que las lineas de bases son aquellas que unen los distintos cabos o salientes de la costa con una linea recta, en el caso que nos ocupa por ejemplo sería una linea recta entre el cabo de Trafalgar y el Cabo de Roche. Trazando la linea en la carta náutica os podeis dar cuenta que pilla todo el arenal de la playa (y seguro que alguna piedra que alguien conoce y está llena de pescado,je,je...).
Entonces realmente el campeonato se va a realizar en aguas exteriores... Entonces miré el Real Decreto que regula las aguas exteriores, y no dice nada de que tenga que tener la licencia de la comunidad autonoma de donde pesque, sino todo lo contrario, se interpreta que tienes que tener la licencia de pesca de una comunidad autonoma con litoral (no...con fabada no... con costa) o las ciudades de Ceuta y Melilla ( Madrid, no tiene mar así que no pueden emitir licencias).
Despues de todo esto mandé un email a la Junt aotra vez y muy amablemente me llamo el hombre con el que estuve hablando anteriormente. Entonces mirando la legislación me dijo que la forma en que actuaban estaba bien, por que la ley de aguas exteriores ponía que debes tener la licencia de la comunidad autonoma, a lo que yo le rectifique diciendo que el real decreto pone una, no la, a lo que el hombre se quedó en jaque y me dio a entender que yo tenía razón pero que tenía que consultarlo.
Os pongo el correo que mandé para ver que os parece y opineis.
Pero como os he dicho el hombre con el que hablé un diez para él por que se tomo su tiempo, primero en mandarme la legislación, segundo en escucharme y tercero por llamarme el para comentar el email que le mandé. Ojalá fueran todos los funcionarios asi de buenas personas y atentos.
Bueno aquí el email explicando mi postura.
"Mirando la he estado mirando la legislación vigente y creo que me voy aclarando un poco, a ver si no me equivoco.
Vamos a ver, el DECRETO 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores, como su propio nombre indica regula la pesca recreativa en la aguas interiores. Estas aguas son las situadas por dentro de las líneas de base, tal y como se contemplan en la Ley 20/1967, de 8 de abril, sobre extensión de jurisdicción marítima a doce millas, a efectos de pesca, y en el Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto, de aguas jurisdiccionales, líneas de base rectas para su delimitación, es decir, lineas de cabo a cabo.
El Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, expone en su Artículo 13. Pesca marítima de recreo submarina.
Para poder practicar la pesca marítima de recreo submarina será necesario estar en posesión de la licencia de actividad expedida por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla, debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en cuyo litoral se realice la actividad" (es decir, si no puedo pescar pulpo, pues no se puede), a lo que hay que añadir lo dispuesto en la disposición adicional quinta en su segundo apartado. "Reconocimiento de licencias.

2. Las comunidades autónomas establecerán mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de licencias. "
 
De todo lo que logro comprender en este entramado jurídico, es que si vamos a pescar en aguas interiores, si hace falta obtener la licencia de pesca en Andalucía, pero si pescamos en aguas exteriores, no haría falta, (No se si me equivoco), ya que no existe legislación de la Junta con respecto a las aguas exteriores por que son potestad del Estado.
 
Entonces si anexamos a la solicitud del campeonato un plano donde las aguas interiores no se van a pescar (de hecho no se van a pescar por que la mayoría es un arenal), ,no haría falta sacar la licencia de Andalucia
"

Tienes mas razón que un santo y estoy contigo con que en aguas exteriores te serviría con la licencia de otra comunidad, pero como te dicen si la salida es de infantería puedes tener problemas de "entendimiento" con la Guardia Civil.

Es igual que el tema de la pesca del calamar, prohibido en aguas interiores y permitido en exteriores. Por cojones tienes que salir con el barco por aguas interiores, pero gracias a dios por lo menos en mi zona la Guardía Civil ya se ha concienciado de eso y solo prosperan las denuncias en las que te pillan in situ pescando en aguas interiores. El resto de denuncias (caso de haber algún Guardia Civil despistado) suelen archivarse con unas minimas alegaciones.

Conclusión, vivimos inmersos en la mas absoluta inseguridad jurídica y a tu favor tienes que en caso de presentar unas alegaciones a esas posibles denuncias tienes la Ley de tu lado.

