Autor Tema: Pesca en aguas exteriores - un caso  (Leído 5055 veces)

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Desconectado glamdring

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #15 en: 29 de Octubre de 2009, 04:18:38 pm »
Para que el barco sea considerado domicilio habitual ¿no ha de tener fijada su residencia en el mismo?
 

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #16 en: 29 de Octubre de 2009, 04:27:09 pm »
Es importante ser conocedor de algunas leyes/Normativas que nos pueden ayudar muchisimo  ;) ;) ;) ;) ;) ;)  sobre todo en un caso como el que habeis relatado,,,

Por favor, instruyenos, a mi estas cosas me gustan. Y desde luego son extraordinariamente útiles.

Por ejemplo: Yo no suelo ir por la semana por temas familiares y de trabajo, epro si me diera la gana podría disponer de 1 tarde a la semana para esto. Por ello, por efecto "rebote" me he planteado ir a entrenar, mejorar un poco el físico y de paso, ya que tengo prohibido pescar, dedicarme a la sonda, la cámara arrastrada de inspección del fondo y a tomar marcas de sitios que me apetece visitar mas adelante.

Pues si lo hago ya me veo discutiendo con el tio diciendole que tengo los fusiles en tierra y que no los he dejado en el fondo escondidos, que solo estoy entrenando. Casi creo que si me vé con una cámara de fotos pequeña me diría "Si, la cámara muy bien en la muñeca pero y los fusiles?". No niego que habrá quien este trampeando así, pero si aunque estes al 100% legal te van a multar la cosa es ya eticamente inaguantable. Se cambia la presuncion de inocencia por la presunción de culpabilidad.


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Desconectado Only

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #17 en: 29 de Octubre de 2009, 11:21:20 pm »
Un barco cualquiera así tenga una pequeña estancia ya no puede ser registrada, no estoy hablando de un pañol o un tambucho, estoy hablando de un pequeño camarote,  se necesita una orden judicial.
En cuanto al tema botellas yo en el coche siempre llevo el equipo de buco autónomo y en la barca siempre un equipo de oxigeno terapia, pues tanto por una cosa como por la otra no os podéis imaginar la de veces que me han querido emplumar tanto en  mar por la oxigeno terapia como en tierra por las botellas en el coche, son muy burros, no hay ninguna ley que prohiba tener en el coche fusiles y botellas y no hay ninguna ley que te prohiba tener el la barca un equipo de oxigeno terapia y los fusiles :D :D :D
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Desconectado Pastur

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #18 en: 30 de Octubre de 2009, 10:17:18 am »
 Ya os comentare si me paran. Tengo una lancha de fibra en el club nautico de Ribadeo y algunas veces puedo ir entre semana a pescar. Con la nueva ley solo puedo pescar en Asturias y eso es lo que hare. Lo que no se es que me diran por salir en Galicia.
  Algun pescasub en el mismo caso y yo mismo pensamos que si no pueden demostrar que pescamos en galicia (cosa que no tenemos pensado hacer) no deberian poder multanos. A ver que pasa ;).
 

Desconectado Only

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #19 en: 30 de Octubre de 2009, 10:24:28 am »
Realmente si vas a juicio son ellos los que tienen que demostrar que estabas pescando en aguas autonómicas, no vosotros, eso si multar van a multar igual, hasta que no se ganen un par de juicios donde tengan que pagar las costas o alguien pierda su empleo y sueldo durante unos meses no se lo pensaran.
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Desconectado espantameros

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #20 en: 30 de Octubre de 2009, 11:26:12 am »
Realmente si vas a juicio son ellos los que tienen que demostrar que estabas pescando en aguas autonómicas, no vosotros,

Exacto, son ellos los que tienen que demostralo. "Toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario"

Ademas esa gente de la que hablais no es la guardia civil ¿verdad? si no es la guardia civil y no son agentes de la autoridad que no lo seran, no tienen presuncion de veracidad, ya que no han hecho ningun juramento ni nada, por lo tanto su palabra vale tanto como la tuya.

Y digo otra cosa, seguro que es legal impedir pescar a pescadores deportivos entre semana, de donde han sacado esa ley, a mi es que eso me da no se que....
Solo el que comparte mi pasion, entiende mi locura.

Mis fusiles tiran "del karayo"!!!!
 

Desconectado glamdring

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #21 en: 30 de Octubre de 2009, 03:23:02 pm »
Ya os comentare si me paran. Tengo una lancha de fibra en el club nautico de Ribadeo y algunas veces puedo ir entre semana a pescar. Con la nueva ley solo puedo pescar en Asturias y eso es lo que hare. Lo que no se es que me diran por salir en Galicia.
  Algun pescasub en el mismo caso y yo mismo pensamos que si no pueden demostrar que pescamos en galicia (cosa que no tenemos pensado hacer) no deberian poder multanos. A ver que pasa ;).
Yo por mi parte no te sanciono porque me encuentro en la misma situacion que tu, y entre semana cruzo el puente para ir a pescar a asturias.
 

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #22 en: 30 de Octubre de 2009, 03:48:35 pm »
vaya cosas mas raras pasan por el norte entre los pescadores de los barcos y las restricciones que os ponen,aveces aunque salga de vacio el 95%de las veces sin ver pescado de buena talla me doy casi por satisfecho de poder meterme y sin que nadie incordie ni tener trabas de este tipo :-\
 

Desconectado Jose S

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #23 en: 30 de Octubre de 2009, 05:40:36 pm »
Respecto a lo del barco, independientemente de su eslora y tambuchos o camarote, hay suficiente jurisprudencia que considera un barco deportivo como domicilio privado (si es grande y habilitado como tal) o morada (cualquiera), por lo que tienen que pedir permiso (y podemos negarselo) a no ser que vengan con una orden judicial, o tengan indicios que se esta cometiendo un delito (indicios claros, no sospechas). Simplemente hay que denunciar y alegar en el juzgado que en ese momento es nuestra morada y denunciar la infraccion penal recogida en el cod penal en el art 202 a 204

El barco deportivo tiene consideracion de morada mientras hacemos uso de el

El problema que nadie quiere meterse en litigios farragosos que a saber como terminan y menos con la administaración



« Última modificación: 30 de Octubre de 2009, 05:49:11 pm por Jose S »
 

Desconectado glamdring

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #24 en: 30 de Octubre de 2009, 08:13:42 pm »
Pero habria que tener de todas formas una cosa en cuenta, si es por ejemplo una zodiac o similar, las clasicas de buceo, y estas atracado, si en el momento ese se acerca el agente a pedirte que le muestres los chalecos, bengalas y demas sin necesidad de subir al interior del mismo y no se le muestra no se puede denunciar por carecer de algun elemento pero si por entorpecer la labor inspectora.
Respecto a las embarcaciones mas grandes, no se si se aplicara de igual forma que con los mercantes, solo tiene consideracion de domicilio los camarotes o estancias asimiladas a este, la zona de cubierta, sentina y similares no tienen ese consideracion.
 

Desconectado sergio cangas

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Re: Pesca en aguas exteriores - un caso
« Respuesta #25 en: 03 de Noviembre de 2009, 02:13:54 am »
El caso de las aguas exteriores creo que nos toca los ...de mala manera, al final tendremos que llevar un localizador como los barcos de pesca para que sepan que salimos a zonas exteriores y que quede constancia en la torre de control de las zonas marítimas correspondientes, joer, eso o tirar de registro de gps si tenemos uno tan avanzadito....y si, si que al final hay que meterse a abogado para pescar, y si, si que prevalece en muchos casos la presunción de veracidad de los agentes de la ley, si es que....

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