Por conocer un minimo de conceptos legales, me parece que no debe de haber ninguna norma legal que obligue a que todos los fusiles neumaticos aguenten hasta 60 o hasta 100 bares de presion. Y menos aun a nivel de la Comunidad Europea, pues al menos mi Asso no tiene el sello CE que haria referencia a alguan directiva comunitaria. Lo unico que puede haber es un minimo control de calidad que se deba exigir en los tribunales en caso de que un fusil explote e hiera a alguien y se demande al fabricante. En ese caso, la jurisprudencia o el sentido comun, es posible que exiga del fabricante que sus productos estén diseñados con un cierto margen de seguridad. Por eso me parece de cajon que si Cressi explica que la presion maxima de sus fusiles es de 20 bares, en caso de demanda, se le exiga un margen respecto a 20 y no respecto a 30, p.e. Por eso el sentido comun me dice que los fusiles Sten o los Asso estan diseñados para trabajar a mayor presion que los Cressi. Igualmente el sentido comun me dicta que no cargue un Cressi a mas de 20 bares, puesto que el fabricante no lo garantiza. En cambio puedo cargar el Asso a 25 bares con la conciencia tranquila.
Asi que para mi, y a falta de oir otros argumentos, no me compraré un Cressi nunca, prefiero un Asso pues 20 bares me limita mucho. También consideraré los Sten de Mares, pero ya se van un poquito de precio.