Ah, creeme que en la Administración predomina la gente como esa que te ha atendido aunque como en todos los sitios te encuentras de to. ;)

PD: Yo también llevo los mapas que delimitan las aguas interiores conmigo siempre que salgo a pescar calamares.
 

Desconectado Denouhn

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #9 en: 13 de Febrero de 2013, 12:38:40 pm »
Vaya curro! :o :o :o

Una duda, allí las Aguas Exteriores las tenéis pasando las Aguas Interiores? ???

Aquí hay zonas de Aguas Interiores y zonas de Agua Exteriores pero que tú estás en la orilla y sigue siendo Aguas Exteriores. Allí no las hay así?

Suerte con el Campeonato.
No soy un experto, estoy aprendiendo como tú. Así que antes de dar por válidas mis opiniones contrástalas con otras opiniones y decide tú mismo.
 

Desconectado Efejota

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #10 en: 13 de Febrero de 2013, 12:43:09 pm »

Para poder practicar la pesca marítima de recreo submarina será necesario estar en posesión de la licencia de actividad expedida por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla, debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en cuyo litoral se realice la actividad" (es decir, si no puedo pescar pulpo, pues no se puede), a lo que hay que añadir lo dispuesto en la disposición adicional quinta en su segundo apartado. "Reconocimiento de licencias.

2. Las comunidades autónomas establecerán mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de licencias. "
 

En mi opinión con mi licencia de pesca submarina expedida en mi comunidad puedo realizar pesca submarina en cualquier comunidad autónoma y en ceuta y melilla, en aguas interiores y exteriores que estén bajo la soberanía española.
Como bien dices se exige licencia expedida por órgano competente, dichos órganos son las comunidades porque se les ha transferido la competencia, sea la que sea.
En el punto 2. no se les dice que podrán establecer los mecanismos de colaboración y bla bla, se exige, dice claramente establecerán lo necesario para que entre ellas se reconozcan lo que expiden.

Eso sí, si una comunidad decide por ejemplo que en enero y febrero no se pueden pescar lubinas en su zona por ser época de esparcimiento social entre ellas, pues si estoy en esas zonas y en enero y febrero ni tocarlas.
Relajación....última bocanada y p'abajo...
Paco.
 

Desconectado shinji

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #11 en: 13 de Febrero de 2013, 06:01:30 pm »
Unas aclaraciones...
Entiendo lo que dices y creo que tienes razón, pero seguramente te pondrán problemas porque si el campeonato es de infantería será dificil que se crean que no haces ninguna captura mientras atraviesas la franja de aguas interiores o es posible que te pidan que baliceis la zona de pesca demostrando que todo el campeonato se realiza en aguas exteriores.
Suerte  ;)
El campeonato es desde embarcación.
Mi pregunta: El embarque y desembarque no va a ser adentro de las lineas de base?

Te doy un ejemplo, En gibraltar es legal pescar pulpo, en La linea no. Un pescador de la linea viene a Gib, coge un pulpo y vuelve a salir por la linea. si lo pilla la guardia está jodido

por el mismo criterio, si los participantes vuelven a costa, tendrán que tener la licencia de la junta ya que están adentro de las lineas de base con pescado abordo

Es mi opinion vamos
No estoy de acuerdo por que la acción de pesca está fuera de las aguas interiores... Según tu teoría, un pescasub que vaya de infantería, si sale desde una playa, pesca en el acantilado a 3 km de la playa, si al volver le espera la Guardia Civil en la playa le puede multar por pescar a menos de 200 metros de una playa con bañistas...
Una cosa es de donde salga y otra cosa es donde realice la acción de pesca, creo yo, si no la he cagado por que como me paren en la M40 viniendo de pescar me pueden multar por pescar en Madrid y estar prohibido pescar en embalses y rios,ja,ja....
El tema parece peliagudo...

