Rafa, me temo que no es así. Lo he leído de varias fuentes ( por lo cual no tiene que ser cierto), pero me temo lo peor...
Fuente: Gaceta Nautica
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Marina Mercante no exigirá el "titulín" y las titulaciones ya no tendrán en cuenta las esloras
El director general de Marina Mercante, Rafael Rodríguez Valero, ha informado hoy a Gaceta Náutica que el Real Decreto que se está ultimando sobre la náutica de recreo y que incluye la reforma de las titulaciones náuticas recreativas incorporará como principal novedad el que “no se exigirá titulación para el gobierno de embarcaciones de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor de 50 KW”.
Si bien, para poder gobernarlas, se tendrá que tener un mínimo de 16 años con permiso paterno. Lo que supone que esta autorización federativa no será necesaria tras la aprobación del Real Decreto que entrará en vigor presumiblemente a finales de este año o principios del próximo año.
Otras novedades que incluirá la normativa reformada, explicó el director general, es que el Patrón de Yate (PY) podrá navegar hasta 100 millas, el Patrón de Embarcación Deportiva (PER) ampliará la navegación desde la península hasta Baleares y viceversa, y que la teoría del Patrón de Navegación Básica (PNB) servirá una vez aprobada para no tener que examinarse del correspondiente examen teórico del PER. En todas estas titulaciones náuticas “tampoco se tendrá en cuenta el tamaño de las esloras”. Por lo que respecta a los exámenes “la teoría será mas racional y se aumentarán las horas de práctica”.
Rafael Rodríguez Valero también informó que la futura Ley de Navegación Marítima “no incluirá la navegación de recreo”, habida cuenta, señaló, “que está es practica deporte y sin propósito lucrativo”.
El director general igualmente resaltó la importancia del Real Decreto de Megayates, enviado a Bruselas para su estudio, y que contará a su vez con la importante novedad el “adaptar el sistema de construcción español de estos barcos al sistema inglés, Large Comercial Yacht Code, por ser este el más avanzado” y que las embarcaciones recreativas con eslora superior a 23 metros ya no se denominarán “buques” sino “megayates”.
Rodríguez Valero asimismo comunicó que en España seguirá vigente el Registro Especial de Canarias (Rebecca) para el registro de los megayates y que los registros especiales solicitados por Ceuta y Melilla para este tipo de barcos “son todavía proyectos que de momento no se llevarán adelante”.
En cuanto al llamado Impuesto de Matriculación, que grava con el 12 por ciento el valor de factura de compra de las embarcaciones recreativas, el director general de la Marina Mercante ha recordado que el Ministerio de Fomento sigue manteniendo “intensas conversaciones con Hacienda” a fin de que este organismo tributario “lo quite o lo reduzca sustancialmente”, en aras, resaltó, “de promover el desarrollo de la industria y de los servicios náuticos”.
Pepe Quiroga - 03-05-2013