Siempre podeis embarcar en helicóptero en aguas exteriores, sin pasar por costa.  8)
Es una opción que cada vez está más en mi mente, sacarme el titulo de piloto de helicopteros, comprarme uno, y así no tener que conducir durante horas para ir a pescar, salir desde Madrid en helicoptero, aparcarlo en cualquier lado donde vaya a pescar y listo... Lo que me echa para atrás es que como las llaves del helicoptero van codificadas, como se me mojen y se fastidie el chip, a ver como vuelvo  :P
Tienes mas razón que un santo y estoy contigo con que en aguas exteriores te serviría con la licencia de otra comunidad, pero como te dicen si la salida es de infantería puedes tener problemas de "entendimiento" con la Guardia Civil.

Es igual que el tema de la pesca del calamar, prohibido en aguas interiores y permitido en exteriores. Por cojones tienes que salir con el barco por aguas interiores, pero gracias a dios por lo menos en mi zona la Guardía Civil ya se ha concienciado de eso y solo prosperan las denuncias en las que te pillan in situ pescando en aguas interiores. El resto de denuncias (caso de haber algún Guardia Civil despistado) suelen archivarse con unas minimas alegaciones.

Conclusión, vivimos inmersos en la mas absoluta inseguridad jurídica y a tu favor tienes que en caso de presentar unas alegaciones a esas posibles denuncias tienes la Ley de tu lado.

Ah, creeme que en la Administración predomina la gente como esa que te ha atendido aunque como en todos los sitios te encuentras de to. ;)

PD: Yo también llevo los mapas que delimitan las aguas interiores conmigo siempre que salgo a pescar calamares.
Lo que quiero es que me lo confirmen entonces ya iré con toda la legislación arrastras por si me paran,ja,ja...
PD: por mi curro trato mucho con funcionarios y siempre hay alguno que tiñe el trabajo de los demás,pero como bien dices la mayoría son personas normales, no ogros,je,je,.... he puesto eso, para que no se entendiera de mis palabras de que el hombre iba de prepotente o lo que sea, que escrito no puedes darle entonación y cada uno lo interpreta como quiere, que la gente enseguida salta jeje...


Es que no llego a entender porque coño las licencias no son nacionales, volvemos a la misma de siempre, montones de gente cobrando por medio.... Vamos al reves del mundo.
A mi me tienen encerrado en Andalucia. Cuando llega la hora de decidir el destino de vacaciones me niego a salir de Andalucia para poder pescar sin sacarme mas licencias, tiene narices.
Pues, vete de vacaciones donde quieras por que la única comunidad autónoma que hace eso es la andaluza, las demás si te reconocen la licencia. Por ejemplo, en Galicia cuando salió la nueva ley de pesca nos obligaban no a sacar la licencia de alli, si no a convalidarla, era más barato y te valía por el mismo tiempo que la que tu tuvieras. A los tres meses de mandar convalidaciones de la gente de Madrid, me llamaron y me dijeron que ya no hacía falta convalidarlas. Así que este año...A conocer nuevos mares !!!!!
 

Desconectado RODRIGO-GARRIDO

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  • MARC VALENTIN
Re:A ver que opinais...
« Respuesta #12 en: 13 de Febrero de 2013, 07:05:14 pm »
 ;) ;) ;) ;) ;) ;) ;) Yo pienso que si tu colocas unas boyas de señalización con sus correspondientes coordenadas y esas boyas están situadas fuera de dicha linea y se considera la zona de competición dentro de esas boyas ya marcadas y situadas el problema lo tienes resuelto.
Puesto que das una zona exacta de competición y perfectamente señalizada.  8) 8) 8) 8) 8) 8) 8)  :-* :-* :-* :-* :-* :-* :-*
 

Desconectado chini

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #13 en: 13 de Febrero de 2013, 11:34:58 pm »
La comunidad andaluza es un universo diferente.
En el PN Cabo de Gata incluso hay lineas de base que discurren por tierra firme y puedes estar en la playa, en la arena, con tu neverita y estar tomando el sol en Aguas exteriores!!!

Y mucho ojo con no llevar licencia federativa, ya que la guardia civil no acepta seguros "privados" como documento válido para utilizar o incluso transportar armas (en este caso fusiles de pesca)

Saludos
 

Desconectado chini

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Re:A ver que opinais...
« Respuesta #14 en: 13 de Febrero de 2013, 11:42:43 pm »
http://www.faasub.es/index.php?limitstart=12

ahí podemos encontrar más info

saludos
 

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